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RESOLUCIÓN 9339 DE 2012

(noviembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

<Lineamiento tácitamente derogado>

Por la cual se modifica y adiciona en algunos numerales los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar - PAE.

El DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

En uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 1098 de 2006 y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 2388 de 1979, reglamentario de la Ley 7a de 1979, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF.

Que el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 de 2006 estableció que, El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como ente coordinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar (…) definirá los Lineamientos Técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y para asegurar su restablecimiento (…) .

Que artículo 10, ibídem, establece la corresponsabilidad como, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son responsables en su atención, cuidado y protección.

Que la Dirección General del ICBF, mediante Resolución No. 6054 de 30 de diciembre de 2010, aprobó los Lineamientos Técnicos y Administrativos del Programa de Alimentación Escolar - PAE.

Que de conformidad con los artículos 31 y 37 del Decreto No. 987 de 2012, la Dirección de Niñez y Adolescencia y la Dirección de Nutrición son las dependencias encargadas de la revisión, actualización y definición de los lineamientos y estándares técnicos de ejecución del Programa de Alimentación Escolar y proyectos relacionados con el tipo de atención en el que son expertos.

Que la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional está dirigida a toda la población colombiana y especialmente requiere de acciones que disminuyan las desigualdades sociales y económicas en los grupos de población en condiciones de vulnerabilidad, grupos de las víctimas del conflicto armado, afectados por los desastres naturales, grupos étnicos (indígenas, afrocolombianos, raizales, gitanos), niños, mujeres gestantes y madres lactantes, y grupos de más bajos recursos que son los prioritarios de las acciones de esta Política.

Que los objetivos de la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN) que tienen impacto directo con el Programa de Alimentación Escolar -PAE-, son los de articulación, desde la concertación y cooperación armónica y coherente de los diferentes programas, proyectos y acciones ínter e intrasectoriales, para lograr un mayor impacto, optimización de los recursos y racionalización de acciones para la efectiva gestión de las políticas públicas y la prestación del servicio público del bienestar familiar dirigidos a la población, en especial la más vulnerable, garantizando el acceso a alimentos de calidad y en cantidad suficiente; asimismo el de crear condiciones para un mejor desarrollo educativo de los niños, niñas y adolescentes, contribuyendo al rendimiento escolar de los estudiantes, a su asistencia regular a la escuela y permanencia en el sistema educativo, siendo éste el objetivo sustancial del PAE.

Que es necesario por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, fortalecer, cualificar y posicionar el Programa de Alimentación Escolar -PAE- teniendo en cuenta las políticas nacionales, entre ellas la Política Nacional de Seguridad Alimentaria, el Plan Nacional para la Niñez y Adolescencia 2009-2019,  el Plan Nacional del ICBF y el Plan de acción para la implementación de la guía técnica para la metrología aplicable a los programas de los procesos misionales de prevención y protección del Instituto.

Que con base en las anteriores consideraciones, se hace procedente modificar y adicionar en algunos numerales los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar -PAE.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar y modificar los siguientes numerales de los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar- PAE, los cuales quedarán así:

Numeral 4.1.1.1 Según tiempos de consumo.

Hace referencia al momento del día en que se suministra el alimento: desayuno, almuerzo y refrigerio.

-- Desayuno: se debe privilegiar el suministro de este complemento a los estudiantes de la jornada de la mañana, con el objeto de compensar al organismo del período de ayuno que lo precede y con el tiempo de consumo de alimentos que más incide en la capacidad de aprendizaje de los niños.

-- Complemento alimentario Jomada de la tarde: esta modalidad se recomienda para casos específicos definidos por la Dirección Regional, para los niños, niñas y adolescentes que, según los criterios de focalización, son población objetivo del programa y se encuentran matriculados en la jornada tarde, con el objeto de reducir el hambre a corto plazo que se presenta dos o tres horas después de consumido un alimento.

-- Almuerzo: Se recomienda para los beneficiarios de jornada única y de la tarde, con el objeto de reducir el hambre de corto plazo, que se presenta entre dos y tres horas después de consumido un alimento y se manifiesta en distracción, poca atención, pasividad e inactividad, que interfiere con el aprendizaje.

