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RESOLUCIÓN 136 DE 2005

(mayo 4)

Diario Oficial No. 46.115 de 07 de diciembre de 2005

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se deroga la Resolución número 379 del 27 de octubre de 2000 y se adopta la Política Ambiental para la Procuraduría General de la Nación.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 7o del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000 e inciso 2o del artículo 1o y artículo 5o de la Ley 87 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia consagra en el artículo 79 el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y en el artículo 80, en concordancia con la Declaración de Río sobre medio ambiente y desarrollo, la obligación del Estado de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible;

Que en el numeral cuarto del artículo 277 de la Constitución Política se establece la obligación del Procurador General de la Nación por sí o por medio de sus delegados y agentes, de defender los derechos colectivos, en especial el ambiente;

Que el inciso 2o del artículo 1o de la Ley 87 de 1993, prevé que el ejercicio del Control Interno debe consultar los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y valoración de costos ambientales;

Que mediante la Resolución 0156 del 6 de octubre de 1998, por la cual se adopta y reglamenta el Control Interno en la Procuraduría General de la Nación, en su artículo segundo establece como principio “la valoración de costos ambientales” en aquellas actuaciones y operaciones que puedan afectar el medio ambiente;

Que con el establecimiento de una Política Ambiental al interior de la entidad se pretende minimizar los costos e impactos ambientales, aportar en la consecución del desarrollo sostenible y en la protección del derecho a gozar de un medio ambiente adecuado;

Que la Procuraduría General de la Nación es consciente de la importancia de preservar el medio ambiente como escenario vital del desarrollo del individuo, a través de la implementación de un Sistema de Gestión Ambiental, enmarcado dentro de la normatividad vigente;

Que a través del compromiso interno de responsabilidad ética en el manejo de los recursos se espera que la entidad sea ejemplo de gestión estatal ecoeficiente;

Que corresponde al Procurador General de la Nación mediante resolución adoptar la política en materia ambiental que regirá en la Entidad;

Que a través de Resolución número 379 del 27 de octubre de 2000 se adoptó como política ambiental la reducción de los costos en materia de papel, agua potable, energía eléctrica y combustible;

Que en el año 2004 se realizó un estudio para evaluar los resultados de la implementación de la política ambiental adoptada en el año 2002, evidenciando la necesidad de replantearla en el sentido de incluir la prevención, mitigación y corrección de los impactos negativos al ambiente en todos los procesos desarrollados en la Entidad;

Que en consecuencia se hace necesario establecer una nueva política ambiental,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Derogar la Resolución número 379 del 27 de octubre de 2000, de conformidad con la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO 2o. Adoptar como política ambiental de la Procuraduría General de la Nación, el desarrollo de los siguientes comportamientos ambientales responsables, en el ejercicio de sus funciones:

Prevenir, mitigar y corregir los impactos negativos en el ambiente, aplicando el mejoramiento continuo en sus procesos.

Gestionar el uso racional y eficaz de los recursos, así como reducir la contaminación generada en el desarrollo de sus actividades y servicios.

Artículo 3o. Corresponderá al Subcomité Ambiental del Comité de Etica, diseñar una estructura operativa que implemente a través de un sistema de gestión, la Política Ambiental al interior de la entidad, coordinar la ejecución de las actividades tendientes a su desarrollo, que garanticen la implementación y sostenibilidad del sistema a través de la comunicación, formación y sensibilización de los funcionarios.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su firma, y deberá ser publicada en la página web de la Procuraduría General de la Nación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de mayo de 2005.

El Procurador General de la Nación,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

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