RESOLUCIÓN 5 DE 2022
(agosto 1)
Diario Oficial No. 52.113 de 1 de agosto de 2022
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de información pública de la Fiscalía General de la Nación.
LA DIRECTORA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las establecidas en el numeral 7 del artículo 8o del Decreto ley 016 de 2014, modificado por el artículo 29 del Decreto ley 898 de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 74 de la Constitución Política establece el derecho que tienen todas las personas de acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.
Que mediante la Ley 1712 de 2014 “por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones” se reguló el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de información.
Que el artículo 2o ibídem estableció el Principio de máxima publicidad para titular universal, consistente en que toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con lo dispuesto en esa misma Ley.
Que el artículo 5o de la anterior normativa define como sujetos obligados para el cumplimiento de la Ley a toda entidad pública, incluyendo las pertenecientes a todas las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente, en los órdenes nacional, departamental, municipal y distrital.
Que el artículo 12 de la Ley 1712 de 2014, establece la obligación de adoptar y difundir de manera amplia el Esquema de Publicación de Información, y el artículo 13 ibídem, señala el deber de crear y mantener actualizado el Registro de Activos de Información.
Que complementando lo antes referido, los artículos 35 y 36 del Decreto 103 de 2015, reglamentario de la Ley 1712 de 2014, y compilados en los artículos 2.1.1.5.1 y 2.1.1.5.2 del Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015 prevén, respectivamente, que los sujetos obligados deben (i) garantizar la actualización y divulgación de los instrumentos de gestión de la información pública y (ii) actualizar dichos instrumentos por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal aplicable al sujeto obligado.
Que con el objeto de cumplir con el deber de la Fiscalía General de la Nación de adoptar los instrumentos de gestión de la información pública, esta Dirección expidió la Resolución DPD 0039 de 22 de diciembre de 2017 en cuyo artículo primero resolvió lo siguiente:
“Artículo 1o. Adoptar los siguientes Instrumentos de Gestión de la Información Pública de la Fiscalía General de la Nación para garantizar el derecho fundamental de acceso a la información y mejorar la efectividad, eficiencia y capacidad para atender oportunamente y con calidad los requerimientos de los ciudadanos:
capacidad para atender oportunamente y con calidad los requerimientos de los ciudadanos:
i) El Esquema de Publicación de Información
ii) El Registro de Activos de Información y
iii) El Índice de Información Clasificada y Reservada de la Fiscalía General de la Nación.
Los instrumentos de gestión de la información pública indicados en el inciso anterior se anexan al presente acto administrativo en medio magnético (CD), y hacen parte íntegra del mismo”.
Que a su turno, el artículo tercero del citado acto administrativo, ordenó:
“Artículo 3o. Los instrumentos de gestión pública de la información que se adoptan mediante la presente Resolución, deberán ser actualizados por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Subdirección de Gestión Documental, en el marco de sus respectivas competencias”. (Énfasis del texto original).
Que para la vigencia de 2018, esta Dirección profirió la Resolución DPD número 0033 de 12 de diciembre de 2018 “por medio de la cual se actualizan los instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación”, correspondientes al Esquema de Publicación de Información, el Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada.
Que para la vigencia de 2019, esta Dirección expidió la Resolución DPD número 0010 de 2 de diciembre de 2019 “por medio de la cual se actualizan algunos (sic) instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación”, correspondientes al Registro de Activos de Información, el Índice de Información Clasificada y Reservada, y el Esquema de Publicación de Información.
Que para la vigencia de 2020, a través de la Subdirección de Gestión Documental se publicó en el 2020-06-03 la actualización del Esquema de Publicación de Información, y en el 2020-07-14 la actualización del Registro de Activos de Información. Por lo anterior, esta Dirección expidió la Resolución DPD número 006 del 22 de diciembre de 2020 “por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de información pública de la Fiscalía General de la Nación”, correspondientes al Registro de Activos de Información, y el Esquema de Publicación de Información.
