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ACUERDO AOG 45 DE 2020

(noviembre 10)

Diario Oficial No. 51.494 de 10 de noviembre de 2020

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

Por el cual se aprueba la movilidad de un funcionario del despacho de la Magistrada Gloria Amparo Rodríguez de la Sección de Revisión, a la Sala de Amnistía o Indulto.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP),

en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el parágrafo 2o del artículo transitorio 5o de la Constitución Política, adoptado por el Acto Legislativo 01 de 2017, el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 y los artículos 15 literal a) y 43 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5o del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el inciso 6 del Artículo Transitorio 12 de la referida norma dispone que los magistrados de la JEP, sin incluir normas procesales, adoptarán el reglamento de funcionamiento y organización de la JEP.

Que el artículo 75 de la Ley 1957 de 2019, Estatutaria de la JEP, dispone que la JEP adoptaría su reglamento de funcionamiento y organización, dentro del cual establecería los criterios para proceder a la movilidad entre los magistrados de salas y secciones en función de la acumulación de trabajo.

Que el artículo 13 del Acuerdo ASP número 001 de 2020, Reglamento General de la JEP, señala que le corresponde al Órgano de Gobierno establecer los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción.

Que adicionalmente el literal a) del artículo 15 del referido Reglamento General establece que el Órgano de Gobierno decidirá las solicitudes de movilidad de los magistrados o magistradas y/o de los integrantes de la planta adscrita a sus despachos, de conformidad con el artículo 43 ibídem.

Que el artículo 43 del Reglamento General de la JEP establece los criterios en virtud de los cuales el Órgano de Gobierno resolverá sobre la movilidad de las Magistradas y Magistrados, a las distintas Salas y Secciones.

Que mediante comunicación del 4 de noviembre de 2020, el Magistrado Pedro Julio Mahecha Ávila, de la SAI, solicitó al Órgano de Gobierno la movilidad del funcionario Jairo Alberto Ortegón Buitrago, Profesional Especializado Grado 33 del despacho de la Magistrada Gloria Amparo Rodríguez, a la Sala de Amnistía o Indulto. La solicitud se hace por medio tiempo y por el término de tres (3) meses. La comunicación consigna la aprobación de la movilidad por parte de la Magistrada Gloria Amparo Rodríguez de la Sección de Revisión.

Que el Órgano de Gobierno, en sesión del 10 de noviembre de 2020, aprobó la movilidad del Profesional Especializado Grado 33 Jairo Alberto Ortegón Buitrago, del despacho de la Magistrada Gloria Amparo Rodríguez, o quien ocupe el cargo, a la SAI despacho del doctor Pedro Julio Mahecha Ávila, por el término de tres (3) meses, por medio tiempo. El Órgano de Gobierno aprueba la suscripción del presente acuerdo por parte del Presidente y la Secretaria Ejecutiva.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la movilidad del Profesional Especializado Grado 33 Jairo Alberto Ortegón Buitrago, del despacho de la Magistrada Gloria Amparo Rodríguez, o quien ocupe el cargo, al despacho del Magistrado Pedro Julio Mahecha Ávila de la SAI, por el período de tres (3) meses, tiempo parcial.

ARTÍCULO 2o. Comunicar el presente acuerdo a la Subdirección de Talento Humano de la Jurisdicción Especial para la Paz

ARTÍCULO 3o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 2020.

El Presidente,

Eduardo Cifuentes Muñoz.

La Secretaria Ejecutiva,

María del Pilar Bahamón Falla

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