RESOLUCIÓN 0-0534 DE 2024
(noviembre 22)
Diario Oficial No. 52.948 de 22 de noviembre de 2024
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se crea la Unidad Regional Orinoquía de la Dirección de Protección y Asistencia con sede en la ciudad de Villavicencio y define la planta de personal.
LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el artículo 251 de la Constitución Política, el Decreto Ley 016 de 9 de enero de 2014 modificado por el Decreto Ley 898 de 29 de mayo de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 250 de la Constitución Política, le corresponde a la Fiscalía General de la Nación velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso penal.
Que en el artículo 67 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010 y 1738 de 2014, 1941 de 2018 y 2272 de 2022, se creó con cargo al Estado y bajo la dirección y coordinación de la Fiscalía General de la Nación el “Programa de Protección a Testigos, Víctimas Intervinientes en el Proceso y Funcionarios de la Fiscalía”.
Que además de las competencias señaladas, en el artículo 15 de la Ley 975 de 2005 se determinó que, en los eventos en que haya lugar, la Fiscalía General de la Nación velará por la protección de las víctimas, los testigos y los peritos que pretenda presentar en el juicio.
Que el artículo 14B del Decreto Ley 16 de 2014, adicionado por el artículo 35 del Decreto Ley 898 de 2017 estableció, entre otras funciones, a la Dirección de Protección y asistencia, las siguientes: “(...) 2. Dirigir y administrar el Programa de Protección a testigos, Víctimas, Intervinientes en el Proceso y funcionarios de la Fiscalía de que trata la Ley 418 de 1997 y las normas que lo modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten, para lo cual podrá requerir apoyo a la policía judicial de la Fiscalía General de la Nación. (...) 6. “Brindar los esquemas de seguridad requeridos para el nivel directivo de la Fiscalía General de la Nación y Exfiscales Generales de la Nación, su familia y sus bienes, previo estudio de riesgos”.
Que el artículo 45 del Decreto Ley 16 de 2014, determina que “para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalar sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas”.
Que el Decreto número 1066 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, compiló lo dispuesto en el Decreto número 1737 de 2010, que modificó el programa de protección para víctimas y testigos de la Ley 975 de 2005, estableciendo como uno de los órganos para su dirección, ejecución, evaluación y seguimiento al grupo técnico de evaluación de riesgo, GTER, el cual está conformado por la Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación y la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a Víctimas.
Que el parágrafo 2 del artículo 2.4.1.1.14 del Decreto número 1066 de 2015 estableció: “La secretaría técnica del grupo técnico de evaluación de riesgo, GTER, estará a cargo de la oficina de protección y asistencia de la Fiscalía General de la Nación de Bogotá y contará con secretarías delegadas a cargo de las unidades regionales de esta oficina”.
Que mediante la Resolución número 0-0570 de 2014, se organizó la Dirección Nacional de Protección y Asistencia asignándole adicionalmente las funciones de seguridad a infraestructura y personas, así como la realización de evaluaciones psicológicas y estudios de verificación, confiabilidad y confidencialidad para el ingreso de servidores a la entidad.
Que la Resolución número 0-0286 del 8 de julio de 2024, estableció las políticas generales de seguridad a personas e infraestructura física en las instalaciones de la Fiscalía General de la Nación y en el Capítulo V las medidas de seguridad para el Nivel Directivo, y Exfiscales Generales de la Nación.
Que mediante la Resolución número 0-0204 del 15 de mayo de 2024, se reorganizó la Dirección de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación, señalando en el artículo 1o, la “Organización Interna”, dentro de la que se dispuso en el numeral 1.5, la distribución territorial del Programa con siete (7) regionales; Noroccidental con sede en Medellín, Centro Sur con sede en Ibagué, Pacífico con sede en Cali, Eje Cafetero con sede en Pereira, Caribe sede en Barranquilla, Noroccidental sede en Bucaramanga y Nivel Central Sede en Bogotá.