-- Refrigerio reforzado industrializado: complemento alimentario que será entregado a los beneficiarios que reciben la modalidad de almuerzo y que por motivos de contingencia no pueda ser preparado.

-- Desayuno industrializado para emergencias: complemento alimentario que será entregado a los beneficiarios que reciben la modalidad de desayuno o complemento alimentario jornada de la tarde, ambos preparados en sitio y que por motivos de contingencia no puedan ser preparados. Podrá ser entregado por un período máximo de cuatro días, en el que se debe establecer si la contingencia se extenderá y en el cual el operador deberá prepararse para entregar la modalidad de desayuno industrializado listo y garantizar el aporte mínimo de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes.

Solamente, si el programa de alimentación escolar en el municipio atiende a toda la población escolar con vulnerabilidad socioeconómica durante la totalidad del periodo académico y hay recursos financieros disponibles, se puede iniciar el suministro de dos complementos por usuario o dos tiempos de consumo (una comida principal - desayuno o almuerzo según la jornada escolar - y un refrigerio).

-- Refrigerio: Se suministra de manera adicional al desayuno o al almuerzo para completar los dos tiempos de consumo de acuerdo con la disponibilidad de recursos y no como único complemento alimentario.

De acuerdo a lo expuesto anteriormente el complemento alimentario con dos tiempos de consumo se puede dar mediante:

-- Desayuno y Refrigerio: para los beneficiarios de la jornada escolar de la mañana; en donde el aporte de energía y nutrientes debe corresponder a la sumatoria de los valores mínimos establecidos para cada uno de los complementos alimentarios.

-- Almuerzo y refrigerio: para los beneficiarios de la jornada escolar de la tarde, en donde el aporte de energía y nutrientes debe corresponder a la sumatoria de los valores mínimos para cada uno de los complementos alimentarios.

-- Desayuno y Almuerzo: para los beneficiarios de la jornada escolar única, en donde el aporte de energía y nutrientes debe corresponder a la sumatoria de los valores mínimos establecidos para cada uno de los complementos alimentarios.

Numeral 4.1.1.2. Según tipo de preparación, Tabla No. 1 Momentos de consumo de alimentos, tiempos mínimos y horarios para el consumo de los complementos alimentarios, el cual quedará así:

COMPLEMENTO
AIMENTARIO <sic>
JORNADA
ESCOLAR
MOMENTO DE CONSUMOHORARIO
DesayunoJomada de la mañanaMínimo 20 minutos antes de iniciar las actividades educativas o en las primeras horas de la mañana.
7:00 a. m. a 9:00 a.m.
Complemento alimentario jornada tardeJornada de la tarde o únicaMínimo 20 minutos antes de iniciar las actividades educativas en las primeras horas de la tarde.
1:00 p.m. a 2:30 p.m.
AlmuerzoJornada de la tarde o únicaMínimo 30 minutos antes de iniciar las actividades educativas o entre 2 y 3 horas después de haber consumido el refrigerio de la mañana.
11:30 a.m. a 1:00 p.m.
Refrigerio
reforzado
industrializado
Jornada de la tarde o únicaMínimo 30 minutos antes de iniciar las actividades educativas o entre 2 y 3 horas después de haber consumido el refrigerio de la mañana.11:30 a.m. a 1:00 p.m.
COMPLEMENTO
AIMENTARIO
JORNADA
ESCOLAR
MOMENTO DE CONSUMOHORARIO
Desayuno industrializado para emergenciasJornada de la mañana, tarde o únicaMínimo 20 minutos antes de iniciar las actividades educativas o en las primeras horas de la mañana o de la tarde dependiendo de la jornada escolar.
7:00 a.m. a 9:00
a.m.
ó
1:00 p.m. a 2:30 p.m.
RefrigerioJomada de la mañana, tarde o única.Entre 2 y 3 horas después de haber consumido el desayuno o el almuerzo.
9:30 a.m. a 2:30 p.m.

