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ACUERDOS AOG 42 DE 2020

(octubre 16)

Diario Oficial No. 51.469 de 16 de octubre de 2020

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por el cual se suspenden términos judiciales en la Jurisdicción Especial para la Paz los días 28, 29 y 30 de octubre de 2020.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ - JEP

En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el literal d) del artículo 15 del Acuerdo ASP No. 001 de 2020, y

CONSIDERANDO

Que el artículo transitorio 5o. del Acto Legislativo 01 del 2017 crea la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que respecto de su naturaleza jurídica, el artículo 5 del citado Acto Legislativo prevé que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019- Ley Estatutaria de Administración de Justicia en la JEP-, establece que la JEP “tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción”.

Que el artículo 5 del Acuerdo ASP No. 001 del 2 de marzo de 2020- Reglamento General de la JEP-, reitera las funciones del Órgano de Gobierno a que se refiere el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019.

Que el artículo 15 literal d), del Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz establece dentro de las funciones del Órgano de Gobierno “Regular los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los órganos de la JEP, en los aspectos no previstos en la ley y en el presente reglamento”.

Que durante los días 28, 29 y 30 de octubre del presente año, la JEP desarrollará distintos eventos académicos virtuales, entre ellos, la conferencia internacional “Respuestas emergentes a atrocidades contemporáneas. Diálogo entre pares sobre procesos integrales de justicia transicional con enfoque preventivo”, cuyo objeto es conocer el estado del arte de las estrategias de respuesta a violaciones masivas de derechos humanos que actualmente están en funcionamiento o ad portas de serlo, promover un intercambio entre pares involucrados en estos procesos sobre las buenas prácticas generadas y las lecciones aprendidas correspondientes.

Que igualmente en dicho espacio se procederá a la conformación de una red de administradores de justicia transicional: jueces, comisionados, miembros de organismos con propósitos propios de justicia transicional, enviados y representantes especiales -en adelante jueces y pares transicionales, con el propósito de compartir conocimiento, experiencias y buenas prácticas relacionadas con la materialización de la justicia transicional en todo el mundo, buscando generar aprendizajes y definir acciones que permitan fortalecer el conjunto de iniciativas y actividades relativas a justicia restaurativa que beneficien los propósitos de las instituciones y las sociedades a las que pertenecen quienes están llamados a integrar la red.

Que con la participación de conferencistas internacionales expertos en justicia transicional, las distintas entidades que integran el SIVJRNR analizarán la justicia en tiempos de transición que combina elementos judiciales y extrajudiciales orientados a la mejor solución de problemas asociados con graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH, a su no repetición, a la reconstrucción y reconciliación social con un impacto máximo en términos de reconocimiento por el estado, responsabilidad por los responsables, satisfacción de las víctimas y prevención.

Que la totalidad de las y los magistrados de Salas y Secciones de la Jurisdicción Especial participarán en el citado evento por lo que el Órgano de Gobierno en sesión de 13 de octubre de 2010 dispuso la suspensión de términos judiciales, durante los días 28, 29 y 30 de octubre del presente año, exceptuando el trámite de respuesta de acciones constitucionales, es decir el trámite de acciones de tutela y el de respuesta a las solicitudes de habeas corpus al que deben continuar dando curso todos los órganos de la JEP. El Órgano de Gobierno aprobó la suscripción del presente acuerdo por parte de la Presidenta y la Secretaria Ejecutiva de la JEP.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTÍCULO 1.- Ordenar la suspensión de términos Judiciales en la Jurisdicción Especial para la Paz – JEP los días 28, 29 y 30 de octubre de 2020.

ARTÍCULO 2.- Esta suspensión no aplica en relación con el trámite de respuesta de acciones constitucionales, es decir el trámite de acciones de tutela y el de respuesta a las solicitudes de habeas corpus.

ARTÍCULO 3.- Comuníquese por el medio más expedito a los usuarios de la jurisdicción y publíquese en la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz.

ARTÍCULO 4.- Autorizar a la Presidenta y a la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, para que suscriban el presente Acuerdo.

ARTÍCULO 5.- El presente Acuerdo rige a partir del 28 de octubre de 2020.

Dado en Bogotá D.C., a los diez y seis (16) dias del mes de octubre de dos mil veinte (2020)

PUBLÍQUESE COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

PATRICIA LINARES PRIETO

Presidenta

MARÍA DE PILAR BAHAMON FALLA

Secretaria Ejecutiva

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