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RESOLUCIÓN 4380 DE 2025

(diciembre 10)

Diario Oficial No. 53.333 de 13 de diciembre de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 14 de diciembre de 2025

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN

Por medio de la cual se asignan recursos a la Secretaría Técnica de la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas y Palenqueras, de la apropiación de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del Sistema General de Regalías para el bienio 2025-2026.

LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,

en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 5o de la Ley 2056 de 2020 y el numeral 3 del artículo 2o del Acuerdo número 01 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso octavo del artículo 361 de la Constitución Política destinó el 2% de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR) para el funcionamiento, la operatividad y la administración del Sistema, para la fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y conocimiento y cartografía geológica del subsuelo, la evaluación y el monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación de recursos naturales no renovables, para el incentivo a la exploración y a la producción.

Que el 30 de septiembre de 2020 fue expedida la Ley 2056, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, con el objeto de determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, uso eficiente y destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios.

Que el artículo 4o de la Ley 2056 de 2020, determina que la Comisión Rectora del SGR es el órgano encargado de definir la política general del SGR, evaluar su ejecución general y dictar, mediante acuerdos, las regulaciones y lineamientos de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema.

Que el numeral 3 del artículo 5o de la Ley 2056 de 2020, establece como función de la Comisión Rectora del SGR, administrar y distribuir mediante acto administrativo, los recursos de funcionamiento del SGR y establecer las condiciones para su uso, de acuerdo con la apropiación realizada en la Ley bienal de presupuesto.

Que el numeral 1 del artículo 12 de la Ley 2056 de 2020, define el concepto de gasto para el funcionamiento, operatividad y administración del SGR y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación, señalando que esta distribución se encuentra a cargo de la Comisión Rectora del SGR.

Que el artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, dispone que los órganos y demás entidades designadas como ejecutoras de recursos del SGR deberán hacer uso del Sistema de Presupuesto y Giro de Regalías (SPGR), para realizar la gestión de ejecución de estos recursos y ordenar el pago de las obligaciones legalmente adquiridas directamente desde la cuenta única del SGR a las cuentas bancarias de los destinatarios finales.

Que el inciso 3 del artículo 27 de la Ley 2056 de 2020, dispone que corresponde al jefe del órgano respectivo o a su delegado del nivel directivo o al representante legal de la entidad ejecutora, ordenar el gasto sobre apropiaciones que se incorporan al presupuesto de la entidad, en el capítulo independiente de regalías; en consecuencia, serán responsables fiscal, penal y disciplinariamente por el manejo de tales apropiaciones, en los términos de las normas que regulan la materia.

Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2.1.1.3.2. del Decreto número 1821 de 2020, por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías, los órganos del Sistema y las entidades a las que se les asignen recursos de administración del SGR, serán responsables por su incorporación y ejecución en un capítulo presupuestal independiente en sus presupuestos, en los términos señalados en los artículos 160 y 161 de la Ley 2056 de 2020, así como de la oportunidad de los registros de la información en el SPGR para la ejecución de los mismos; así mismo, serán responsables frente a contratistas y terceros, de las asignaciones a su cargo.

Que la Comisión Rectora del SGR mediante la Resolución número 1442 de 2025 distribuyó y asignó parcialmente la apropiación destinada al funcionamiento, operatividad y administración del Sistema y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR para el bienio 2025-2026, contenida en el artículo 3o de la Ley 2441 de 2024, por la cual se decreta el Presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026.

Que en el artículo 4o de la Resolución número 1442 de 2025, la Comisión Rectora del SGR asignó en la sección presupuestal CI002 - Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras la suma de ochocientos treinta y ocho millones ochocientos cuatro mil quinientos ochenta y tres pesos ($838.804.583) moneda corriente. Así mismo, en el parágrafo del artículo citado se indicó: "Los recursos a los que hace referencia el presente artículo correspondientes a la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras serán asignados una vez la respectiva Instancia informe a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR el designado para ejercer la Secretaría Técnica de esa Instancia".

Que de conformidad con el artículo 10 de la mencionada Resolución número 1442 de 2025, las instancias beneficiarias de que trata el artículo 4 podrán hacer uso de los recursos hasta por el 80% de las apropiaciones presupuestales de los ingresos corrientes asignados. El 20% restante de las apropiaciones presupuestales podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora del SGR determine que la proyección de recursos, contenida en el presupuesto, es compatible con el comportamiento del recaudo en el tercer semestre de la respectiva bienalidad.

Que el artículo 5.1.3 del Acuerdo número 03 de 2021, por el cual expide el Acuerdo Único del Sistema General de Regalías", establece los lineamientos que las Secretarías Técnicas de las Instancias de Decisión de los Grupos Étnicos deben cumplir con el fin de ejecutar de manera adecuada los recursos destinados al funcionamiento, operatividad y administración del SGR.