Numeral 4.1.2 Aporte nutricional, el cual quedará así:

Las recomendaciones de energía y nutrientes para la población beneficiaria fueron definidas de acuerdo con las Recomendaciones Diarias de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana, elaboradas por el ICBF,[1] como se presenta a continuación:

Tabla No. 2 Necesidades de energía y nutrientes para los grupos poblacionales beneficiados.

REQUERIMIENTO
PROMEDIO
CALORIAPROTEINAGRASASCARBOHIDRATOSCALCIOHIERRO
KcalgggmgMg
4 años - 6 años y 11 meses163749,154,6237,360010,3
7 años - 12 años y 11 meses195858,765,328,980015
13 años - 17 años y 11 meses253075,984,3366,882516

Calculado con base en las Recomendaciones de Calorías y Nutrientes para la Población Colombiana, ICBF – 1988

Independiente del tipo de preparación seleccionado para el suministro del complemento alimentario al escolar, se debe cumplir con el cubrimiento de las necesidades de energía y nutrientes establecido para cada tiempo de consumo de alimentos, así:

-- Desayuno: debe cubrir mínimo el 20% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.[2]

-- Complemento alimentario jornada de la tarde: debe cubrir mínimo el 20% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.

-- Almuerzo: debe aportar mínimo el 30% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.

-- Refrigerio: debe cubrir mínimo el 10% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes según grupo de edad. Este refrigerio se suministra de manera adicional a uno de los anteriores complementos y no como único complemento alimentario.

-- Refrigerio reforzado industrializado: debe cubrir mínimo el 25% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, para el grupo poblacional.

Cuando el PAE por contar con recursos financieros disponibles, suministra complementación alimentaria en dos tiempos de consumo por usuario, consistente en una comida principal (desayuno o almuerzo), y un refrigerio, el aporte de energía y nutrientes, será:

-- Desayuno y refrigerio: debe cubrir mínimo 30% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.

-- Almuerzo y refrigerio: debe cubrir, mínimo 40% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.

-- Desayuno y almuerzo: debe cubrir, mínimo 50% de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, según grupo de edad.

Se recomienda la distribución del valor calórico total o rango aceptable de distribución de macro nutrientes en las minuta patrón:

-- Proteínas 12-14%

-- Grasa 28-32%

-- Carbohidratos 55 a 65 %

Numeral 4.2.1 Minuta Patrón, el cual quedará así:

Para cumplir con el aporte de energía y nutrientes definidos y organizar la ración preparada en el sitio y la ración industrializada lista que se suministran, el ICBF ha planificado la alimentación mediante el establecimiento de una Minuta Patrón Nacional; que se observa en Documento Anexo No. 1 (A, B y C), para cada uno de los grupos de edad de los niños, niñas y adolescentes beneficiarios.

Este patrón establece la distribución por tiempo de consumo, los grupos de alimentos, las cantidades en crudo, (peso bruto y peso neto), porción en servido, la frecuencia de oferta semanal y el aporte y adecuación nutricional de energía y nutrientes establecidos para cada grupo de edad. Su aplicación se complementa con la elaboración y cumplimiento del ciclo de menús, de acuerdo al tiempo de consumo y tipo de preparación.

En este sentido, es necesario tener en cuenta que la información cuantitativa suministrada en la minuta patrón relacionada con el peso bruto, debe utilizarse para el cálculo de la compra de los alimentos, el peso neto para el análisis químico del ciclo de minutas y el peso de servido para el proceso de supervisión, para garantizar que los alimentos servidos correspondan a la minuta patrón establecida.

El ICBF establece la minuta patrón para cada uno de los tiempos de consumo, desayuno ración preparada en el sitio y desayuno ración industrializada; almuerzo y refrigerio; según los grupos de edad definidos, de acuerdo con las Guías Alimentarias para la población Colombiana, que considera las características de crecimiento y desarrollo de cada periodo del ciclo vital y relacionados a continuación:

-- 4 a 6 años 11 meses

-- 7 a 12 años 11 meses

-- 13 a 17 años 11 meses

Adicionalmente, en el Documento Anexo No. 2 se presentan las Minutas Patrón para el desayuno de la Ración Industrializada Lista, Desayuno Industrializado para emergencias y Refrigerio Reforzado Industrializado.

