RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA 0159 DE 2026
(agosto 6)
Diario Oficial No. 53.597 de 21 de agosto de 2026
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por el cual se adopta el Procedimiento Gestión de Modelos Ontológicos en la Contraloría a General de la República.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en los artículos 6o y 35 numerales 1 y 4 del Decreto Ley 267 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 119 de la Constitución Política establece que la Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fisca l y el control de resultado de la administración.
Que el artículo 1o del Acto Legislativo número 04 de 2019, modificó el artículo 267 de la Constitución Política, para estipular que: "(…) el control fiscal se ejercerá en forma posterior y selectiva, y además podrá ser preventivo y concomitante, según sea necesario para garantizar la defensa y protección del patrimonio público. El control preventivo y concomitante no implicará coadministración y se realizará en tiempo real a través del seguimiento permanente de los ciclos, uso, ejecución, contratación e impacto de los recursos públicos, mediante el uso de tecnologías de la información, con la participación del control social y con la articulación del control interno (…)" Así mismo que: "(…) la vigilancia de la gestión fiscal del Estado incluye el seguimiento permanente al recurso público, sin oponibilidad de reserva legal para el acceso a la información por parte de los órganos de control fiscal, y el control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad, el desarrollo sostenible y el cumplimiento del principio de valoración de costos ambientales (…)".
Que el Decreto Ley 267 de 2000 "Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones", en su artículo 34 establece que: "(…) los sistemas de planeación, ejecución y control de la vigilancia fiscal, los instrumentos de organización del sistema de trabajo para el cumplimiento de la misión institucional de la Contraloría General, así como las herramientas de gestión de la vigilancia fiscal, serán definidos por el Contralor General de la República (…)".
Que los numerales 1 y 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 determinan como funciones del Contralor General de la República: "1. Fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y las demás funciones asignadas a la Contra/aria General de la República de conformidad con la Constitución y la ley", y "4. Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contra/ orí a General de la República, de acuerdo con la ley".
Que, en uso de dichas facultades extraordinarias, se expidió el Decreto Ley 2037 de 2019, "Por el cual se desarrolla la estructura de la Contraloría General de la República, se crea la Dirección de información, Análisis y Reacción Inmediata y otras dependencias requeridas para el funcionamiento de la Entidad".
Que el artículo 42A del Decreto Ley 267 de 2000, adicionado por el artículo 3o del Decreto Ley 2037 de 2019, que faculta a la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), entre otras, para: 1) "Dirigir la formulación de procedimientos relacionados con el acceso, acopio, custodia, seguridad, uso, análisis y aprovechamiento de datos e información, que contribuyan a incrementar la eficiencia, eficacia y resultados con valor agregado de las acciones de vigilancia y control fiscal". 5) "Asesorar al Contralor General de la República en la formulación e implementación de procedimientos relacionados con las funciones de la dependencia". 6) "Asesorar y coordinar en su ámbito funcional a las demás dependencias de la Contrataría General de la República, en el aseguramiento y uso de la información y bases de datos […]". 11) "Dirigir y adoptar las políticas y protocolos para compartir, suministrar, integrar o facilitar el acceso, intercambio, integración e interoperabilidad de datos o información de la Entidad con organismos nacionales o internacionales, bajo las directrices del Contralor General de la República". "Aprobar la suscripción y liberación de informes de Analítica de datos por parte de la Unidad de Análisis de la Información, de acuerdo con los protocolos que se adopten para el efecto".
Que el Decreto Ley 403 de 2020 "Por el cual se dictan normas para la correcta implementación del Acto número Legislativo 04 de 2019 y el fortalecimiento del control fiscal" en el literal 1) del artículo 3o, estableció la tecnificación como uno de los principios que fundamentan la vigilancia y el control fiscal '"(…) I) Tecnificación:
En virtud de este principio, las actividades de vigilancia y control fiscal se apoyarán en la gestión de la información, entendida como el uso eficiente de todas las capacidades tecnológicas disponibles, como inteligencia artificial, analítica y minería de datos, para la determinación anticipada o posterior de las causas de las malas prácticas de gestión fiscal y la focalización ele las acciones de vigilancia y control fiscal, con observancia de la normatividad que regula el tratamiento de datos personales".
Que la Resolución Organizacional REG-ORG-0762 de 2020, "Por la cual se desarrollan las condiciones y la metodología general para el seguimiento permanente a los recursos públicos y el ejercicio de la vigilancia y control fiscal concomitante y preventivo de la Contraloría General de la República", en su artículo 1o transitorio, respecto del diseño y adopción de procedimientos, establece que la Dirección de Información, Análisis y Reacción Inmediata (DIARI), junto con otros actores, diseñará, coordinará y adoptará los procedimientos necesarios relacionados con las disposiciones previstas en dicha resolución, razón por la cual se requiere definir y formalizar los instrumentos asociados para su adecuada implementación en el marco del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos e Información (SGGDI).
