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RESOLUCIÓN 4883 DE 2010

(noviembre 2)

Diario Oficial No. 47.896 de 17 de noviembre de 2010

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

Por la cual se desconcentran unas funciones.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 y en el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 se entiende por desconcentración, la distribución adecuada del trabajo que realiza el jefe o representante legal de la entidad, sin que ello implique autonomía administrativa en su ejercicio.

Que el 23 de octubre de 2009 la Dirección General del ICBF expidió la Resolución número 4670, mediante la cual se modifica el Manual de Contratación del ICBF.

Que en el artículo décimo quinto de la citada Resolución se desconcentraron algunas actividades en materia contractual en la Coordinación del Grupo de Contratos de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras.

Que teniendo en cuenta la vacancia de la Coordinación del Grupo de Contratos de la Oficina Asesora Jurídica se hace necesario establecer el funcionario que asume de manera temporal las actividades desconcentradas en esa Coordinación.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. DESCONCENTRACIÓN. Desconcentrar de manera temporal en la Jefatura de la Oficina Asesora Jurídica las actividades que se enuncian a continuación:

a) Aprobar las garantías de los contratos o convenios que se celebren en la Sede de la Dirección General;

b) Suscribir y remitir a la Imprenta Nacional de Colombia el Extracto Único de Publicación de todos los contratos o convenios celebrados en la Sede de la Dirección General;

c) Emitir los oficios mediante los cuales se comunica la legalización de los convenios o contratos en la Sede de la Dirección General;

d) Enviar a las autoridades competentes y las Cámaras de Comercio los informes y avisos sobre procesos de selección, contratos, multas y sanciones administrativas que se impongan a los contratistas;

e) Realizar la notificación de los actos administrativos que se expidan con ocasión de la actividad contractual.

ARTÍCULO 2o. DURACIÓN. La presente desconcentración se confiere únicamente durante el término de duración de la vacancia de la Coordinación del Grupo de Contratos de la Oficina Asesora Jurídica. Una vez se designe Coordinador del Grupo de Contratos este asumirá las funciones a que se refiere la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. El presente acto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2010.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.

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