Que el artículo 17 de la Resolución número 0-0204 del 15 de mayo de 2024, señaló las funciones de las Unidades Regionales, consistentes en: coordinar, controlar, proponer, administrar, implementar, e informar las actividades relacionadas con el Programa de Protección y Asistencia a Testigos, Víctimas e Intervinientes del Proceso Penal y Funcionarios de la Fiscalía General de la Nación, como de las Políticas Generales de Seguridad a Personas e Infraestructura; según los procedimientos establecidos por la Fiscalía General de la Nación, y la Dirección de Protección y Asistencia.
Que atendiendo las particularidades presentadas para atender las evaluaciones de amenaza y riesgo, esquemas, acompañamientos de seguridad, custodia de los protegidos, apoyo a diligencias judiciales, y de las personas vinculadas al Programa de Protección y Asistencia, alinear la organización del Programa a la estructura territorial de las Subdirecciones Regionales de Apoyo, se requiere ampliar la presencia en los territorios, brindando mayor presencia institucional en los departamentos de Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada, en consonancia con el primer pilar del Direccionamiento Estratégico 2024-2028, que busca priorizar las investigaciones penales con enfoque territorial.
Por todo lo anterior, se considera necesario la creación de la Unidad Regional Orinoquía, con sede en la ciudad de Villavicencio, y jurisdicción en los departamentos Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada, la cual estará encargada de adelantar los requerimientos de evaluación de amenaza y riesgo, custodia de protegidos, esquemas y acompañamientos de seguridad y todas las funciones dispuestas en los procesos y procedimientos internos de la Dirección de Protección y Asistencia de que traten las disposiciones legales y funcionales enmarcadas en la ley y la normatividad interna de la entidad.
Que, en virtud de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear la Unidad Regional Orinoquía, con sede en la ciudad de Villavicencio, y jurisdicción en los departamentos Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada, la cual estará encargada de adelantar los requerimientos de evaluación de amenaza y riesgo, custodia de protegidos, esquemas y acompañamientos de seguridad y todas las funciones reglamentadas en la Dirección de Protección y Asistencia.
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 1o, numeral 1.5 de la Resolución número 0-0204 del 15 de mayo de 2024, en el sentido de incluir en la estructura organizacional de la Dirección de Protección y Asistencia a la Unidad Regional Orinoquía, con sede en la ciudad de Villavicencio, y jurisdicción en los departamentos Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada.
ARTÍCULO 3o. Conformar la Unidad Regional Orinoquía, con sede en la ciudad de Villavicencio, la cual dependerá del Director de Protección y Asistencia de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 4o. La unidad estará compuesta por un equipo de trabajo interdisciplinario integrado por servidores del Nivel Profesional, Técnico y Asistencial, quienes adelantarán las funciones dispuestas en esta.
ARTÍCULO 5o. La planta de Personal de la Unidad Regional Orinoquía, con sede en la ciudad de Villavicencio estará integrada por veinte (20) servidores así:
| UNIDAD REGIONAL ORINOQUÍA | 20 |
| PROFESIONAL ESPECIALIZADO II | 1 |
| PROFESIONAL DE GESTIÓN II | 2 |
| PROFESIONAL DE GESTIÓN III | 1 |
| AGENTE DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD I. II, II, y V | 8 |
| TÉCNICO I | 1 |
| TÉCNICO INVESTIGADOR I, II y IV | 6 |
| AUXILIAR I | 1 |
PARÁGRAFO 1o. La planta de personal de esta Unidad Regional podrá ser incrementada o modificada, en la medida que las necesidades del servicio lo exijan para asegurar el cumplimiento oportuno, eficaz y efectivo de las funciones y labores encomendadas.
PARÁGRAFO 2o. La provisión de estos cargos se hará de acuerdo con la disponibilidad de la planta global de personal de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 6o. Las funciones que corresponden a los cargos que se asignarán a la Unidad Regional Orinoquía serán las dispuestas en el manual de funciones de la Entidad y de competencias laborales y requisitos de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de noviembre de 2024.
La Fiscal General de la Nación,
Luz Adriana Camargo Garzón




