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ACUERDO AOG 24 DE 2026

(septiembre 16)

Diario Oficial No. 53.629 de 17 de septiembre de 2026

<Análisis jurídico en proceso>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por el cual se modifica el Plan Estratégico Cuatrienal 2023-2026 de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Programación Judicial de Macrocasos – Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas.

EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ (JEP),

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el Acuerdo ASP número 001 de 2020, los AOG 040 de 2023 y 010 de 2024 y

CONSIDERANDO

Que el artículo 5o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017, que creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, señala que esta entidad se sujetará a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 "Estatutaria de la Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz", previó que ésta: "tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción."

Que el numeral 4 del mismo artículo establece que al Órgano de Gobierno le corresponde: "4. Adoptar los Planes Estratégico Cuatrienal y de Acción Anual que le presente la Secretaría Ejecutiva respetando los principios generales establecidos por el artículo 3o de la Ley 152 de 1994 y que deberán estar articulados con el Plan Sectorial de la Rama Judicial y el Plan Nacional de Desarrollo en su conjunto. El Plan incluirá como mínimo las medidas para el aseguramiento de la calidad de la atención al usuario, los indicadores y metas anuales, así como los avances tecnológicos para la gestión interna y la relación con los ciudadanos."

Que el artículo 13, capítulo IV del Acuerdo número 001 de 2020, "por el cual se adopta el Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz", emitido por la Sala Plena, determina como objeto del Órgano de Gobierno el:

"establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción. De tal forma, se enfoca en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción."

Que el numeral 17 del artículo 112 de la mencionada Ley Estatutaria establece como función de la Secretaría Ejecutiva la siguiente: "17). Elaborar y coordinar la ejecución de los Planes Estratégico Cuatrienal y de Acción Anual, así como las demás propuestas de políticas, planes y programas para someterlos al Órgano de Gobierno para su aprobación."

Que mediante Acuerdo AOG 007 de 2024, el Órgano de Gobierno adoptó el Plan Estratégico Cuatrienal (PEC) 2023-2026 de la Jurisdicción Especial para la Paz, "Justicia y hechos restaurativos".

Que el PEC 2023-2026 incluyó un componente de seguimiento en los siguientes términos: "El seguimiento tendrá un mecanismo de visualización de avances actualizado mensualmente y disponible para cada responsable sobre los temas a su cargo, según se trate de Magistratura, UIA y SEJEP.

Los avances en el cumplimiento de metas serán presentados semestralmente por la Secretaría Ejecutiva a través de la Subdirección de Planeación -con base en la información reportada por cada las salas (sic), secciones, UIA y SEJEP- al Órgano de Gobierno, quien será el único que tendrá acceso al mecanismo de visualización de avance mensual consolidado de Magistratura, UIA y SEJEP."

Que el PEC 2023-2026 incluyó un anexo de programación judicial donde se presentaron "los principales hitos por macrocasos, asociados a este PEC, resultado del ejercicio de programación judicial adelantado por los magistrados con el acompañamiento de la Secretaría Ejecutiva. Con el avance procesal, se irán profiriendo las decisiones judiciales con total autonomía y, en tal sentido, es posible que las imputaciones mediante ADHC se subdividan o agrupen. Esta programación permitirá un seguimiento de avances con los despachos relatores, que se entregará al Órgano de Gobierno para las directrices en estrategia general de la Jurisdicción que correspondan".

Que la Secretaría Ejecutiva, a través de la Subdirección de Planeación, viene realizando el ejercicio de seguimiento con los diferentes órganos y dependencias de la JEP, lo que ha permitido contar con los informes correspondientes.

Que, con base en esta labor de seguimiento y el informe semestral a junio de 2025, los despachos relatores de macrocasos y la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, han solicitado modificaciones al Plan Estratégico Cuatrienal 2023-2026 de la Jurisdicción Especial para la Paz en materia de a) programación judicial de subcasos, líneas y bloques de los macrocasos y, b) metas en los indicadores, todo ello conforme con la dinámica misional de la entidad.

Que el Órgano de Gobierno aprueba la suscripción del presente Acuerdo por parte del presidente y el secretario ejecutivo.

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificaciones al Plan Estratégico Cuatrienal 2023-2026, "Justicia y hechos restaurativos", Anexo programación judicial. El Órgano de Gobierno aprueba las siguientes modificaciones al Plan Estratégico Cuatrienal (PEC) 2023-2026 "Justicia y hechos restaurativos".

