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RESOLUCIÓN 1199 DE 2010

(marzo 16)

Diario Oficial No. 47.675 de 9 de abril de 2010

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Por la cual se adopta la Política de Gestión de Talento Humano del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por el literal b) del artículo 28 de la Ley 7 de 1979, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 2340 de 24 de septiembre de 2007, la Dirección General del ICBF aprobó el Plan Indicativo Institucional para el periodo 2007 – 2010, en el cual estableció la mejora de la gestión institucional para el fortalecimiento y cualificación de los servicios como una de las metas y objetivo de la entidad;

Que en desarrollo del Código de Buen Gobierno del ICBF adoptado mediante el Acuerdo número 004 de 18 de febrero de 2010 y la Política del Sistema Integrado de Gestión SIGE, adoptada mediante Resolución número 0671 de 8 de febrero de 2010, y con el fin de dar cumplimiento a sus objetivos, se hace necesario adoptar la Política de Gestión de Talento Humano del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Cecilia de la Fuente de Lleras;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar la Política de Gestión Humana del ICBF, cuyo texto es el siguiente:

La Dirección General declara su compromiso con la gestión y el desarrollo del Talento Humano. Este compromiso trasciende lo meramente institucional y tiene que ver con el ejercicio de la responsabilidad social de todos y cada uno de sus miembros. Se traduce en la implementación de prácticas y procedimientos de sus directivos y demás servidores públicos en las relaciones que mantienen y construyen entre sí y con los grupos de interés y las acciones orientadas al cumplimiento del interés supremo de protección integral de la familia y en especial de la niñez.

Con el fin de mejorar la gestión institucional del Talento Humano y propiciar un ambiente laboral amable, generoso y solidario que promueva el espíritu de cooperación y servicio en el Instituto se fortalecerán los comportamientos laborales que evidencien los valores de respeto, solidaridad, compromiso, honestidad, servicio y confianza. Los servidores públicos del ICBF serán atendidos de manera integral, integrando los ámbitos personal, familiar y laboral.

ARTÍCULO 2o. En desarrollo de la Política de Gestión Humana, la Dirección General se compromete a:

-- Desarrollar todas sus acciones en concordancia con los principios, los valores, la misión y la visión establecidos en el Plan Indicativo Institucional.

-- Garantizar que los programas de formación y capacitación en el ICBF estén orientados al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias, de manera que se potencialice el desarrollo profesional de los servidores y el mejoramiento en la prestación de los servicios.

-- Desarrollar programas de bienestar orientados a estimular el potencial creativo de los servidores, mejorando a su vez su calidad de vida laboral e incrementando su amor y satisfacción con el trabajo y con la entidad.

-- Garantizar que la totalidad de los programas de formación y capacitación y de bienestar social que surjan en desarrollo de esta Política se articulen y respondan a las inquietudes y necesidades de los servidores y de la Entidad en todo el territorio nacional, de tal manera que se logre con ellos generar un impacto duradero en la familia y la niñez colombianas.

ARTÍCULO 3o. La Política de Gestión del Talento Humano abarca a la totalidad de los servidores públicos del ICBF en la Sede Nacional, en las Regionales y en los Centros Zonales. La responsabilidad de su aplicación recae en todos los servidores que ostenten el cargo de Dirección, Jefatura o Coordinación o que tengan personas a cargo.

ARTÍCULO 4o. La Política de Gestión del Talento Humano se implementa a través de la aplicación del manual que para el efecto publicará la Dirección de Gestión Humana.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones internas que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2010.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

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