Que mediante la Resolución Organizacional OGZ-0768 de 2020 "Por la cual se crea el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos e Información de la Contrataría General de la República, se conforma el Comité de Gobierno de Datos e Información y se dictan otras disposiciones para el funcionamiento del sistema", el Sistema de Gestión y Gobierno de Datos e Información de la Contraloría General de la República, se encuentra descrito en el documento anexo de la misma resolución, denominado "Marco conceptual y metodológico para el funcionamiento del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos e Información de la Contraloría General de la República", incluyendo sus principios, lineamientos y organización, así como los roles y responsabilidades frente al mismo.
Que mediante las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas REG-EJE-094 de 2021 y REGEJE-102 de 2021, se inició el proceso de gestión y mejora continua para implementar la gobernanza de datos e información en la entidad.
Que en el Plan Estratégico Institucional 2022-2026 "Una contrataría con independencia paro el Cambio", contempla: Objetivo Estratégico 5 "Desarrollar y fortalecer las capacidades para la transformación digital y la transparencia en la accesibilidad de la información, a partir de la innovación y el aseguramiento en los procesos y servicios, para el posicionamiento institucional de cara al próximo centenario"; Estrategia 5.5. "Fortalecer la analítica avanzada con la aplicación de nuevas tendencias tecnológicas para la explotación de datos que contribuyan a la toma de decisiones y al mejoramiento de la vigilancia y el control fiscal"; Estrategia 5. 9. "Orientar la planeación estratégica a la gestión por resultados en el contexto del mandato constitucional y legal".
Que el enfoque misional de la Contraloría General de la República exige la estandarización semántica de los dominios de datos, aplicaciones y tecnología, desde la vista lógica del modelo de negocio de la DIARI, para lo que se requiere la definición de un Modelo Ontológico de Dominio que circunscriba y formalice el proceso generador de valor, estandarizando los conceptos de uso misional, recibidos en los distintos requerimientos de información, lo cual se logra mediante la conceptualización explícita de sus términos.
Dicha formalización debe abarcar desde el trámite inicial de solicitudes y requerimientos misionales de información (peticiones, denuncias, insumos y alertas), pasando por la recolección, integración y armonización semántica de las fuentes de información y datos, hasta el desarrollo de reglas de inferencia para el análisis y la identificación de alertas que conlleven a un posible daño fiscal y la posterior habilitación de actuaciones para el control fiscal.
Que, en el marco del SIGECI y de la arquitectura empresarial de la Contraloría General de la República, y en armonía con lo dispuesto en las Resoluciones Reglamentarias Ejecutivas REG-EJE-094 de 2021 y REG-EJE-102 de 2021, es necesario adoptar, actualizar y/o complementar, los procedimientos y demás instrumentos requeridos para la operación de los procesos institucionales del Macroproceso de Gestión de Información y Análisis (GIA) bajo el liderazgo de la DIARI, en particular, el Procedimiento de Gestión de Modelos Ontológicos en la Contraloría General de la República.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DE PROCEDIMIENTO. Adáptese el Procedimiento Gestión de Modelos Ontológicos en la Contraloría General de la República, el cual, junto con sus respectivos anexos, forma parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. COMPETENCIA Y ALCANCE DEL PROCEDIMIENTO. El presente procedimiento es de obligatorio cumplimiento para la Dirección de Información, Análisis Reacción Inmediata (DIARI) y las demás dependencias que participen en el diseño, coordinación, adopción e implementación de los instrumentos relacionados con el seguimiento permanente a los recursos públicos y el ejercicio de la vigilancia y control fiscal concomitante y preventivo, en los términos previstos en la Resolución Organizacional REG-ORG-0762 de 2020.
En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 1o transitorio de la citada resolución, la DIARI, junto con los actores institucionales correspondientes, deberá diseñar, coordinar y adoptar los procedimientos necesarios, así como garantizar su adecuada implementación, articulación y seguimiento en el marco del Sistema de Gestión y Gobierno de Datos e Información (SGGDI) contenido en la Resolución Organizacional REG-ORG-0768 de 2020.
PARÁGRAFO. Para efectos de la divulgación, consulta y aplicación del procedimiento que se adopta con la presente resolución, este deberá publicarse en el Aplicativo SIGECI, o el que haga sus veces, con sujeción a lo establecido en la Resolución Organizacional OGZ-0727 del 14 de noviembre de 2019, por la cual se reglamenta el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI).
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
El Contralor General de la República,
Carlos Hernán Rodríguez Becerra.




