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RESOLUCIÓN ORGÁNICA 001 DE 2026

(enero 20)

Diario Oficial No. 53.373 de 20 de enero de 2026

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por medio de la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Auditoría General de la República 2026-2027.

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 274 de la Constitución Política, y en los numerales 1, 13, 14 y 16 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 90 de la Constitución Política señala: "El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas. En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra este".

Que el artículo 209 ibidem dispuso: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad (…)".

Que a la Auditoría General de la República, en ejercicio de la autonomía administrativa, le corresponde definir los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones de conformidad con los principios consagrados en la Constitución Política y el Decreto Ley 272 de 2000.

Que el numeral 1 del artículo 17 del Decreto número 272 de 2000, dispone que el Auditor General de la República debe: "Determinar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos para el cabal cumplimiento de la vigilancia de la gestión fiscal a él encomendada y para el adecuado funcionamiento administrativo de la Auditoría General de la República, con base en su autonomía administrativa, jurídica, contractual y presupuestal".

Que el numeral 13 del artículo 17 del Decreto Ley 272 de 2000, establece como una de las funciones del Auditor General de la República: "Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Auditoría General de la República, en desarrollo de su autonomía".

Que la Resolución Reglamentaria número 0009 del 5 de julio de 2024, por medio de la cual se adopta el reglamento interno del Comité de Conciliación de la Auditoría General de la República, definió la estructura y funciones del Comité de Conciliación al interior de la entidad.

Que el artículo 6o de la Resolución Reglamentaria número 0009 del 5 de julio de 2024, señala como una de las funciones del Comité de Conciliación "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico".

Que el artículo 2o de la Ley 2220 de 2022, por medio de la cual se expide el estatuto de conciliación y se dictan otras disposiciones, establece "Ámbito de aplicación. La conciliación se regulará por las disposiciones de la presente ley".

Que el artículo 115 de la Ley 2220 de 2022, en cuanto al campo de aplicación dispone: "Las normas sobre Comités de Conciliación contenidas en la presente ley son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles".

Que el artículo 117 de la Ley 2220 de 2022, señala: "Los Comités de Conciliación son una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad".

Que el numeral 1 del artículo 120 de la Ley 2220 de 2022, estipula como una de las funciones del Comité de Conciliación: "Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico".

Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, mediante Circular Externa 07 del 10 de septiembre de 2025, señaló los "Lineamientos para la formulación, aprobación, implementación y seguimiento de las Políticas de Prevención del Daño Antijuridico",

Que el Comité de Conciliación de la Auditoría General de la República en sesión número 25 del 3 de diciembre de 2025, aprobó la Política de Prevención del Daño Antijurídico para el periodo 2026-2027, la cual fue registrada por la Secretaría Técnica del Comité en el software de prevención del Sistema Único de Gestión e Información litigiosa del Estado eKOGUI el 5 de diciembre de 2025.

Que es procedente adoptar e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico vigencia 2026-2027, de la Auditoría General de la República para prevenir situaciones que puedan significar reclamaciones judiciales o demandas contra la Entidad.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar e implementar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Auditoría General de la República para la vigencia 2026-2027, la cual hace parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO 2o. Publicar a través de la página web de la Auditoría General de la República.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Orgánica número 007 de 2024.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 20 de enero de 2026.

La Auditora General de la República,

María Anayme Barón Durán.

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