Modificaciones en la programación judicial, la cual es indicativa

Se cambian las fechas de la programación judicial de los hitos de cada subcaso/bloque/ línea de investigación de los macrocasos, conforme la información entregada por cada despacho relator a la Subdirección de Planeación como producto del ejercicio conjunto realizado en febrero de 2025 y del seguimiento al PEC con corte a junio de 2026, que se presenta a continuación:

Macrocaso 1: Toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes concurrentes cometidos por las FARC-EP

Comando Conjunto Central

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia el término de "No hay remisión" en el hito remisiones a la UIA por "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2024 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Comando Conjunto Central Finalizado Finalizado Finalizado No hay remisión 2024 2024 2024
Modificación
Comando Conjunto Central Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado No Aplica** 2024 2024 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Bloque Occidental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2024 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Occidental Finalizado Finalizado Entregado 2024 - II 2024 2024 2024
Modificación
Bloque Occidental Finalizado Finalizado Entregado 2024 - II 2024 2024 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Bloque Noroccidental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de abril de 2024 a septiembre de 2024.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de 2024 – II a "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ del año 2024 a noviembre de 2025.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de diciembre de 2024 a mayo de 2025.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2024 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Noroccidental Finalizado Finalizado abr-24 2024 - II 2024 2024 2024
Modificación
Bloque Noroccidental Finalizado Finalizado Finalizado sep-24 No Aplica** nov-25 may-25 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Bloque Magdalena Medio

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC mayo de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de mayo de 2024 a mayo de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de 2024 – II a "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de año 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2024/2025 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Magdalena Medio Finalizado Finalizado may-24 2024 - II 2024/2025 2024/2025 2024/2025
Modificación
Bloque Magdalena Medio Finalizado Finalizado may-25 may-25 No Aplica** feb-26 dic-25 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Bloque Caribe

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC mayo de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de agosto de 2024 a mayo de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de 2025 –I a "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ de diciembre de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento del año 2025 a 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2025 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Caribe Finalizado Finalizado ago-24 2025 - I 2025 2025 2025
Modificación
Bloque Caribe Finalizado Finalizado may-25 may-25 No Aplica** feb-26 2026 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Bloque Oriental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de abril de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de 2025 – I a "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ de diciembre de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de diciembre de 2025 al año 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2025 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Oriental Finalizado nov-24 abr-25 2025 - I 2025 2025 2025
Modificación
Bloque Oriental Finalizado jul-24 oct-25 feb-26 No Aplica** dic-26 2027 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Bloque Sur

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de las observaciones a las versiones voluntarias de diciembre de 2024 a julio de 2024.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC octubre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC de marzo de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de 2025 –I a "No Aplica". Esto se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

- Se cambia la fecha de las de remisiones a la SDSJ de diciembre de 2025 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento del año 2025 al año 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de 2025 a segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Sur Finalizado dic-24 mar-25 2025 - I 2025 2025 2025
Modificación
Bloque Sur Finalizado jul-24 oct-25 feb-26 No Aplica** ago-26 2027 2027

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Además, se incluyen dos líneas de investigación adicionales que no fueron contempladas en la versión inicial de la programación. La primera corresponde al secretariado de las extintas FARC-EP y la segunda denominada "sin línea específica" que incluye la remisión temprana a UIA del compareciente Luis Almario, razón por la cual los demás hitos procesales "No Aplican" para esta línea de investigación.

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Secretariado de las extintas FARC-EP Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado No Aplica** No Aplica*** Finalizado Finalizado
Sin línea específica**** No Aplica No Aplica No Aplica No Aplica Finalizado No Aplica No Aplica No Aplica

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

--- Este "No Aplica" se debe a que todos fueron definidos como máximos responsables por lo que no procede la selección negativa.

---- Esta línea corresponde a la remisión temprana a la UIA del señor Luis Almario.

Todos los cambios en la programación inicial se fundamentan en la estrategia de trabajo por agrupación con el macrocaso 10, incluyendo la emisión de la resolución de conclusiones durante el segundo semestre del 2027.

Adicionalmente, con el propósito de asumir la elaboración de los dos bloques del Macrocaso 10 entregados por la magistrada Marcela Giraldo, fue necesario reasignar temporalmente funcionarios y contratistas que se encontraban apoyando actividades relacionadas con la Audiencia de Reconocimiento pendiente y con la elaboración de las resoluciones de conclusiones del Caso 01. Esta redistribución de capacidades respondió a la necesidad de avanzar oportunamente en la instrucción de los nuevos bloques, cuya expedición de los ADHC está prevista para 2026. En consecuencia, algunas de las actividades inicialmente programadas para el Caso 01 fueron reprogramadas y se desarrollarán durante el 2027.

