RESOLUCIÓN 000796 DE 2026
(septiembre 16)
Diario Oficial No. 53.634 de 21 de septiembre de 2026
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL
Por la cual se deroga la Resolución número 000389 del 12 de junio de 2024 y se delegan unas funciones.
EL DIRECTOR EJECUTIVO (E) DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA JUSTICIA PENAL MILITAR Y POLICIAL,
en desarrollo de los principios que rigen la función administrativa, previstos en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, y en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 9o, 10, 11, 12 y 78 de la Ley 489 de 1998, el numeral 21 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015, el numeral 23 del artículo 7o y el numeral 6 del artículo 9o del Decreto número 312 de 2021, así como por el Decreto número 0764 del 15 de julio de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa "[...] está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".
Que, según lo previsto en el artículo 211 de la Constitución Política, la ley "[...]
señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades".
Que el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 dispone que las autoridades administrativas, en virtud de la Constitución Política y de conformidad con dicha ley, podrán transferir, mediante acto de delegación, el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.
Que, sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes y representantes legales de organismos y entidades con estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa previstos en el artículo 209 de la Constitución Política y en la Ley 489 de 1998.
Que el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 establece las calidades y funciones de los directores de establecimientos públicos, en particular que ejercerán la representación legal de la entidad, celebrarán en su nombre los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, tendrán su representación judicial y extrajudicial y podrán nombrar los apoderados especiales que requiera la mejor defensa de los intereses de la entidad.
Que el artículo 48 de la Ley 2080 de 2021, modificatorio del artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, dispone, en relación con la notificación del auto admisorio y del mandamiento ejecutivo a entidades públicas, que esta debe practicarse de manera personal
"[...] a sus representantes legales o a quienes estos hayan delegado la facultad de recibir notificaciones, o directamente a las personas naturales, según el caso, y al Ministerio Público, mediante mensaje dirigido al buzón electrónico para notificaciones judiciales a que se refiere el artículo 197 de este código [...]". Asimismo, prevé que el mensaje deberá identificar la notificación que se realiza y contener copia electrónica de la providencia a notificar.
Que con fundamento en el numeral 21 del artículo 54 de la Ley 1765 de 2015, en concordancia con el numeral 23 del artículo 7o del Decreto número 312 de 2021, corresponde al Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, "[...] representar a la entidad judicial y extrajudicialmente y nombrar los apoderados especiales que demande la mejor defensa de los intereses de la entidad".
Que el numeral 6 del artículo 9o del Decreto número 312 de 2021 establece que la Oficina Asesora Jurídica tiene, entre sus funciones, la de "[e]jercer la representación judicial y extrajudicial de la Unidad, de acuerdo con el poder o la delegación del Director Ejecutivo, en los procesos judiciales, procedimientos administrativos y conciliaciones en los cuales sea parte o tercera interesada, así como promover las acciones judiciales que sean necesarias para defender los intereses de la Unidad".
Que, conforme al marco constitucional, legal y reglamentario citado, la delegación de la representación judicial, extrajudicial y administrativa en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica constituye un instrumento jurídico idóneo para asegurar una defensa técnica, oportuna y especializada de los intereses de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, así como para garantizar la continuidad, celeridad, eficacia y economía en la atención de los procesos judiciales, conciliaciones, actuaciones administrativas y demás trámites en los que intervenga la entidad.
Que la concentración de dichas funciones en la Oficina Asesora Jurídica permite armonizar la dirección técnica de la defensa judicial con las competencias funcionales asignadas a esa dependencia, facilita la coordinación institucional para el seguimiento de los procesos y contribuye a la adopción de decisiones jurídicas uniformes, oportunas y acordes con la protección del patrimonio público y de los intereses misionales de la Unidad.
Que, con el fin de evitar duplicidad normativa, actualizar el esquema de delegación y establecer reglas más simples, claras y funcionales para el ejercicio de la representación judicial, extrajudicial y administrativa de la entidad, resulta necesario derogar expresamente la Resolución número 000389 del 12 de junio de 2024, mediante la cual se había delegado la representación judicial y el otorgamiento de poderes especiales.
Que, mediante Decreto Presidencial número 0764 del 15 de julio de 2026, se dispuso, entre otros, el encargo del empleo de Director Ejecutivo de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial, calidad en la cual se ejercen las facultades legales y reglamentarias necesarias para expedir el presente acto administrativo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial o quien haga sus veces, la función atribuida al Director Ejecutivo relacionada con:
1. Ejercer la representación judicial y extrajudicial ante las jurisdicciones que integran la Rama Judicial del Poder Público; ante las autoridades que ejercen funciones jurisdiccionales y de policía; y, en general, ante cualquier persona jurídica de naturaleza pública o privada.
2. Conferir u otorgar los poderes generales o especiales necesarios para la representación judicial, extrajudicial y administrativa de la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial en los procesos judiciales, conciliaciones o actuaciones administrativas en los que intervenga, a cualquier título e instancia.
PARÁGRAFO 1o. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica asistirá a las audiencias o diligencias judiciales citadas ante las jurisdicciones que integran la Rama Judicial del Poder Público, cuando sea convocado el representante legal de la entidad.
PARÁGRAFO 2o. Cuando el Comité de Conciliación acceda a una solicitud de conciliación extrajudicial o proponga una fórmula de arreglo dentro de un proceso judicial, el poder será otorgado por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y presentado en la respectiva audiencia o diligencia a la que sea citada la entidad.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se aplicará únicamente a las actuaciones extrajudiciales, judiciales y administrativas que se inicien con posterioridad a su entrada en vigencia. Asimismo, deroga la Resolución número 000389 del 12 de junio de 2024 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
ARTÍCULO 3o. Publicar la resolución en el Diario Oficial por conducto de la Oficina Asesora Jurídica, así como en la página web de la entidad a través de la Oficina de Comunicaciones.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2026.
El Director Ejecutivo (e),
Alejandro Beltrán Martínez.




