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RESOLUCIÓN 43 DE 2009

(febrero 24)

Diario Oficial No. 47.276 de 27 de febrero de 2009

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica la Resolución número 213 del 6 de mayo de 2003.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de las facultades contenidas en los numerales 8, 38 y 40, y en el parágrafo del artículo 7o del Decreto-ley 262 de 2000, en armonía con los criterios planteados en la Resolución número 213 de 2003, artículo 1o, numerales 2, 3, 4 y 10, y

CONSIDERANDO:

Que la Personera Municipal de Villacaro, solicitó a la Entidad la modificación de la Resolución 213 del 6 de 203, mediante la cual se definieron las competencias territoriales de las procuradurías provinciales y en particular la competencia de dicho municipio a la Procuraduría Provincial de Ocaña.

Que la petición anotada se eleva con el fin que la citada competencia de dicho municipio, atribuida a la Provincial de Ocaña, sea trasladada a la Procuraduría Provincial de Cúcuta.

Que como justificación de la solicitud se alude a dificultades de transporte, situación “que dificulta los trámites y diligencias que deban adelantarse con la provincial de Ocaña”.

Que mediante Oficio número 195 del 5 de febrero de 2009, el señor Procurador Regional de Norte de Santander manifiesta la viabilidad de tal reasignación de competencias para lo cual adujo “...en mi concepto las mismas son de recibo, dado que el cambio de dicha jurisdicción, permitirá a los vecinos de ese municipio acceder con mayor prontitud a los servicios a nuestro cargo”.

Que con Oficio número 198 del 18 de febrero de 2009, el Procurador Provincial de Cúcuta, avaló las razones expuestas por la Personería de Villacaro, para lo cual adujó que “...se justifica el traslado o cambio de jurisdicción pues ello redundará en beneficios para nuestros usuarios de ese municipio, así como en la eficiencia en la prestación de los servicios a cargo de la Entidad”.

Que analizadas las circunstancias puestas a consideración se estima que la solicitud de modificación de las competencias territoriales es procedente, al propender por una mejor atención de las necesidades del servicio trazadas por la Procuraduría General de la Nación, así como lograr el cumplimiento de los principios de la función pública establecidos en el artículo 209 de nuestra Carta Política.

Que por lo expuesto se considera procedente la modificación de la Resolución número 213 de 2003, en sus numerales 3.1.1 y 3.1.2 cuya modificación se solicita, por lo cual se

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifícase el contenido del artículo 8o, numerales 3.1.1 y 3.1.2. Zona Norte de la Resolución número 213 de 2003, en cuanto las competencias de las Procuradurías Provinciales de Ocaña y de Cúcuta, el cual quedará así:

“3.1.1 PROCURADURIA PROVINCIAL DE CUCUTA, CON SEDE EN CUCUTA Y COMPETENCIA EN LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS:

Arboledas - Bochalema - Bucarasica - Cácota - Cúcuta - Cucutilla - Chinácota - Chitagá - Durania - El Zulia - Gramalote - Herrán - Labateca - Los Patios - Lourdes - Musticua - Pamplona - Pamplonita - Puerto Santander - Ragonvalia - Salazar - San Cayetano - Santiago - Sardinata - Silos - Tibú - Toledo - Villa del Rosario - Villacaro.

“3.1.2 PROCURADURIA PROVINCIAL DE OCAÑA, CON SEDE EN OCAÑA Y COMPETENCIA EN LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS:

Abrego - Arenal - Convención - El Carmen - El Tarra - Gamarra - González - Hacarí - La Playa - Morales - Aguachica - Ocaña - Regidor - Río de Oro - Río Viejo - San Calixto - San Martín - Teorama.

ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige desde la fecha de su expedición y deroga aquellas que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2009.

El Procurador General de la Nación,

ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.

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