RESOLUCIÓN 125 DE 2006
(mayo 22)
Diario Oficial No. 46.280 de 26 de mayo de 2006
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por la cual se reglamenta el Comité de Verificación y Seguimiento a la Carta de Valores y Principios Eticos de la Procuraduría General de la Nación.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 7 y 34 del artículo 7o del Decreto 262 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 452 del 2 de diciembre de 2002 se adoptó la Carta de Valores y Principios Eticos de la Procuraduría General de la Nación y se creó el respectivo Comité de Verificación y Seguimiento;
Que se hace necesario revaluar la integración y el funcionamiento de dicho Comité y de los Subcomités que fueron creados mediante Resolución número 031 del 2 de febrero de 2004;
Que para efectos de lograr una mayor eficacia se requiere fortalecer la Secretaría Técnica del Comité,
RESUELVE:
Primero. El Comité de Verificación y Seguimiento a la Carta de Valores y Principios Eticos de la Procuraduría General de la Nación, en adelante Comité de Etica, estará integrado por los siguientes funcionarios:
El Procurador Delegado para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos, quien lo presidirá.
El Procurador Sexto Delegado ante el Consejo de Estado.
Un Procurador Regional designado por el Procurador General de la Nación.
El Jefe de la Oficina de Prensa.
El Director del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Los Coordinadores de los Subcomités que se regulen en la presente resolución.
Segundo. El Comité de Etica tendrá las siguientes funciones:
1. Proponer las acciones que se estimen necesarias para dar cabal cumplimiento a la Carta de Valores y Principios Eticos de la Entidad.
2. Coordinar los Subcomités.
3. Las demás que le asigne el Procurador General de la Nación.
PARÁGRAFO. Para la realización de lo anterior, el Comité de Etica se reunirá cada vez que lo considere necesario, al menos dos veces por semestre.
Tercero. Para el desarrollo de sus funciones, el Comité de Etica contará con una Secretaría Técnica que actuará bajo la dirección del Presidente de dicho Comité y estará integrada por los siguientes servidores:
El Jefe de la División de Investigaciones Sociopolíticas y Asuntos Socioeconómicos del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Un servidor adscrito a la Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos que será designado por el Procurador Delegado.
Cuarto. La Secretaría Técnica tendrá las siguientes funciones:
1. Elaborar y compilar la memoria documental de las actividades que adelante el Comité de Etica.
2. Realizar el cronograma y seguimiento de las actividades del Comité de Etica.
3. Convocar a las reuniones del Comité.
4. Las demás que le asigne el Presidente del Comité.
Quinto. Créanse los siguientes Subcomités con el propósito de que contribuyan al cumplimiento de las funciones del Comité de Etica:
1. Subcomité de Directivos: Estará integrado por el Procurador Delegado para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos, quien lo coordinará, el Procurador Segundo Delegado para la Contratación Estatal, el Procurador Delegado Disciplinario para la Defensa de los Derechos Humanos, un asesor del Procurador General de la Nación, el Procurador Sexto Delegado ante el Consejo de Estado y el Presidente del Sindicato de la Procuraduría General.
Tendrá las siguientes funciones:
Crear y ejecutar estrategias de sensibilización en pro de la aplicación de la Carta de Valores y Principios Eticos de la Entidad.
Diseñar y llevar a cabo dinámicas de relación entre los servidores de todos los niveles en torno a los principios éticos de la Entidad.
2. Subcomité de Relaciones con la Comunidad: Estará integrado por el Procurador Delegado para la Vigilancia Administrativa de la Función Pública, quien lo coordinará, el Procurador Delegado para la Moralidad Pública, el Jefe de la División del Centro de Atención al Público, un integrante del Sindicato designado por este y un funcionario designado por el Viceprocurador General de la Nación.
Este Subcomité tendrá las siguientes funciones:
Crear mecanismos que evalúen y contribuyan al mejoramiento de la percepción ciudadana en torno al componente ético de las funciones misionales de la entidad.
Proponer dinámicas de intercambio con entidades estatales en relación con políticas éticas y de valores.
Adelantar control preventivo para garantizar la adopción de los códigos de ética de las diferentes entidades del sector público.
3. Subcomité de Cont ratación: Estará integrado por el Procurador Primero Delegado para la Contratación Estatal, quien lo coordinará, el Procurador Cuarto Delegado ante el Consejo de Estado, el Jefe de la Oficina Jurídica, el Secretario General y un integrante del Sindicato de la Entidad designado por este.
Tendrá las siguientes funciones:
Velar por el rigor ético de los procesos de contratación que adelante la Entidad.
Asumir los compromisos del pacto sobre “Etica Pública y Privada en Contratación Estatal, Compromiso de Todos”, a saber:
i) Adelantar actividades pedagógicas para dar a conocer dicho pacto a los servidores públicos y privados que intervienen en los procesos de contratación pública.
ii) Replicar el presente pacto en las diferentes regiones del país.
iii) Promover un sistema general de evaluación de los niveles de corrupción en los sectores público y privado.
iv) Evaluar los resultados del pacto, previo seguimiento.
4. Subcomité de Medio Ambiente: Estará integrado por el Procurador Delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, quien lo coordinará, el Procurador Delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales, el Procurador Segundo Delegado ante el Consejo de Estado, un funcionario de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios designado por el Procurador Delegado, un funcionario de la Oficina de Planeación designado por el respectivo jefe y un miembro del Sindicato de la Procuraduría General designado por este.
Tal Subcomité tendrá las siguientes funciones:
Velar por el cumplimiento de los principios éticos de la Entidad en lo que concierne a la política ambiental de la misma.
5. Subcomités Regionales y Provinciales: Estarán integrados por el Procurador Regional respectivo, quien lo coordinará, un Procurador Provincial, un Procurador Judicial, un servidor público del nivel administrativo y un funcionario del sindicato.
Estos Subcomités tendrán las siguientes funciones:
Promocionar y divulgar a nivel regional y provincial la Carta de Valores y Principios Eticos de la Entidad.
Realizar mesas de trabajo participativas para estudiar y reflexionar sobre la ética pública.
Establecer canales de comunicación e interlocución con la ciudadanía en torno a los compromisos éticos de la Entidad.
Las demás que les asigne el Presidente del Comité de Etica.
Sexto. Las Oficinas de Prensa, Control Interno y Planeación, el Instituto de Estudios del Ministerio Público y el Equipo Especializado en Gestión Etica contribuirán, desde su mandato misional, al desarrollo de las funciones del Comité de Etica.
Séptimo. El mandato de la Carta de Valores y Principios Eticos hará parte del Sistema de Control Interno de la Procuraduría General de la Nación.
Octavo. La presente resolución deroga las Resoluciones números 111 del 13 de febrero de 2003, 031 del 2 de febrero de 2004, 065 del 24 de febrero de 2004 y 030 del 25 de enero de 2006.
Noveno. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
El Procurador General,
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.




