RESOLUCIÓN 4586 DE 2018
(abril 11)
Diario Oficial No. 50.566 de 16 de abril de 2018
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025>
Por la cual se aprueban las Guías Técnicas del Componente de Alimentación Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF, se fija el procedimiento de actualización y se deroga una resolución.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,
en uso de sus facultades legales y estatutarias establecidas en el literal a) del artículo 28 del Decreto número 334 de 1980, en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y demás normas concordantes y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 44 de la Constitución Política señala como derechos fundamentales de los niños, la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado, el amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión, así como los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia;
Que el Código de Infancia y la Adolescencia, Ley 1098 de 2006, establece en su artículo 11, parágrafo único, que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, como ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las fundones que hoy tiene (Ley 75 de 1968 y Ley 7 de 1979) y definirá los lineamientos técnicos que las entidades deben cumplir para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes y para asegurar su restablecimiento;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.4.1.5 del Decreto número 1084 de 2015, las actividades que realicen las entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar con el fin de prestar el servicio público de Bienestar Familiar, deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y a los reglamentos dictados por el ICBF;
Que mediante la Resolución número 2000 de 2015 se adoptó la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición, con el fin de orientar el proceso de atención en alimentación y nutrición para los niños, niñas menores de 5 años, adolescentes, mujeres gestantes y madres lactantes para los programas y proyectos misionales del ICBF, la cual se entiende incorporada a los respectivos lineamientos;
Que la alimentación y la nutrición constituyen un proceso dinámico en constante evolución que conlleva a que el ICBF deba realizar de manera permanente actualización de la línea técnica a tener en cuenta para la atención de la población objetivo, lo que a su vez implica una constante modificación, adición o ajuste de la Guía del Componente de Alimentación y Nutrición para les programas y proyectos misionales del ICBF;
Que con posterioridad a la aprobación de la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición, han surgido guías derivadas anexas, necesarias para brindar orientación técnica específica relacionada con alimentación, sistemas de medición, inocuidad u otros afines, que han conllevado al fortalecimiento de las acciones desarrolladas en los servicios institucional o y se encuentran incorporados en el proceso de Gestión para la Nutrición;
Que de acuerdo a lo anterior la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición se ha actualizado conforme al procedimiento de elaboración de documentos del ICBF, publicándose en la página web y en la intranet del ICBF;
Que dada la magnitud y las implicaciones de los cambios en las actualizaciones que se han surtido en la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF, se considera pertinente y necesario aprobar la nueva versión teniendo en cuenta todas las guías que se han derivado de ella, para tenerlas todas en un solo cuerpo representadas en la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición, además es necesario dotarla de un proceso ágil que permita la actualización, modificación o adición de guías derivadas, garantizando que medie una justificación técnica y se realice la socialización con los diferentes actores que intervienen en su implementación;
Que las modalidades de atención del ICBF se encuentran reglamentadas a través de Lineamientos y Manuales Operativos, a los cuales se entenderá incorporada la presente Guía Técnica para lo pertinente;
Que por lo anterior, resulta necesario aprobar la Guía Técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF con el fin de orientar el proceso de atención en alimentación y nutrición para toda la población objeto de atención de las modalidades del ICBF, y así mismo sea incorporada a los lineamientos y manuales del ICBF;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> Aprobar la Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF y las guías técnicas derivadas de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva, la cual hace parte integral del presente acto administrativo como anexo.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> La Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF se entenderá incorporada a los lineamientos y manuales operativos en lo pertinente.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> La Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición, así como las demás guías o documentos que se deriven de esta, podrán ser modificadas, adicionadas o ajustadas por la Dirección de Nutrición, previa justificación técnica, y socialización a través de la página web del ICBF, identificando de manera clara su versión de acuerdo con lo establecido en el procedimiento de elaboración y control de documentos.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> La Guía aprobada mediante la presente resolución, es de obligatorio cumplimiento por las áreas, servidores públicos, colaboradores y entidades contratistas que prestan, asesoran y orientan el Servicio Público de Bienestar Familiar.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> La Guía Técnica del Componente de Alimentación y Nutrición de las modalidades del ICBF será publicada en la página web del ICBF.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 757 de 2025> La presente resolución rige a partir de su publicación, deroga la Resolución número 2000 de 2015 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 11 de abril de 2018.
La Directora General,
Karen Abudinen Abuchaibe.