Numeral 5.2, el cual quedará así:

5.2. Equipo y menaje

Los puntos de atención, deben estar diseñados, construidos, instalados y mantenidos de manera que se evite la contaminación del alimento, facilite la limpieza y desinfección de sus superficies y se permita desempeñar adecuadamente el uso previsto, así como permitir la secuencia lógica de cada proceso. En cada uno, el operador debe tener una báscula para el adecuado control de recibo de materias primas y una balanza gramera para el control de las porciones servidas. Estos equipos deben ser sometidos a mantenimiento y calibración, lo cual debe ser registrado en formato específico que el operador implemente.

El menaje necesario debe ser de material apto para el consumo de los alimentos, estar fabricados con materiales resistentes al uso y a la corrosión, así como, a la utilización frecuente de los agentes de limpieza y desinfección y en cantidad suficiente para asegurar un servicio ágil y oportuno. Para el servicio de sopas los recipientes deben tener la profundidad suficiente, para evitar que se derrame.

Los utensilios para servir como cucharones, coladores, ralladores, deben ser de aluminio o acero inoxidable. El operador deberá realizar la reposición de equipo, utensilios, menaje y vajilla que sea necesario.

El servicio de alimentación deberá contar en cada punto de preparación y distribución de la ración preparada con un inventario mínimo de equipos, menaje y utensilios que asegure la calidad en los procesos de recibo, almacenamiento, preparación y distribución, de acuerdo con lo establecido en las tablas siguientes.

En el caso que el menaje y dotación de un restaurante escolar se haya recibido por cofinanciación, ya sea de un operador, ente territorial o entidades privadas, estos deben elaborar actas de entrega o comodatos donde el rector del centro educativo encargado de recibirlos se responsabilice de su custodia y cuidado en el lapso de tiempo que no funcione el PAE. Durante el desarrollo del servicio de alimentación el rector del centro educativo pondrá a disposición del operador estos equipos mediante acta de entrega donde se consigne su estado, A partir de este momento el operador será el encargado de su mantenimiento y cuidado para lo cual en el caso de equipos de refrigeración y neveras, deberá realizar la revisión de temperaturas periódicamente.

Tabla No. 3 Equipo de cocina mínimo – Ración preparada en el sitio – desayuno y complemento alimentario jornada de la tarde

EQUIPOHASTA 50 RACIONESHASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
CANTIDADCANTIDAD.CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Estufa de gas lineal de tres quemadores1111111
Estufa enana - Un quemador grande0001223
Pipeta de gas con capacidad acorde al servicio1111111
Regulador de gas1111111
Manguera de gas1111111
Nevera de 336 litros 12 pies11 000
Nevera de 512 litros o 19 pies0011111
Licuadora
industrial
0111111
Balanza de 25 Libras mecánica1111000
Balanza Romana 20@0000111
Balanza Gramera de mesa, máximo de 10 gramos de sensibilidad. Mecánica o digital.1111111
Molino0000111
Termómetro de punzón análogo o digital con rango de temperatura desde congelación hasta cocción1111111

Fuente: Modificado de ICBF- Janeth de Castro. Estudio de costo estándar modalidad asistencia nutricional desayuno - almuerzo empresa privada. Bogotá, D.C., 2002.

Tabla No. 4 Equipo de cocina - Ración preparada en el sitio - Almuerzo

EQUIPOHASTA 50 RACIONESHASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Estufa de gas lineal - tres quemadores1111111
Estufa enana - Un quemador grande0111223
Pipeta de gas de acuerdo a la capacidad del servicio1111111
Regulador de gas1111111
Manguera de gas1111111
Nevera de 336 litros o 12 pies1100000
Nevera de 512 litros o 19 pies0011111
Congelador 1 puerta 5 pies - Capacidad 30 Kilos0110000
Congelador 1 puerta 7 pies - Capacidad 45 Kilos0001111
Congelador 1 puerta 15 pies - Capacidad 70 Kilos0000111
Licuadora no industrial1111111
Licuadora Industrial 4 Litros0001111
Balanza de 25 Libras mecánica1111000
Balanza Romana 20@0000111
Balanza Gramera De mesa, máximo de 10 gramos de sensibilidad. Mecánica o digital.1111111
Molino con motor 1 H.P.0001111
Molino manual1110000
Termómetro de punzón análogo o digital con rango de temperatura desde congelación hasta cocción1111111

