RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0823-2023 DE 2023
(enero 31)
Diario Oficial No. 52.308 de 14 de febrero de 2023
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se adiciona la Resolución Orgánica 6630 de julio 9 de 2012.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, en especial de las conferidas en los numerales 2 y 4 del art. 35 del Decreto Ley 267 de 2000,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 del Decreto Ley 267 de febrero 22 de 2000, “por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones.”, señala como funciones del Contralor General de la República:
(...) 2. Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo.de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley.
(...) 4. Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley.
Que el Decreto 405 de marzo 16 de 2020, “por el cual se modifica la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República”, consagra:
“Artículo 5o. Funciones. Para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, le corresponde a la Contraloría General de la República:
(...) 6. Ejercer funciones administrativas y financieras propias de la entidad para el cabal cumplimiento y desarrollo de las actividades de la gestión del control fiscal.
Que el artículo 2.2.5.5.1 del Decreto número 1083 de 2015 establece en el numeral 4, que la comisión es una de las situaciones administrativas en las que pueden encontrarse los empleados públicos.
Que el artículo 2.2.5.5.21 del Decreto en mención, consagra que “el empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo.” (negrillas y subrayas ajenas al texto original).
Que el artículo 2.2.5.5.21 del Decreto 648 de 2017, “por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario único del Sector Función Pública”, compiló las disposiciones reglamentarias relativas a las situaciones administrativas entre ellas la comisión de servicios.
Que el Decreto 397 de 2022, “por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2022 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación”, definió lineamientos para el suministro de tiquetes y reconocimiento de viáticos, entre otros.
Que se hace necesario reglamentar y adoptar mecanismos para la concesión, el control, entrega y legalización de las comisiones de servicio que se otorgan a los servidores públicos de la entidad, así como acatar las disposiciones vigentes que en la materia se han expedido al interior de la Contraloría General de la República.
Que mediante la Circular Externa número 15 de 9 de abril de 2019, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público socializó el procedimiento para la utilización de la funcionalidad de viáticos dispuesto por el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) Nación.
Que mediante las Resoluciones Orgánicas número 5484 de 2003 y 6630 de 2012, se reglamentó el trámite de comisiones de servicio, viáticos, gastos de desplazamiento y gastos de viaje en la Contraloría General de la República.
Que mediante Resolución Orgánica número 6630 de julio 9 de 2012, en su artículo 12 se delegó en el Gerente Administrativo y Financiero la facultad de dictar los actos administrativos, mediante los cuales se otorgan comisiones de servicios en el interior del país a los funcionarios de la Contraloría General de la República, incluidos los funcionarios que pertenezcan al Nivel Directivo, los Directores Grado 03 y los Gerentes Departamentales.
Que de conformidad con los lineamientos antes señalados, se hace necesario adicionar la Resolución Orgánica número 6630 de julio 9 de 2012.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADICIONAR. Al artículo 2o de la Resolución Orgánica número 6630 de julio 9 de 2012, un tercer parágrafo que tendrá el siguiente texto:
PARÁGRAFO 3o. Los actos administrativos mediante los cuales el Gerente Administrativo y Financiero otorga comisiones de servicio a los Funcionarios que pertenezcan al Nivel Directivo, deberán contar con el visto bueno del Contralor General de la República.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de enero de 2023.
El Contralor General de la República,
Carlos Hernán Rodríguez Becerra.




