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DECRETO 308 DE 1897

(julio 23)

Diario Oficial No. 10460 de 4 de octubre de 1897

<NOTA: Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se elimina le empleo de Guarda parque en Barbacoas.

El vicepresidente de la República, encargado del poder Ejecutivo,

CONSIDERANDO:

Que el número de elementos de guerra que constituye el Parque de Barbacoas ha venido a quedar muy reducido haciéndose innecesario el empleo de Guardaparque en aquel lugar, como lo conceptúa el Comandante General de la 5ª División,

DECRETA:

ARTICULO 1o. Suprímase el destino de Guarda parque de Barbacoas.

ARTICULO 2o. Los elementos de guerra, allí existentes se trasladarán al Parque de pasto, en donde deberán ser dados de alta.

ARTICULO 3o. Comisionase al Sr. Prefecto de Barbacoas para que contrate la traslación.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 23 de Julio de 1897

M. A. CARO.

El Ministro de Guerra,

PEDRO ANTONIO MILINA.

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