Tabla No. 5 Menaje para la cocina según volumen de producción – Ración preparada en el sitio - desayuno y complemento alimentario jornada de la tarde

ELEMENTOREF.HASTA 50
RACIONES
HASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
 CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Balde plástico12 litros1112334
Bandeja
Plástica
Extra
grande
2222666
Caldero50X301112233
Canastilla
Plástica
60x40x132344668
Caneca con tapa MultiusoGrande2223457
 (basura)    
Caneca con tapa Multiuso sobras)Grande1112222
Cernidor
Aluminio
Normal1112333
Olleta3 Lts.2222345
Cuchara para servir (aluminio fundido) con huecoNormal1222444
Cuchara para servir (aluminio fundido) sin huecoNormal1222444
Cuchillo para CortarNormal1112444
Jarra plástica2 litros2223456
Olla
(aluminio
recortado)
# 32 o 24 litros2222000
# 36 ó 36 litros1202233
# 40 ó 50 litros0033555
Paila 46 centímetros46 cms1244566
PinzasGrande2223333
Cucharones y cucharas medidoras de acuerdo a los cupos atendidos, ingredientes y porciones de servido estandarizad asPlásticos o en acero inoxidableA
necesidad
A necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidad
Vasos medidores y probeta de acuerdo a los cupos atendidos, ingredientes y porciones de servido estandarizadasPlásticosA
necesidad
A necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidad

Tabla No. 6 Menaje para la cocina según volumen de producción – Ración preparada en el sitio - almuerzo.

ELEMENTOREF.HASTA 50 RACIONESHASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
 CANTIDAD
CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Balde plástico12 litros1112334
Bandeja
plástica
Extragrande2222666
Caldero50X301112233
Canastilla
plástica
60x40x1
3
2344668
Caneca con tapa multiuso (basuraGrande2223457
Caneca con tapa multiuso (sobras)Grande1112222
Cernidor
aluminio
Normal1112333
Olleta3 litros223333
Colador
plástico
Grande1111222
Cuchara para servir (aluminio fundido) con huecoNormal1111222
Cuchara para servir (aluminio fundido) sin huecoNormal1222444
Cuchillo cocina para Cortar carne1233333
Cuchillo cocina para Cortar verdura1233333
Cuchillo cocina para pelar papa1111122
Espumadera de aluminio fundidoPequeña1111122
Jarra plástica2 litros223444
Legumbrera1233445
Olla (aluminio
recortado)
# 32 o 24 litros2222000
# 36 o 36 litros1222233
# 40 o0033555
50 litros   
Olla a presión10  litros1111111
Paila46 cms2244566
PinzasGrande2223333
Rallador de
acero
inoxidable
Corriente1112222
Tabla acrílica para picarGrande1122333
Tabla acrílica para picarMediana1111222
Tabla acrílica para picarPequeña1100000
Taja papaGrande1112222
Cucharones y cucharas medidoras de acuerdo a los cupos atendidos, ingredientes y porciones de servido estandarizadasPlásticos o en acero inoxidableA
necesidad
A necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidad
Vasos medidores y probeta de acuerdo a los cupos atendidos, ingredientes y porciones de servido estandarizadasPlásticosA
necesidad
A necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidadA necesidad

Tabla No. 7 Dotación y menaje de comedor – desayuno – complemento alimentario jornada de la tarde y almuerzo para Ración Preparada en el sitio

  
ELEMENTOHASTA 50 RACIONESHASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Tenedor mesa50100120180240300350
Cuchillo mesa50100120180240300350
Cuchara
sopera
50100120180240300350
Plato50100120180240240240
Pocillo50100120180240240240
Vaso50100120180240300350
Tina plástica o tobo mediana2441000
Tina plástica o grande002334
Mesas de comedor- puesto para comerUn puesto por niño o niña atendido en el turno respectivo
Sillas de comedor - puesto para sentarseUna silla, butaca o puesto en banca por niño o niña atendido en el turno respectivo

Fuente: Tomado de ICBF - Janeth de Castro. Estudio de costo estándar modalidad asistencia nutricional desayuno - almuerzo empresa privada. Bogotá, D.C., 2002.

