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RESOLUCIÓN 58 DE 2010

(febrero 22)

Diario Oficial No. 47.720 de 25 de mayo de 2010

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16 de febrero de 2006, que contiene el reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante Finagro.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales, y en especial la conferida en el numeral 2 del artículo 8o del Decreto-ley 262 de 2000,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 01 de 1984, los reglamentos internos del derecho de petición, quejas y reclamos, expedidos por los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público, las entidades descentralizadas del orden nacional, gobernadores y alcaldías de los distritos especiales, deben someterse previamente a la revisión y aprobación de la Procuraduría General de la Nación;

Que el Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario -Finagro-, remitió a la Procuraduría General de la Nación, por medio de oficio del 4 de diciembre de 2009, la Resolución número 01 del 2 de diciembre de 2009, “por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16 de febrero de 2006, que contiene el reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante Finagro”;

Que revisada la resolución antes citada, se observa que su texto se ajusta a los principios establecidos en el Decreto 01 de 1984, y en las demás disposiciones que desarrollan el derecho de petición;

RESUELVE:

PRIMERO. Aprobar la Resolución número 01 de 2009, “por la cual se modifica parcialmente la Resolución 2 del 7 de mayo de 2003, modificada por la Resolución 3 del 16 de febrero de 2006, que contiene el reglamento del trámite interno para los derechos de petición, quejas y reclamos ante Finagro”.

SEGUNDO. Contra la presente resolución no procede recurso alguno.

TERCERO. El presente reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Notifíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 2010.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

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