Que la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, mediante el radicado interno del DNP número 20256630694812 del 21 de julio de 2025, informó a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR que "En el marco del acta sesionada el pasado 14 de junio del 2024 en la ciudad de Santiago de Cali, se ratificó por unanimidad al señor Óscar Alberto Lenis Ibargüen [identificado con la cédula de ciudadanía 1113625600] para que continúe con el cargo de Secretario Técnico de la Instancia de Decisión de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras. Asimismo, se asignó a La Fundación para el Desarrollo Económico, Educativo y Ambiental de las Comunidades Negras "JUVENTUD DEL PACÍFICO FUNDECOA con el manejo de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del sistema; así como la evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR, distribuidos por la Comisión Rectora en la sección presupuestal CI002", adjuntando copia del acta en mención.

Que la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR, mediante el memorando con el radicado DNP número 20254800173243 del 28 de julio de 2025, solicitó a la Subdirección de Distribución de Recursos Territoriales de la Dirección de Programación de Inversión Pública del Departamento Nacional de Planeación "realizar el trámite correspondiente para la expedición de la resolución de asignación de los recursos de funcionamiento, operatividad y administración, distribuidos por la Comisión Rectora en la señalada Resolución número 1442 de 2025, a la Fundación para el Desarrollo Económico, Educativo y Ambiental de las Comunidades Negras "Juventud del Pacífico Fundecoa" [identificada con NIT 901133616-6]", de conformidad con las decisiones adoptadas por la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, y en el marco de las funciones de apoyo técnico que brinda dicha Subdirección a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del SGR, acorde con lo previsto en el numeral 9 del artículo 62 del Decreto número 1893 de 2021, por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

Que, en consecuencia, se debe efectuar la asignación de los recursos d funcionamiento, operatividad y administración del SGR distribuidos por la Comisión Rectora del SGR a la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras por la suma de ochocientos treinta y ocho millones ochocientos cuatro mil quinientos ochenta y tres pesos ($838.804.583) moneda corriente, a la Fundación para el Desarrollo Económico, Educativo y Ambiental de las Comunidades Negras "Juventud del Pacífico Fundecoa", de la cual forma parte el Secretario Técnico de la mencionada Instancia de Decisión, el señor Óscar Alberto Lenis Ibargüen, como consta en la certificación remitida por la representante legal de Fundecoa mediante el Radicado 20256630892832 del 24 de septiembre de 2025.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS DE FUNCIONAMIENTO, OPERATIVIDAD Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS A LA INSTANCIA DE DECISIÓN DE LAS COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS. De los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema, y evaluación y monitoreo del licenciamiento ambiental a los proyectos de exploración y explotación del SGR distribuidos por la Comisión Rectora en el artículo 4o de la Resolución número 1442 de 2025 en la Sección Presupuestal CI002 "Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras" por la suma de ochocientos treinta y ocho millones ochocientos cuatro mil quinientos ochenta y tres pesos ($838.804.583) moneda corriente, asígnese la suma de ochocientos treinta y ocho millones ochocientos cuatro mil quinientos ochenta y tres pesos ($838.804.583) moneda corriente a la Fundación para el Desarrollo Económico, Educativo y Ambiental de las Comunidades Negras "Juventud del Pacífico Fundecoa", de conformidad con el siguiente detalle:

Sección presupuestalFuente Entidad beneficiariaTotal, asignación bienio 2025-2026
06-040011112773Fundación para el Desarrollo Económico, Educativo y Ambiental de las Comunidades Negras "Juventud del Pacífico Fundecoa".$838.804.583
Total $838.804.583

Fuente: SDRT-DNP soportado en los radicados internos DNP números 20256630694812 y 20254800173243.

ARTÍCULO 2o. LÍMITE PARA EL USO DE LOS RECURSOS PARA EL FUNCIONAMIENTO, OPERATIVIDAD Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS. De los recursos asignados en la presente resolución, la entidad beneficiaria podrá hacer uso hasta del 80% de las apropiaciones presupuestales de los ingresos corrientes asignados; el 20% restante podrá ser utilizado una vez la Comisión Rectora del SGR determine que la proyección de recursos, contenida en el presupuesto, es compatible con el comportamiento del recaudo en el tercer semestre de la respectiva bienalidad.

Lo anterior, de conformidad con lo señalado en el artículo 10 de la Resolución número 1442 del 2025, en concordancia con el artículo 2.1.1.5.2. del Decreto número 1821 de 2020.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de diciembre de 2025.

La Presidenta de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Natalia Irene Molina Posso,

Directora General del Departamento Nacional de Planeación.

El Secretario Técnico de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,

Rubín Ariel Huffington Rodríguez,

Subdirector General del Sistema General de Regalías,

Departamento Nacional de Planeación.

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