DECRETO 1023 DE 2013
(mayo 21)
Diario Oficial No. 48.797 de 21 de mayo de 2013
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
<Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014>
Por el cual se fija la escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> A partir del 1o de enero de 2013, fíjase la siguiente escala salarial para los empleos de la Dirección Ejecutiva de la Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial:
| Grado | Asignaciónbásica | Grado | Asignaciónbásica |
| 01 | 595.032 | 11 | 2.382.087 |
| 02 | 707.393 | 12 | 2.528.764 |
| 03 | 856.293 | 13 | 2.693.201 |
| 04 | 1.005.706 | 14 | 2.992.199 |
| 05 | 1.276.229 | 15 | 2.992.248 |
| 06 | 1.412.980 | 16 | 3.479.210 |
| 07 | 1.737.891 | 17 | 3.533.984 |
| 08 | 1.893.711 | 18 | 3.812.721 |
| 09 | 1.893.714 | 19 | 3.823.965 |
| 10 | 2.234.257 | 20 | 3.865.190 |
ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> A partir del 1o de enero de 2013, la remuneración mensual del Director Ejecutivo de la Administración Judicial por concepto de asignación básica será la suma de un millón novecientos noventa y ocho mil ciento treinta y tres pesos ($1.998.133) moneda corriente, y por concepto de gastos de representación tres millones quinientos dieciocho mil trescientos once pesos ($3.518.311) moneda corriente.
ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> A partir del 1o de enero de 2013, el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración mensual de los empleos de Director Administrativo Grado 20 de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y los Jefes de Oficina Grado 20 de las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial tendrá el carácter de gastos de representación, únicamente para efectos fiscales.
ARTÍCULO 4o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> Las cesantías de los servidores públicos vinculados a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial podrán ser administradas por las sociedades cuya creación se autorizó en la Ley 50 de 1990 o por el Fondo Público que el Consejo Superior de la Judicatura señale. El Consejo Superior de la Judicatura establecerá las condiciones y requisitos para ello, en los cuales indicará que los recursos serán girados directamente a dichas Sociedades o Fondo.
ARTÍCULO 5o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4ª de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
ARTÍCULO 6o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4ª de 1992.
ARTÍCULO 7o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> El Departamento Administrativo de la Función Pública es el órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. Ningún otro órgano puede arrogarse esta competencia.
ARTÍCULO 8o. <Decreto derogado por el artículo 8 del Decreto 193 de 2014> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 847 de 2012 y surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2013.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de mayo de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito,
MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.
La Ministra de Justicia y del Derecho,
RUTH STELLA CORREA PALACIO.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.




