RESOLUCIÓN 797 DE 2014
(abril 10)
Diario Oficial No. 49.119 de 10 de abril de 2014
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 3875 de 2016>
Por medio de la cual se aclara la Resolución número 0-0467 del 1o de abril de 2014.
EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto número 016 del 9 de enero de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 016 del 9 de enero de 2014, modifica y define la estructura orgánica y funcional de la Fiscalía General de la Nación.
Que en desarrollo de ese Decreto, el Fiscal General de la Nación expidió la Resolución número 0-0467 del 1o de abril de 2014.
Que es necesario aclarar la denominación correcta del Departamento adscrito a la Dirección de Fiscalías Nacionales, así como la estructura de algunas Direcciones Seccionales para la adecuada gestión administrativa e investigativa.
Que en mérito de lo expuesto, este Despacho
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 3875 de 2016> Aclarar el numeral 2.2 del artículo 1o de la Resolución número 0-0467 del 1o de abril de 2014, el cual quedará así:
2.2. Dirección de Fiscalías Nacionales
-- Departamento de Interceptación de las Comunicaciones.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 3875 de 2016> <Ver modificadiones a este artículo directamente en la Resolución 467 de 2014> Aclarar el artículo 2o de la Resolución número 0-0467 del 1o de abril de 2014, el cual quedará así:
Artículo 2o. Crear 35 Direcciones Seccionales de la Fiscalía General de la Nación, las cuales estarán clasificadas de la siguiente manera:
Direcciones Seccionales Tipo A: Son aquellas Direcciones Seccionales que cuentan con cinco (5) o más Subdirecciones Seccionales. Pertenecen a esta clasificación las siguientes:
– Dirección Seccional de Atlántico, con sede en Barranquilla y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Dos (2) Subdirecciones Seccionales de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
-- Una (1) Subdirección Seccional de Víctimas y Usuarios
– Dirección Seccional de Bogotá, con sede en Bogotá y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Cuatro (4) Subdirecciones Seccionales de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios
– Dirección Seccional de Cali, con sede en Cali y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Dos (2) Subdirecciones Seccionales de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios
– Dirección Seccional de Nariño, con sede en Pasto y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI con sede en Pasto
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI con sede en Tumaco
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios.
Direcciones Seccionales Tipo B: Son aquellas Direcciones Seccionales que cuentan con cuatro (4) Subdirecciones Seccionales. Pertenecen a esta clasificación las siguientes:
– Dirección Seccional de Antioquia, con sede en Medellín
– Dirección Seccional de Arauca, con sede en Arauca
– Dirección Seccional de Bolívar, con sede en Cartagena
– Dirección Seccional de Boyacá, con sede en Tunja
– Dirección Seccional de Caquetá, con sede en Florencia
– Dirección Seccional de Casanare, con sede en Yopal
– Dirección Seccional de Cauca, con sede en Popayán
– Dirección Seccional de Cesar, con sede en Valledupar
– Dirección Seccional de Chocó, con sede en Quibdó
– Dirección Seccional de Córdoba, con sede en Montería
– Dirección Seccional de Cundinamarca, con sede en Bogotá
– Dirección Seccional de La Guajira, con sede en Riohacha
– Dirección Seccional de Huila, con sede en Neiva
– Dirección Seccional de Magdalena, con sede en Santa Marta
– Dirección Seccional de Magdalena Medio, con sede en Barrancabermeja
– Dirección Seccional de Medellín, con sede en Medellín
– Dirección Seccional de Meta, con sede en Villavicencio
– Dirección Seccional de Norte de Santander, con sede en Cúcuta
– Dirección Seccional de Putumayo, con sede en Mocoa
– Dirección Seccional de Risaralda, con sede en Pereira
– Dirección Seccional de Santander, con sede en Bucaramanga
– Dirección Seccional de Sucre, con sede en Sincelejo
– Dirección Seccional de Tolima, con sede en Ibagué
– Dirección Seccional de Valle del Cauca, con sede en Buga.
Estas Direcciones Seccionales, excepto Medellín y Valle del Cauca, tendrán la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios
– La Dirección Seccional de Medellín tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Dos (2) Subdirecciones Seccionales de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios
El apoyo administrativo estará a cargo de la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión de la Dirección Seccional de Antioquia
– La Dirección Seccional de Valle del Cauca tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana con sede en Guadalajara de Buga
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI con sede en Guadalajara de Buga
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI con sede en Buenaventura
-- Una (1) Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios con sede en Buenaventura.
El apoyo administrativo estará a cargo de la Subdirección Seccional de Apoyo a Gestión de la Dirección Seccional de Cali.
Direcciones Seccionales Tipo C: Son aquellas Direcciones Seccionales que cuentan con tres (3) o menos Subdirecciones Seccionales. Pertenecen a esta clasificación las siguientes:
– Dirección Seccional de Caldas, con sede en Manizales y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
La Coordinación y Seguimiento de la Atención a Víctimas y Usuarios estará a cargo de la Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Risaralda.
– La Dirección Seccional de Guainía (Vaupés), con sede en Mitú (Vaupés) y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana con sede en Inírida (Guainía).
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana con sede en Mitú (Vaupés).
El apoyo de Policía Judicial, Administrativo y de Atención a Víctimas y Usuarios estará a cargo de las Subdirecciones Seccionales de Policía Judicial – CTI, de Apoyo a la Gestión y de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Meta, respectivamente.
– Dirección Seccional de Quindío, con sede en Armenia y tendrá la siguiente estructura:
Despacho de la Dirección Seccional
-- Una (1) Subdirección Seccional de Fiscalías y de Seguridad Ciudadana
-- Una (1) Subdirección Seccional de Policía Judicial – CTI
-- Una (1) Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
La Coordinación y Seguimiento de la Atención a Víctimas y Usuarios estará a cargo de la Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Risaralda.
Direcciones Seccionales Tipo D: Son aquellas Direcciones Seccionales que no tienen Subdirecciones Seccionales a cargo. Pertenecen a esta clasificación las siguientes:
– Dirección Seccional de Amazonas, con sede en Leticia. El apoyo de Policía Judicial, Administrativo y de Atención a Víctimas y Usuarios estará a cargo de las Subdirecciones Seccionales de Policía Judicial – CTI, de Apoyo a la Gestión y de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Cundinamarca.
– Dirección Seccional de Guaviare, con sede en San José del Guaviare. El apoyo de Policía Judicial, Administrativo y Coordinación y Seguimiento de la Atención a Víctimas y Usuarios estará a cargo de las Subdirecciones Seccionales de Policía Judicial – CTI, de Apoyo a la Gestión y de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Meta.
– Dirección Seccional de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, con sede en San Andrés. El apoyo de Policía Judicial, Administrativo y de Atención a Víctimas estará a cargo de las Subdirecciones Seccionales de Policía Judicial – CTI, de Apoyo a la Gestión y de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional de Bolívar.
– Dirección Seccional de Vichada, con sede en Puerto Carreño. El apoyo de policía judicial, administrativo y de atención a Víctimas estará a cargo de las Seccionales de Policía Judicial – CTI, de Apoyo a la Gestión y de Atención a Víctimas y Usuarios de la Dirección Seccional del Meta.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 3875 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2014.
El Fiscal General de la Nación,
EDUARDO MONTEALEGRE LYNNET.




