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RESOLUCIÓN 207 DE 2008

(abril 4)

Diario Oficial No. 46.962 de 16 de abril de 2008

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se establece el programa de acondicionamiento físico, recreación y deporte y se adopta el Manual Deportivo de la Procuraduría General de la Nación.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de las facultades que le confieren los numerales 6, 7, 8 y 38 del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 52 de la Constitución Política establece: “El ejercicio del deporte, sus manifestaciones, recreativas competitivas y autóctonas tiene como función la formación integral de las personas y desarrollar una mejor salud en el ser humano”;

Que de acuerdo con el artículo 20 del Decreto 1567 de 1998, los programas de bienestar social deben organizarse a partir de las iniciativas de los servidores públicos como procesos permanentes orientados a crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo deben permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con la entidad;

Que una de las finalidades de los programas de bienestar social es el de contribuir a través de acciones participativas basadas en la planeación y prevención, a la construcción de un mejor nivel educativo, recreativo, habitacional y de salud de los empleados y su grupo familiar, de conformidad con el literal d) del artículo 21 del Decreto-ley 1567 de 1998;

Que en el marco del programa de Gerencia del Talento Humano adoptado mediante la Resolución número 333 del 21 de noviembre de 2007 uno de sus propósitos es el de “diseñar acciones estratégicas para mejorar la asignación de recursos e implementar planes de acción en procura del desarrollo humano e institucional y para apoyar la modernización de la entidad”. Así mismo, se incluye como una de sus tareas de trabajo “impulsar programas y planes integrales de bienestar para los servidores de la institución, que tiendan al continuo perfeccionamiento de su entorno social y laboral”;

Que el deporte y la recreación son materia importante del bienestar y la calidad de vida de los servidores, como quiera que este componente guarda una estrecha relación con hábitos laborales saludables, manejo de relaciones interpersonales, del estrés, de posturas inadecuadas, de imbalances osteomusculares, entre otras;

Que a través del Grupo de Desarrollo y Bienestar de Personal se debe institucionalizar el fomento de los programas lúdicos, recreativos, competitivos y de acondicionamiento físico, a través de la consecución de escenarios deportivos idóneos, con el fin de fortalecer la integración del servidor y puedan desarrollar y explorar sus habilidades motrices y mentales, previos los exámenes médico deportivos y las evaluaciones de flexibilidad, cardiovascular y de resistencia antropométrica,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Asignar al Grupo de Desarrollo y Bienestar de Personal el impulso del programa de acondicionamiento físico, recreación y deporte.

ARTÍCULO 2o. El programa de acondicionamiento físico, recreación y deporte desarrollará sus actividades en las siguientes áreas de trabajo:

1. Conseguir y coordinar la logística de los escenarios deportivos.

2. Programar, orientar, vigilar y ejecutar las actividades lúdicas, recreativas para los servidores y sus grupos familiares; avaladas por la entidad o en representación de la misma, de manera solidaria y participativa.

3. Desplegar de manera conjunta con los programas de capacitación del Instituto de Estudios del Ministerio Público talleres de actualización en las diferentes disciplinas deportivas según sus necesidades.

4. Estudiar las hojas de vida de los entrenadores o instructores especializados, en la enseñanza, orientación, preparación física o dirección técnica, de las diferentes disciplinas deportivas que por su necesidad sean contratados por la entidad.

5. Crear las escuelas de formación deportiva para los hijos de los servidores en las diferentes disciplinas deportivas.

ARTÍCULO 3o. El Grupo de Desarrollo y Bienestar de Personal adoptará el manual deportivo y recreativo que regirá para todos los servidores de la Procuraduría General de la Nación que participen en estas actividades.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de abril de 2008.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

El Procurador General,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

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