Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted

RESOLUCIÓN 309 DE 2010

(agosto 24)

Diario Oficial No. 47.820 de 2 de septiembre de 2010

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se establece el horario para la atención al público y radicación de solicitudes de conciliación extrajudicial en materia de lo contencioso administrativo en la ciudad de Bogotá.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 7o del Decreto 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación, la expedición de los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley.

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 640 de 2001, las solicitudes de conciliación extrajudicial en materia de lo contencioso administrativo solo podrán adelantarse ante los señores Agentes del Ministerio Público asignados a esa jurisdicción.

Que mediante Resolución número 176 del 3 de mayo de 2010 proferida por este Despacho, se conformó la Unidad Coordinadora para la Conciliación Administrativa, como grupo de trabajo adscrito a la Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa, asignándole, entre otras funciones, las de: atender al público, recepcionar documentos, efectuar su reparto y entregarlos a los respectivos despachos.

Que dentro del Plan Estratégico de la Procuraduría Delegada para la Conciliación del presente año, presentado a este Despacho, y registrado en la Oficina de Planeación de la entidad, se tiene contemplada la sistematización gradual de la actividad de reparto diario de solicitudes de conciliación extrajudicial en lo contencioso administrativo a nivel nacional, el cual, a la fecha, ya se encuentra desarrollado para la ciudad de Bogotá.

Que en desarrollo de la implementación del Sistema de Información de la Conciliación Administrativa Sicoa, se hace necesario, de una parte, prestar un mejor servicio al usuario en el sentido de permitirle una información más rápida acerca del funcionario a quien le corresponda por reparto la solicitud de conciliación extrajudicial de su interés y su trámite; y, de otra, contar con elementos que permitan contar con parámetros de eficiencia para el modelo de gestión de la entidad.

Que en consideración a los usuarios de la Procuraduría General de la Nación y atendiendo el servicio público encomendado a la entidad, se hace necesario implementar un nuevo horario para la recepción de solicitudes de conciliación extrajudicial en materia de lo contencioso administrativo para la ciudad de Bogotá, que consulte las necesidades de la ciudadanía permitiendo programar y desarrollar dicha actividad de la manera más eficiente y eficaz conforme las funciones que constitucional y legalmente le fueron asignadas a la Institución.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer, a partir del primero (1o) de septiembre del 2010, como horario para la atención al público y para la recepción de las solicitudes de conciliación extrajudicial en materia de lo contencioso administrativo en la ciudad de Bogotá a cargo de la Unidad Coordinadora para la Conciliación Administrativa el comprendido entre las 9:30 a. m. y las 12:00 m. y de 1:00 p. m. a 5:00 p. m., de lunes a viernes.

PARÁGRAFO. El horario de trabajo establecido en este artículo será de obligatorio acatamiento, siendo responsabilidad del Jefe de la Unidad Coordinadora su vigilancia en el cumplimiento.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir del primero (1o) de septiembre de 2010. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C. a 24 días de agosto de 2010.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

×