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RESOLUCIÓN 1053 DE 2007

(marzo 30)

Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se establece la conformación del proceso denominado “Comunicación” y se adoptan los documentos internos y dan lineamientos para su adecuada gestión.

EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 5, 14 y 17 del artículo 11 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 1o, dice: “Créase el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social, en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades. El sistema de gestión de la calidad adoptará en cada entidad un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de ella y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente”;

Que la ley fue reglamentada por el Decreto 4110 de diciembre 9 de 2004, adoptando la norma técnica de calidad en la gestión pública NTCGP-1000 2004, la cual determina las generalidades y los requisitos mínimos para establecer, documentar, implementar y mantener el sistema de gestión de calidad en los organismos, entidades y agentes obligados conforme al artículo 2o de la precitada ley;

Que la entidad por pertenecer a la Rama Judicial aplicará en lo pertinente el artículo 2o, Entidades y Agentes Obligados, que dice: “El Sistema de Gestión de la Calidad se desarrollará y se pondrá en funcionamiento en forma obligatoria en los organismos y entidades del Sector Central y del Sector Descentralizado por servicios de la rama ejecutiva del Poder Público del orden Nacional, y en la gestión administrativa necesaria para el desarrollo de las funciones propias de las demás ramas del Poder Público en el orden nacional...” (El subrayado es nuestro);

Que de acuerdo con los requisitos mínimos establecidos en el inciso 1o del artículo 6o de la Ley 872 de 2003, se debe contar con la documentación mínima necesaria para el funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad, la cual incluye la definición del manual de calidad, de la política y objetivos de calidad, otros manuales, procedimientos y demás documentos requeridos para la eficaz planificación, operación y control de procesos y subprocesos, y los requisitos de información que maneje la entidad;

Que la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en la Fiscalía General de la Nación se hará de forma gradual, iniciando en el nivel central y continuando en las seccionales hasta cubrir la Entidad a nivel nacional;

Que según el mapa de procesos establecido para la Fiscalía General de la Nación, se identificó en el macroproceso de apoyo, el proceso denominado “Comunicación”;

Que una vez la entidad decide implementar dicha norma acoge las disposiciones relativas a estructura, documentación y responsabilidades necesarias para la operacionalización del Sistema de Gestión de la Calidad, razón por la cual este despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer los subprocesos que estructuran e integran el proceso denominado “Comunicación”de la siguiente manera:

Subproceso Comunicación Interna

Subproceso Comunicación Externa

ARTÍCULO 2o. Designar como líder de la implementación, mantenimiento, seguimiento y mejora del proceso denominado “Comunicación” y de los subprocesos Comunicación Interna y Comunicación Externa al Jefe de la Oficina de Divulgación y Prensa

ARTÍCULO 3o. Adoptar los documentos de los subprocesos de Comunicación Interna y Comunicación Externa, que se relacionan a continuación:

Procedimientos:


Código

Denominación
FGN-19000-P-01Procedimiento de comunicación interna y externa

FGN-19000-P-02

Procedimiento para el manejo de sistemas de información

ARTÍCULO 4o. <Artículo derogado por el artículo 16 de la Resolución 2310 de 2012>

ARTÍCULO 5o. Es de obligatorio cumplimiento para todos los servidores involucrados en el proceso denominado “Comunicación”; los subprocesos que lo conforman y en las seccionales cuando para ellas aplique, seguir los lineamientos y la documentación generada con la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad.

ARTÍCULO 6o. Los ajustes, actualizaciones y propuestas de mejoramiento continuo a la documentación aprobada mediante la presente resolución, serán presentadas por los responsables del proceso y subprocesos ante el representante de la Alta Dirección para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, quien analizará las propuestas y tramitará su oficialización en caso de encontrarlas pertinentes.

ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y complementa las Resoluciones 0-2740 del 28 de junio de 2005 y 0-4152 del 14 de diciembre de 2006.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2007.

El Fiscal General de la Nación,

MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.

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