Nota: Hasta 100 raciones debe haber un elemento por usuario y a partir de 101 se calcula sobre el 60% correspondiente a la cobertura de la escuela.

Se recomienda mínimo 20% de menaje adicional sobre la cantidad de raciones producidas, como mecanismo de reserva por daño, deterioro y/o emergencia.

Implementos de aseo: En todos los servicios de alimentación se debe contar con implementos de aseo como escoba, trapero, recogedor de basura, balde, cepillo para piso, detergente, desinfectante y cepillo para uñas; se propone anualmente el suministro de los siguientes elementos con mínimo al servicio de alimentación.

ELEMENTOHASTA 50 RACIONESHASTA 100 RACIONESHASTA 200 RACIONESHASTA 300 RACIONESHASTA 400 RACIONESHASTA 500 RACIONESHASTA 600 RACIONES
CANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDADCANTIDAD
Escoba
estándar
2346888
Trapero10152025303540
Recogedor de basura1234455
Balde plástico estándar2356789

ARTÍCULO SEGUNDO. Anexar en el Documento Anexo No. 2 de los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar - PAE, las siguientes minutas patrón, las cuales se adjuntan a la presente resolución:

1) MINUTA PATRÓN DESAYUNO INDUSTRIALIZADO PARA EMERGENCIAS.

2) MINUTA PATRÓN REFRIGERIO REFORZADO INDUSTRIALIZADO SIN BIENESTARINA.

3) MINUTA PATRÓN REFRIGERIO REFORZADO INDUSTRIALIZADO CON BIENESTARINA.

ARTÍCULO TERCERO. Las adiciones y modificaciones de los Lineamientos Técnico Administrativos y Estándares del Programa de Alimentación Escolar -PAE, realizados en la presente Resolución son de obligatorio cumplimiento para las áreas, entidades y servidores públicos que prestan el Servicio Público de Bienestar Familiar.

ARTÍCULO CUARTO. Las Direcciones de Niñez y Adolescencia y de Nutrición, los Directores Regionales y los Coordinadores de Centro Zonal deberán adoptar las medidas para el cumplimiento y difusión de esta Resolución.

ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 30 NOV. 2012

DIEGO ANDRES MOLANO APONTE

Director General

MINUTA PATRÓN DESAYUNO INDUSTRIALIZADO  PARA EMERGENCIAS

PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR

GRUPO
ALIMENTO
ALIMENTOSFRECUENCIA SEMANAL/ 5 díasTAMAÑO MÍNIMO DE PORCIÓN (peso bruto)
 Cantidad (grs/ml)
BebidasLeche entera, Leche saborizada, Avena, Néctares de FrutaTodos los días200
CerealesAcompañantesTodos los días30
FrutasFruta entera2 veces / semana109- 230
Azúcares y DulcesPostre3 veces / semana10-20

ESPECIFICACIONES:
 

a. BEBIDAS: De tipo comercial, en empaque UHT.
b. CEREALES: Entre este tipo de preparaciones se encuentran productos comerciales derivados de cereales
c. FRUTAS: Se incluyen frutas frescas enteras.
d. AZÚCARES y DULCES: Se incluyen dulces como arequipe, panelita de leche, bocadillo, dulce de chocolate, entre otros.


Nota: Esta minuta patrón aplica para los grupos de edad de 4 a 17 años 11 meses.

