DECRETO 864 DE 2008
(marzo 27)
Diario Oficial No. 46.942 de 27 de marzo de 2008
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto 665 de 2008 derogado por el artículo 18 del Decreto 730 de 2009>
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 665 de 2008.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Modifícase parcialmente el artículo 4o del Decreto 665 de 2008, así:
| DENOMINACION | REMUNERACION |
| Escolta IV | 2.058.221 |
ARTÍCULO 2o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2008 y modifica en lo pertinente el artículo 4o del Decreto 665 de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de marzo de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
CARLOS HOLGUÍN SARDI.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
FERNANDO GRILLO RUBIANO.




