Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted

DIRECTIVA 34 DE 2020

(diciembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

De:PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

Para:

GOBERNADORES, ALCALDES DISTRITALES Y MUNICIPALES

Asunto:

CUMPLIMIENTO DE PROTOCOLOS Y DIRECTRICES PARA EL TRASLADO DE LA POBLACIÓN MIGRANTE QUE SE ENCUENTRE EN EL TERRITORIO NACIONAL.

Fecha:

3 DE DICIEMBRE DE 2020

El Procurador General de la Nación, de conformidad con su misión preventiva, bajo el precepto de "prevenir antes que sancionar", en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la prevista en el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, en concordancia con la función establecida en el numeral 2 del artículo 277 de la Constitución Política, de proteger y garantizar los derechos humanos, y en cumplimiento del principio de legalidad y reconocimiento del bloque de constitucionalidad, en materia de la defensa de los derechos humanos de la población migrante,

DISPONE:

PRIMERO. Instar a los gobernadores y alcaldes a dar aplicación irrestricta al protocolo y directrices para el traslado de migrantes, que estando en Colombia desean voluntariamente regresar a su país o ingresar a uno vecino, implementados por Migración Colombia de acuerdo con los decretos y demás actos administrativos expedidos por el Gobierno Nacional para tal fin, a partir de la expedición del Decreto 417 de 2020, por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional.

En este sentido, se requiere a los alcaldes y gobernadores para que, de manera coordinada con las secretarías competentes departamentales, municipales y distritales, Migración Colombia, la Defensoría del Pueblo, las Procuradurías Regionales, Provinciales, Distritales y las Personerías, atiendan los protocolos de ruta referente de salida, recepción, traslado, transporte y alimentación de migrantes que, estando en Colombia, desean voluntariamente regresar a su país o a uno vecino, según corresponda.

Lo anterior, con el propósito de evitar represamientos en puntos de salida o en zonas de frontera, en los que se han habilitado corredores humanitarios para atender el tránsito migratorio de manera ordenada; para lo cual se deberá cumplir con las medidas de bioseguridad, alimentarias y de transporte seguro, operado por empresas debidamente autorizadas por la Superintendencia de Transporte; garantizando de esta manera, el respeto por los derechos humanos y la protección de la población más vulnerable, como son adultos mayores, mujeres gestantes, niños, niñas y adolescentes, unidad familiar y personas en situación de discapacidad.

SEGUNDO. Instar a los gobernadores y alcaldes a dar irrestricta aplicación de las circulares, resoluciones y demás actos administrativos que, para tal efecto, hayan expedido el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Transporte, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, y demás autoridades del orden nacional, y que estén relacionados con la presencia de migrantes en el territorio nacional que desean voluntariamente regresar a su país o a uno vecino.

TERCERO. Exhortar a los gobernadores y alcaldes a reportar, de manera oficial y oportuna, a la Policía de Tránsito y Transporte, a Migración Colombia y demás autoridades competentes, la presencia en sus territorios de migrantes en condición de caminantes.

CUARTO. Exhortar a los gobernadores y alcaldes a tomar acciones para impedir que se lleven a cabo, o llevar a cabo directamente, actuaciones xenófobas en contra de los migrantes, así como el retorno y traslado de los mismos hacia otros departamentos o municipios del país, o hacia las fronteras, de manera desarticulada, irregular, sin el cumplimiento de los protocolos y la debida coordinación con Migración Colombia.

Finalmente, la Procuraduría General de la Nación continuará haciendo presencia en todo el territorio colombiano y representará a los ciudadanos en la protección de sus derechos, ejerciendo sus tres ejes misionales cuando la situación así lo disponga y generando además, espacios de acompañamiento.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

×