DECRETO 1463 DE 2007
(abril 30)
Diario Oficial No. 46.615 de 30 de abril de 2007
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 2699 de 2012>
Por el cual se adiciona el Decreto 3150 de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 2699 de 2012> Adiciónase el Decreto 3150 de 2005 con los cargos de Gerente General de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, Industria Militar, Indumil, Caja Promotora de Vivienda Militar, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena y Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, CIAC.
ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 2699 de 2012> Los Gerentes Generales de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, Industria Militar, Indumil, Caja Promotora de Vivienda Militar, Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, Satena y Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, CIAC, tendrán derecho a percibir la bonificación de dirección en las mismas condiciones y cuantía a que se refieren los Decretos 3150 y 3630 de 2005.
ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 3 del Decreto 2699 de 2012> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 3150 de 2005 y surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de abril de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
El Ministro de Defensa Nacional,
JUAN MANUEL SANTOS C.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.




