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RESOLUCION 6658 DE 2004

(diciembre 30)

Diario Oficial No. 45.781 de 4 de enero de 2005

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 43 de la Resolución 2370 de 2016>

Por medio de la cual se hace una designación especial.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 250 de la Carta Política y en el parágrafo segundo del artículo 324 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Fiscalía General de la Nación tiene como obligación constitucional adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que llegue a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio;

Que el Acto Legislativo 03 de 2002 reformó la Constitución Política y estableció la aplicación del principio de oportunidad, como excepción al mandato citad o, evento en el cual podrá la Fiscalía suspender, interrumpir o renunciar a la persecución penal;

Que el parágrafo segundo del artículo 324 de la Ley 906 de 2004 asigna al Fiscal General de la Nación, o al delegado especial que designe para tal efecto, la aplicación del principio de oportunidad respecto de delitos sancionados con pena privativa de la libertad que exceda de seis (6) años de prisión en su máximo, sin perjuicio de lo dispuesto en el reglamento de que trata el artículo 330 de la citada ley;

Que el Fiscal General de la Nación conocerá siempre de la aplicación del principio de oportunidad en los eventos relacionados con las causales previstas en los numerales 2, 3, 4, 5 y 9 del artículo 324 de la Ley 906 de 2004, bien porque la pena máxima de la conducta punible excede de seis (6) años de prisión, o, si es inferior a ese límite, porque hará uso de las facultades de sustitución previstas en el artículo 116 numeral 2 de la misma ley;

Que de conformidad con el nuevo Código de Procedimiento Penal, el Fiscal General de la Nación puede designar a un delegado especial para que dé cumplimiento a lo expuesto en los considerandos anteriores;

Que en mérito de lo expuesto, el Fiscal General de la Nación,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 43 de la Resolución 2370 de 2016> <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 692 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Designar como delegados especiales del Fiscal General de la Nación para dar aplicación al principio de oportunidad en los delitos sancionados con pena privativa de la libertad que exceda de seis (6) años en su máximo, a los fiscales delegados ante el Tribunal Superior, en su correspondiente distrito. Tratándose de las causales previstas en los numerales 2, 3, 4 y 8 del artículo 324 de la Ley 906 de 2004 reformado por la Ley 1312 del 9 de julio de 2009, el Fiscal General de la Nación lo aplicará directamente o por medio de la facultad de sustitución prevista en el numeral 2 del artículo 116 de la misma ley.

En los casos de conocimiento de las Unidades Nacionales de Fiscalía, el Delegado Especial será el Jefe de la Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 43 de la Resolución 2370 de 2016> Comunicar el presente acto administrativo al Consejo Superior de la Judicatura y a la Procuraduría General de la Nación, para efectos del control judicial a la aplicación del principio de oportunidad establecido en el artículo 327 de la citada ley.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 43 de la Resolución 2370 de 2016> La presente resolución rige a partir del primero (1o) de enero de 2005.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2004.

El Fiscal General de la Nación,

LUIS CAMILO OSORIO ISAZA.

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