Macrocaso 2: Prioriza la situación territorial de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas (Nariño)

Subcaso FARC – EP

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA de noviembre de 2024 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ de abril de 2024 a julio de 2024.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de abril de 2025 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de agosto de 2025 a junio de 2027.

Subcaso Fuerza Pública

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia fecha de finalización de observaciones voluntarias de junio de 2024 a enero de 2025.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de agosto de 2024 a enero de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA de agosto de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ de diciembre de 2024 a abril de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de febrero de 2026 a marzo de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de mayo de 2026 a junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FARC - EP Finalizado Finalizado Finalizado nov-24 abr-24 abr-25 ago-25
FFPP may-24 jun-24 ago-24 ago-25 dic-24 feb-26 may-26
Modificación
FARC - EP Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado dic-26 jul-24 dic-26 jun-27
FFPP may-24 ene-26 dic-25 ene-26 dic-26 abr-26 mar-27 jun-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

La modificación de las fechas establecidas para el cumplimiento de los hitos procesales se sustenta en los siguientes aspectos:

- La etapa de presentación de observaciones al Auto de Determinación de Hechos y Conductas –Auto número 03 del 5 de julio de 2023– proferido en la línea de investigación sobre las extintas FARC-EP finalizó el 29 de enero de 2025.

Durante este periodo, se recibieron las intervenciones de las víctimas acreditadas, de los comparecientes individualizados como presuntos máximos responsables y del Ministerio Público. A su vez, la defensa de algunos comparecientes de las extintas FARC-EP solicitó la nulidad parcial de dicha providencia. Esta petición fue rechazada por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas mediante el Auto SRVR número 05 del 14 de julio de 2025, decisión contra la cual se interpuso recurso de apelación, el cual fue rechazado por indebida sustentación, por medio del Auto SRVR número 06 del 4 de septiembre de 2025.

Posteriormente, la defensa interpuso recurso de queja y la Sección de Apelación, mediante el Auto TP-SA-2082 del 24 de septiembre de 2025, lo declaró infundado. Una vez resuelta la solicitud de nulidad parcial, actualmente se adelanta el análisis de las observaciones formuladas al contenido del ADHC.

- En relación con la decisión de selección negativa y la remisión de comparecientes de la extinta guerrilla de las FARC-EP a la SDSJ, adoptada por la Subsala B mediante Auto SRVR número 02 del 30 de julio de 2024, no se encuentra ejecutoriada debido a la interposición de recursos de reposición y apelación presentados por algunos de los sujetos procesales. Asimismo, debe señalarse que la Sala de Definición solicitó la aclaración de dicha providencia.

- En la línea de investigación correspondiente a la Fuerza Pública, los cambios se dieron debido a la revisión y ajuste del proyecto de ADHC presentado a la Subsala C el 31 de diciembre de 2024 y remitido al Pleno de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas el 31 de marzo de 2025. Estas instancias presentaron observaciones al proyecto el 22 de mayo de 2025 por lo cual, solo fue posible radicar el ADHC ajustado en diciembre de 2025.

Macrocaso 3: Asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado

Subcaso Fase Nacional: Comando EJC, CCON1 y divisiones

Pasar de fase nacional a Fase Nacional (Comando EJC, CCON1 y divisiones)

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de versiones voluntarias de enero de 2024 a junio de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones de versiones voluntarias de marzo de 2024 a agosto de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de octubre de 2024 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de enero de 2025 a diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento abril de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones julio de 2027.

En cuanto a la línea de investigación Fase 2: CCON1 y/o divisiones:

No se incluye en tanto no se abordará porque la Fase 1 agrupó las dinámicas que se investigarían en la Fase 2.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Fase 1: Comando EJC ene-24 mar-2024 oct-24 ene-2025 Por definir Por definir Por definir
Fase 2: CCON1 y/o divisiones jun-24 ago-24 mar-25 jun-25 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Fase Nacional: (Comando EJC, CCON1 y divisiones) jun-26 ago-26 ago-26 oct-26 Dic-26 dic-26 abr-27 jul-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

En desarrollo de la instrucción de la Fase Nacional del Caso 03 se encontró que la división en dos etapas fragmentaba los hallazgos de la investigación perjudicando el análisis desarrollado, restando claridad y complejizando la imputación de los posibles máximos responsables individualizados. Visto lo anterior, se unificó la instrucción en una sola fase que tiene en cuenta los niveles de jerarquía más altos, así: divisiones, comando conjunto y Ejército, comprendiendo los contenidos que antes aparecían en dos fases.

