Escudo Colombia
Logo JEP
Logo JEP
Logo Jurinfo
reducir texto aumentar texto aumentar contraste volver contraste accesibilidad Mapa del sitio Tour virtual de la JEP
Buscar search
Índice format_list_bulleted

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 03 DE 2026

(septiembre 22)

Diario Oficial No. 53.635 de 22 de septiembre de 2026

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Para:Ministra de Minas y Energía
Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio Ministra de Salud y Protección Social Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres
De:Presidente de la República de Colombia
Asunto:Marco de Acción Nacional frente al fenómeno de El Niño 2026- 2027
Fecha:22 de septiembre de 2026

El país se encuentra frente a una situación climatológica de gran impacto nacional como lo es el Fenómeno del Niño 2026-2027, el cual, según la información de público conocimiento, tiende a señalar la existencia de una probabilidad significativa que alcanzará una intensidad muy fuerte durante los próximos meses, con posibles impactos negativos sobre el abastecimiento de agua, la seguridad energética, la salud pública, la producción agropecuaria, los precios de los alimentos, los ecosistemas y las condiciones de vida de la población en general.

Los riesgos de esta naturaleza no reconocen fronteras sectoriales ni competencias ministeriales, la respuesta del Estado debe ser una sola: coordinada, oportuna y orientada a proteger a los colombianos.

Cuando el Estado coordina sus capacidades, comparte información y actúa oportunamente, puede convertir riesgos previsibles en desafíos gestionables y proteger a tiempo la vida, el bienestar y las oportunidades de los colombianos.

Esto exige una respuesta anticipada, coordinada y de alcance nacional, por lo que es necesario, en este contexto, impartir las siguientes directrices:

1. Los Ministros y el director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, destinatarios de la presente directiva, deberán establecer conjuntamente una Hoja de Ruta de Acción Nacional que permita al Gobierno contar con una visión integral y actualizada, sobre los siguientes aspectos, entre otros:

- La situación, proyecciones e impactos potenciales del fenómeno.

- Los principales riesgos y territorios potencialmente afectados, con éntasis en la seguridad hídrica, energética, de salud pública, alimentaria y ambiental.

- Las medidas en marcha, su avance y capacidad efectiva de respuesta.

- Las brechas existentes en capacidades institucionales, coordinación, infraestructura, información y recursos.

- Las acciones y decisiones adicionales necesarias para anticipar, prevenir y mitigar sus efectos.

2. El director de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo bajo las orientaciones de les Ministros, elaborará un documento que plasme la Hoja de Ruta de Acción Nacional para ser presentado ante el Consejo de Ministros. El mencionado documento será de carácter ejecutivo interinstitucional, intersectorial y territorial, orientado a la toma de decisiones.

3. La Hoja de Ruta de Acción Nacional deberá ser presentada conjuntamente por los Ministros en el próximo Consejo de Ministros, de manera que se cuente con un instrumento que permita adoptar las decisiones correspondientes y definir los mecanismos de seguimiento y evaluación. Así se contará con una agenda de decisiones priorizada, verificable y con responsables definidos, que permita pasar de la identificación temprana de los riesgos a la acción coordinada del Estado.

La instrucción es clara: anticiparnos trabajar conjuntamente y actuar antes de que situaciones previsibles se conviertan en crisis evitables.

Anticiparnos es gobernar. Trabajar juntos es la manera de hacerlo posible.

22 de septiembre de 2026.

ABELARDO DE LA ESPRIELLA

×