RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA REG-EJE-0163-2026-DE 2026
(agosto 20)
Diario Oficial No. 53.596 de 20 de agosto de 2026
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se adopta el Manual de Responsabilidad Fiscal Versión 2.0.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 6o y 35 numeral 1 del Decreto Ley 267 de 2000, y 35 numeral 1 del Decreto Ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 6o del Decreto Ley 267 de 2000, "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones", la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política.
Que el numeral 1 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de "Fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley".
Que el artículo 1o de la Ley 610 de 2000, "por la cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías", define el proceso de responsabilidad fiscal como "el conjunto de actuaciones administrativas adelantadas por las Contralorías con el fin de determinar y establecer la responsabilidad de los servidores públicos y de los particulares, cuando en el ejercicio de la gestión fiscal o con ocasión de esta, causen por acción u omisión y en forma dolosa o culposa un daño al patrimonio del Estado".
Que el artículo 2o ibidem, en cuanto a los principios orientadores de la acción fiscal establece: "En el ejercicio de la acción de responsabilidad fiscal se garantizará el debido proceso y su trámite se adelantará con sujeción a los principios establecidos en los artículos 29 y 209 de la Constitución Política y a los contenidos en el Código Contencioso Administrativo".
Que de conformidad con el artículo 4o de la Ley 610 de 2000 el objeto de la responsabilidad fiscal es "el resarcimiento de los daños ocasionados al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o culposa de quienes realizan gestión fiscal mediante el pago de una indemnización pecuniaria que compense el perjuicio sufrido por la respectiva entidad estatal.
Para el establecimiento de responsabilidad fiscal en cada caso, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los principios rectores de la función administrativa y de la gestión fiscal".
Que en el Plan Estratégico de la CGR 2022 - 2026 "Una Contraloría con independencia para el cambio" se incluyó el producto estratégico 3.2.2. "Manuales, procedimientos y reglamentación interna en materia de Responsabilidad Fiscal, Cobro Coactivo e Intervención Judicial, revisados y/o actualizados", el cual se desarrolla en el Plan de Acción de la vigencia 2025 con la actividad 3.2.2.2 que contempla, entre otros, la revisión y/o actualización del Manual de Responsabilidad Fiscal, para armonizarlo con la legislación vigente que rige las actuaciones de responsabilidad fiscal.
Que como parte del compromiso de mejoramiento de los procesos y de la eficiencia en el cumplimiento de las funciones que le competen a la Contraloría General de la República, a tono con los planes antes enunciados, el Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, como Líder del Macroproceso de Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Daño al Patrimonio Público (RDP), impulsó la actualización del Manual de Responsabilidad Fiscal.
Que el artículo 5o de la Resolución Organizacional OGZ-001-2014, "por la cual se crea el Sistema de Información y Producción Normativa de Control Fiscal (SINOR) y se establece el procedimiento para la expedición de resoluciones de competencia de la Contraloría General de la República", establece que las resoluciones reglamentarias ejecutivas referirán, entre otras materias, a la adopción, modificación, adición o derogatoria de manuales, guías o instructivos para el ejercicio de las funciones de control fiscal, y establecimiento de sistemas, métodos, requisitos o procedimientos de trabajo o administración en el tema.
Que se hace necesario adoptar el "Manual de Responsabilidad Fiscal versión 2.0" como una herramienta de consulta para los funcionarios que adelantan actuaciones de responsabilidad fiscal en la Contraloría General de la República, en aras de estandarizar su trámite con estricto apego a las normas que las rigen.
La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria Ejecutiva número 0030 del 30 de marzo de 2017 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar en la Contraloría General de la República el Manual de Responsabilidad Fiscal versión 2.0, como un documento de consulta, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. Para efectos de su divulgación, consulta y aplicación el "Manual de Responsabilidad Fiscal versión 2.0" deberá publicarse en el Aplicativo Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI) de la Contraloría General de la República.
ARTÍCULO 3o. Para la actualización o modificación del Manual de Responsabilidad Fiscal, la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo, presentará la propuesta de mejora de acuerdo con el procedimiento establecido para ello, la cual deberá publicarse en el aplicativo Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI).
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria Ejecutiva número 0030 del 30 de marzo de 2017 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 20 de agosto de 2026.
El Contralor General de la República,
Carlos Hernán Rodríguez Becerra.
<Anexo publicado en el Diario Oficial>
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https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_CGR_REG0163_2026_ANEXO.pdf