MINUTA PATRÓN REFRIGERIO REFORZADO INDUSTRIALIZADO

SIN BIENESTARINA PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR

GRUPO
ALIMENTO
ALIMENTOS
FRECUENCIA SEMANAL/ 5 días
TAMAÑO DE PORCIÓN (peso bruto)
 Cantidad (grs/ml)
Lácteos
Leche entera, Leche saborizada, Avena, Kumis, Yogurt, KumisTodos los días
240
Cereales
Acompañantes panificadosTodos los días45-60
FrutasFruta enteraTodos los días100-230
Azúcares y Dulces
Postre3 veces / semana
20

APORTE MÍNIMO PROMEDIO SEMANAL: Mínimo el 25% de calorías y nutrientes para el grupo poblacional así


CALORIAS
PROTEINA
GRASAS
CHO'S
CALCIO


Kcal
g
g
g
mg

25% DE LA RECOMENDACIÓN PROMEDIO (4-17 años 11 meses








ESPECIFICACIONES DE LA MINUTA:

a. LÁCTEOS:
Se incluye: Leche entera líquida, Leche saborizada líquida, Avena, Kumis, Yogurt; si no se cuenta con cadena de frío, los productos deben ser UHT.

En los lugares donde se dificulte la consecución de la presentación de 240 cc, se deberá entregar una unidad de 200 cc adicional, semanal (6 unidades de 200 cc/niño/semana)

b. CEREALES: Es el acompañante preparado a partir de cereales. Entre este tipo de preparaciones se encuentran productos de panadería.

c. FRUTAS:
Se incluyen frutas frescas enteras.

d. AZÚCARES
y DULCES: Se incluyen dulces como arequipe, panelita de leche bocadillo, dulce de chocolate, entre otros.

Nota: Esta minuta patrón aplica para los grupos de edad de 4 a 17 años 11 meses.

MINUTA PATRÓN REFRIGERIO REFORZADO INDUSTRIALIZADO

CON BIENESTARINA

PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR

GRUPO
ALIMENTO
ALIMENTOS
FRECUENCIA SEMANAL/5 días
TAMAÑO DE PORCIÓN (peso bruto)
 Cantidad (grs/ml)
Lácteos
Leche entera, Leche saborizada, Avena, Kumis, Yogurt, Kumis
Todos los días
240
Bienestarina
Todos los días
45-60
Cereales
Acompañantes panificados
Todos los días
100-230
Frutas
Fruta entera
Todos los días
10-20
Azúcares y Dulces
Postre
3 veces / semana
10-20


APORTE MÍNIMO PROMEDIO SEMANAL: Mínimo el 25% de calorías y nutrientes para el grupo poblacional, así:


CALORIAS
PROTEINA
GRASAS
CHO'S
CALCIO
HIERRO


Kcal
g
g
g
mg
Mg

25% DE LA RECOMENDACIÓN PROMEDIO (4-17 años 11 meses)
510
15,3
17,0
74,0
185,4
3,4

ESPECIFICACIONES DE LA MINUTA:

a. LÁCTEOS: Se incluye: Leche entera líquida, Leche saborizada líquida, Avena, Kumis, Yogurt; si no se cuenta con cadena de frío, los productos deben ser UHT.
En los lugares donde se dificulte la consecución de la presentación de 240 cc, se deberá entregar una unidad de 200 cc adicional, semanal (6 unidades de 200 cc/niño/semana)
b. BIENESTARINA: Se incluirá diariamente en el acompañante.
c. CEREALES: Es el acompañante preparado a partir de cereales. Entre este tipo de preparaciones se encuentran productos de panadería.
d. FRUTAS: Se incluyen frutas frescas enteras.
e. AZÚCARES y DULCES: Se incluyen dulces como arequipe, panelita de leche, bocadillo, dulce de chocolate, entre otros.

Nota: Esta minuta patrón aplica para los grupos de edad de 4 a 17 años 11 meses.

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1. Estos valores son susceptibles de modificaciones de acuerdo con actualización en curso de las recomendaciones diarias de energía y nutrientes, documento de referencia esencial para la planificación de la alimentación.

2. Los grupos de edad tomados como referencia son: preescolar de 3 a 5 años; primaria 6 a 7 y 8 a 12 años y secundaria de 13 a 17 años, para ambos sexos.

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