Es importante mencionar que dado el grado de las personas que fueron llamadas a versión voluntaria y a declaración jurada, quienes ejercieron cargos al más alto nivel, se han recibido solicitudes sucesivas de aplazamientos, lo que ha atrasado el cronograma inicial. Por lo demás, no debe olvidarse que esta fase se adelanta de manera conjunta entre varios despachos y que sus conclusiones se nutren de los hallazgos obtenidos en los subcasos de la fase territorial del Caso 03.

Subcaso Casanare

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de finalizado a agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de finalizado a agosto de 2026.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Casanare Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado Por definir Finalizado may-24
Solicitud de cambio
Casanare Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado ago-26 mar-26 ago-26 Finalizado

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este subcaso tiene la particularidad de en el momento de aprobación del PEC las remisiones a la UIA y Audiencia de reconocimiento habían culminado, no obstante, posteriormente se agregaron comparecientes a estas decisiones por lo que se modifican las fechas establecidas inicialmente hasta que se cumplan las diligencias con los nuevos procesados.

Esto se justifica porque en septiembre de 2023 se realizó una Audiencia de Reconocimiento con 22 máximos responsables, lo que llevó a dar por cumplido ese hito. Con posterioridad a esto, en el 2025, en el marco de la resolución de un recurso de reposición de las víctimas y el Ministerio Público en contra del Auto de Selección Negativa del Subcaso Casanare, se imputó como máximos responsables a 3 comparecientes adicionales. Uno de ellos ya fue remitido a la UIA y los otros 2 comenzaron la ruta restaurativa que culminará en una nueva audiencia de reconocimiento, limitada exclusivamente a estos dos sujetos.

Subcaso Costa Caribe Fase II

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de octubre de 2024 a marzo de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de enero de 2025 a julio de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de enero de 2025 a enero de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de diciembre de 2024 a julio de 2026.

- Se cambia la fecha de resolución de conclusiones de mayo de 2025 a diciembre de 2026.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Costa Caribe 2024 2024 oct-24 ene-25 ene-25 dic-24 may-25
Modificación
Costa Caribe dic-24 sep-24 oct-24 mar-25 jul-26 ene-26 jul-26 dic-26

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Estos cambios se justifican debido a que, una vez individualizados los máximos responsables, el 9 de mayo de 2025, la Subsala D emitió el Auto de Selección negativa (Auto Sub D – Subcaso Costa Caribe – 016), mediante el cual remitió 1.092 comparecientes a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas. Dicha providencia fue objeto de recurso de reposición y en subsidio apelación por la representación de víctimas, que cuestionó la remisión de 11 comparecientes a la SDSJ. El recurso de reposición fue desatado mediante el Auto Sub D – Subcaso Costa Caribe – 020 de 28 de agosto de 2025, que resolvió no reponer la decisión y se encuentra pendiente el recurso de alzada ante la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz.

Tres de los máximos responsables imputados, manifestaron su intención de no reconocer responsabilidad y alegaron la nulidad del Auto de Determinación de Hechos y Conductas. Conforme lo señalado en la SENIT 3, dichas nulidades serán resueltas como observaciones en el Auto que se pronuncie sobre las observaciones recibidas de parte de los sujetos procesales respecto del ADHC, luego de lo cual, se procederá, si corresponde, con las remisiones a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP. Con base en los avances en estos trámites judiciales, el despacho replanteó las fechas de remisiones a la UIA y a la SDSJ, así como la de la emisión de la resolución de conclusiones.

Vistos estos desarrollos se modifican las fechas de los hitos restantes de este Subcaso según el avance procesal.

Subcaso La Popa

- Se cambia el nombre por Subcaso Costa Caribe – Batallón La Popa.

Subcaso Huila

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de observaciones de versiones voluntarias del año 2023 a mayo de 2022.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto del ADHC septiembre de 2023.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de marzo de 2024 a noviembre de 2023.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de enero de 2025 a febrero de 2024.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de marzo de 2025 a junio de 2026.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Huila Finalizado 2023 mar-24 ene-25 Finalizado ago-24 mar-25
Modificación
Huila Finalizado may-22** sep-23 nov-23 feb-24 Finalizado ago-24 jun-26

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Una vez realizada la audiencia de observaciones se practicaron 16 versiones voluntarias adicionales conforme con lo solicitado por la representación de las víctimas y el Ministerio Público.

