RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA REG-EJE - 0161 - 2026 DE 2026
(agosto 19)
Diario Oficial No. 53.595 de 19 de agosto de 2026
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se adopta el Procedimiento para la elaboración del Informe al Congreso de la República sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la Paz del Plan Plurianual de Inversiones.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos contenidos en los artículos 6o y 35 numeral 1 y 2 del Decreto Ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en su artículo 267 inciso primero establece, que el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 268, entre otras atribuciones del Contralor General de la República, señala las siguientes: Llevar un registro de la deuda pública de la Nación y de las entidades territoriales; presentar informes al Congreso y al Presidente de la República sobre el cumplimiento de sus funciones y certificación sobre la situación de las finanzas del Estado, de acuerdo con la ley; y presentar a la Cámara de Representantes la Cuenta General de Presupuesto y del Tesoro y certificar el balance de la Hacienda presentado al Congreso por el Contador General.
Que el Decreto Ley 267 de 2000 "por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones", en el artículo 6o del determina que en ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría General de la República definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución y la ley.
Que el numeral 1 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 señala como función del Contralor General de la República la de "fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley".
Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 estipula como atribución del Contralor General de la República la de: "Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley".
Que el inciso tercero del artículo 3o del Acto Legislativo número 01 de 2016, establece que "Al inicio de cada legislatura el presidente de la República, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo presentarán al Congreso un informe detallado sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la paz del Plan Plurianual de Inversiones".
Que el Decreto número 2037 de 2019 "por el cual se desarrolla la estructura de la Contraloría General de la República, se crea la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata y otras dependencias requeridas para el funcionamiento de la Entidad" en el artículo 64A numeral 1, establece como una de las funciones de la Contraloría Delegada para el Posconflicto, elaborar el Informe de ejecución de recursos y cumplimiento de las metas del componente de paz del Plan Plurianual de Inversiones, a partir de la información que le reporten las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República y con enfoque territorial.
Que el procedimiento para la elaboración del Informe al Congreso sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la paz del Plan Plurianual de Inversiones se justifica en la necesidad de documentar buenas prácticas y capitalizar la memoria institucional en la elaboración de los informes de vigencias anteriores.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN. Adoptar el Procedimiento para la elaboración del informe al Congreso sobre la ejecución de los recursos y cumplimiento de las metas del componente para la Paz del Plan Plurianual de Inversiones.
ARTÍCULO 2o. PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN. La presente resolución y el procedimiento adoptado por la misma deberán ser publicados en el Diario Oficial y en el sitio web de la Contraloría General de la República. Para efectos de su divulgación, consulta y aplicación, el procedimiento será publicado en el aplicativo Sistema de Gestión y Control Interno de la Contraloría General de la República (SIGECI).
ARTÍCULO 3o. SOCIALIZACIÓN. Corresponde a la Contraloría Delegada para el Posconflicto, la socialización del procedimiento adoptado en la presente resolución.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones normativas internas que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 19 de agosto de 2026.
El Contralor General de la República,
Carlos Hernán Rodríguez Becerra.




