RESOLUCIÓN 0-3096 DE 2016
(octubre 3)
Diario Oficial No. 50.017 de 5 de octubre de 2016
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 66 de la Resolución 1549 de 2018>
Por medio de la cual se modifica el artículo 46 de la Resolución número 0-2456 del 14 de julio de 2016.
EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las conferidas en el numeral 19 del artículo 4o del Decreto-ley 016 del 9 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-ley 020 de 2014, “por el cual se clasifican los empleos y se expide el régimen de carrera especial de la Fiscalía General de la Nación y de sus entidades adscritas”, en su Capítulo X dispone lo relativo a la evaluación del desempeño de los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación;
Que el numeral 1 del artículo 70 del mismo decreto establece:
“Artículo 70. Funciones del Comité de Evaluación del Desempeño. El Comité de Evaluación del Desempeño, cumplirá las siguientes funciones:
“1. Definir los parámetros para la evaluación de servidores pertenecientes a la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación y a las entidades adscritas”;
Que, mediante Resolución número 0-2456 del 14 de julio de 2016, “por medio de la cual se reglamenta el sistema de evaluación del desempeño laboral de los servidores que ostenten derechos de carrera o se encuentren en periodo de prueba en el régimen de carrera especial de la Fiscalía General de la Nación, y se aprueba y adopta los parámetros y el instrumento para su aplicación”, se establecieron los niveles de evaluación del desempeño laboral de los servidores de la Fiscalía General de la Nación;
Que el artículo 46 de la aludida Resolución número 0-2456 del 14 de julio dispone:
“Artículo 46. Resultados de la Evaluación del Desempeño Laboral. Los resultados de la evaluación del desempeño laboral se deben ubicar e interpretar en cuatro niveles de acuerdo con la siguiente escala:
| Resultado | Nivel |
| 86%-100% | Sobresaliente |
| 68%-85% | Satisfactorio superior |
| 51%-67% | Satisfactorio aceptable |
| 0%-50% | Insatisfactorio |
Que, mediante Resolución número 0-2457 del 14 de julio de 2016, se adoptó el sistema de evaluación del desempeño laboral contenido en la Resolución número 0-2456 del 14 de julio de 2016 respecto de los servidores vinculados a través de nombramientos en provisionalidad;
Que el Comité de Evaluación del Desempeño Laboral de la Fiscalía General de la Nación, en sesión extraordinaria de fecha 14 de septiembre de 2016, luego de analizar las políticas, planes y programas de la entidad, en concordancia con los niveles establecidos en el artículo arriba transcrito, consideró que no guardan relación con el cumplimiento de las metas institucionales, por lo cual estimó necesario modificar la escala de los resultados de evaluación del desempeño laboral, como se señala en el artículo primero de la presente resolución.
Con mérito en lo anteriormente expuesto, el Fiscal General de la Nación,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 66 de la Resolución 1549 de 2018> Modificar el artículo 46 de la Resolución número 0-2456, el cual quedará así:
Artículo 46. Resultados de la Evaluación del Desempeño Laboral. Los resultados de la evaluación del desempeño laboral se deben ubicar e interpretar en cuatro niveles de acuerdo con la siguiente escala:
| Resultado | Nivel |
| 90%-100% | Sobresaliente |
| 80%-89% | Satisfactorio superior |
| 60%-79% | Satisfactorio aceptable |
| 0%-59% | Insatisfactorio |
PARÁGRAFO. Modificar los documentos contentivos de los parámetros para la evaluación del desempeño laboral del área misional, administrativa y estratégica de la Fiscalía General de la Nación, anexos a la Resolución número 0-2456 del 14 de julio de 2016, de conformidad con la parte considerativa del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 66 de la Resolución 1549 de 2018> Conserva su vigencia y aplicabilidad la Resolución número 0-2456 del 14 de julio de 2016, en lo no modificado por la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de octubre de 2016.
El Fiscal General de la Nación,
NÉSTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA.