Que adicionalmente, para la vigencia 2020 esta Dirección también expidió la Resolución DPD número 007 del 22 de diciembre de 2020 “por medio de la cual se actualizan algunos (sic) instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación”,
correspondientes al Registro de Activos de Información, el Índice de Información Clasificada y Reservada, y el Esquema de Publicación de Información.
Que para la vigencia 2021, esta Dirección expidió la Resolución DPD número 0003 del 18 de junio de 2021 “por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de información pública de la Fiscalía General de la Nación”, correspondientes al Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información.
Que a su tumo, el parágrafo del artículo primero del citado acto administrativo, ordenó:
“Parágrafo. Corresponde a la Subdirección de Gestión Documental recolectar y consolidar la información necesaria para la actualización de los mencionados Instrumentos de Gestión de Información Pública, y revisar y actualizar de manera semestral el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información y publicarlos en la página Web de la Fiscalía General de la Nación y el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano”.
Que adicionalmente, para la vigencia 2021 esta Dirección también expidió la Resolución DPD número 0004 del 30 de noviembre de 2021 “por medio de la cual se actualizan algunos (sic) instrumentos de gestión de información pública de la Fiscalía General de la Nación”, correspondientes al Esquema de Publicación de Información, el Registro de Activos de Información, y el Índice de Información Clasificada y Reservada.
Que de conformidad con las anteriores disposiciones es necesario actualizar algunos instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación, incluyendo los cambios que estos presentaron en lo que va corrido de la presente vigencia. Que la Subdirección de Gestión Documental, con fundamento en la información remitida por todas las Dependencias de la Entidad, actualizó el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información, los cuales se anexan a la presente Resolución en medio magnético (CD) y hacen parte íntegra de la misma.
Que con una periodicidad semestral los anteriores Instrumentos de Gestión de la Información Pública, deberán ser revisados y actualizados -previa consolidación de la información-, por la Subdirección de Gestión Documental, y publicados en la página web de la Entidad y el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano.
Que el artículo 43 del Decreto 103 de 2015, compilado en el artículo 2.1.1.5.3.3 del Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, establece que los sujetos obligados implementarán mecanismos de consulta a ciudadanos, interesados o usuarios en los procesos de adopción y actualización del Esquema de Publicación de Información.
Que en cumplimiento de la anterior disposición, la Fiscalía General de la Nación a través de su sitio web y redes sociales puso a consideración de los ciudadanos, interesados o usuarios, el Esquema de Publicación de Información entre los días 13 al 15 de julio de 2022.
Que en el marco de la estrategia para fortalecer la transparencia institucional y el adecuado acceso a la información de la Entidad, mediante el presente acto administrativo se actualizan algunos instrumentos de la gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Actualizar el Esquema de Publicación de Información y el Registro de Activos de Información de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12 y 13 de la Ley 1712 de 2014, 35 y 36 del Decreto 103 de 2015, y los artículos 2.1.1.5.3.1 y 2.1.1.5.1.1 del Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, respectivamente, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Los instrumentos de gestión de información pública actualizados a través de esta Resolución, se anexan en medio magnético (CD), y hacen parte íntegra de la misma.
PARÁGRAFO. Corresponde a la Subdirección de Gestión Documental recolectar y consolidar la información necesaria para la actualización de los mencionados Instrumentos de Gestión de Información Pública, y revisar y actualizar de manera semestral el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información y, publicarlos en la página Web de la Fiscalía General de la Nación y el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano.
ARTÍCULO 2o. Publicar los Instrumentos de Gestión de Información Pública que se actualizan mediante la presente Resolución, en el Botón de transparencia del sitio web de la Fiscalía General de la Nación y en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano.
ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente Resolución a todas las Dependencias de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1 de agosto de 2022.
La Directora de Planeación y Desarrollo,
Gladys Eugenia Zambrano Arciniegas.