La modificación de la oportunidad dispuesta inicialmente para la presentación de la resolución de conclusiones del subcaso Huila del Caso 03 (marzo del 2025), obedeció a la decisión de avanzar en la estructuración y desarrollo de las iniciativas restaurativas que caracterizarán la propuesta del proyecto de la sanción propia que le será impuesta a los máximos responsables. En ese sentido, de manera previa a la emisión de dicha providencia, se adelantaron 8 jornadas de intervención en cementerios del Huila y del Caquetá, con la participación de 22 comparecientes bajo condiciones de restricción de derechos. Todas esas acciones están siendo debidamente documentadas y fueron incluidas en la providencia en comento.

Adicionalmente, desde noviembre del 2024, el magistrado Alejandro Ramelli Arteaga asumió la presidencia del Jurisdicción Especial para la Paz. El ejercicio de las funciones propias de esa investidura supone una carga laboral superior para el despacho, lo que condujo a que las labores encaminadas a la sustanciación del subcaso Huila del Caso 03 tomaran más tiempo del inicialmente presupuestado.

Por las razones anteriores, se estimó que la resolución de conclusiones correspondiente a dicho subcaso sería radicada ante la SRVR para su discusión y aprobación a más tardar el 30 de junio del 2026.

Subcaso Meta

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto del ADHC octubre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de diciembre de 2024 a noviembre de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de marzo de 2025 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de enero de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de abril de 2025 a julio de 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de diciembre de 2025 a junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Meta 2023 2024 mar-25 ene-25 abr-25 2025
Modificación
Meta Finalizado Finalizado oct-25 nov-25 mar-26 feb-26 jul-26 jun-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Estas solicitudes de cambio se justifican atendiendo a la petición expresa de los magistrados de la Sub Sala D referida a la inclusión de tres de los máximos responsables en el ADHC del sub Caso Meta del caso 03, en lugar de proceder con su remisión temprana a la Unidad de Investigación y Acusación. Tal situación, condujo a que se modificara la fecha de entrega del borrador de dicha decisión a la Sala.

Por ello, el ADHC se entregó para primera lectura el 4 de octubre de 2025 y su aprobación tuvo lugar el 19 de noviembre de 2025. Atendiendo a los plazos previstos para el reconocimiento y las observaciones de los intervinientes especiales, se contempló la remisión de los no máximos responsables a la SDSJ, así como el envío de los máximos responsables que no aceptaron responsabilidad a la UIA, en febrero de 2026. A la luz de este calendario, se planeó el inicio de la ruta restaurativa para la audiencia de reconocimiento para marzo de 2026 y el desarrollo de esta diligencia en julio de tal anualidad. En consecuencia, la resolución de conclusiones se proyecta para junio de 2027.

Subcaso Dabeiba

- Se cambia el nombre del subcaso por Caso Conjunto 03-04 Dabeiba.

Es importante señalar que este subcaso ya surtió los hitos ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y cursa ante la Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento. No obstante, el presente ajuste facilita su identificación y armoniza su denominación con la utilizada de manera consistente en las distintas diligencias judiciales que se han adelantado.

Subcaso Antioquia 2002-2003

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de marzo de 2025 a diciembre de 2024.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de enero de 2025 a junio de 2025.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de diciembre de 2024 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de diciembre de 2025 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Antioquia 2002- 2003 Finalizado Finalizado Proyecto radicado mar-25 ene-25 2024 dic-25
Modificación
Antioquia 2002- 2003 Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado dic-24 jun-25 dic-25 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones respecto de las remisiones a la UIA y a la SDSJ se dan debido a la alta litigiosidad de máximos responsables que no aportaron verdad y no reconocieron responsabilidad (nulidad, recusación, apelación y tutela). Esto impidió que las decisiones finales de los procesos se pudieran surtir en las fechas inicialmente programadas.

Subcaso Antioquia 2004-2006

- Se asigna como fecha de culminación de versiones voluntarias octubre de 2024.

- Se asigna como fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias marzo de 2024.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC octubre de 2024.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de marzo de 2024 a febrero de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de diciembre de 2024 a octubre de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ junio de 2025.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de diciembre de 2024 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de diciembre de 2025 al año 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOC 007 de 2024
Antioquia 2004- 2006 mar-24 dic-24 Por definir 2024 dic-25
Modificación
Antioquia 2004- 2006 oct-24** mar-24 oct-24 feb-25 oct-25 jun-25 dic-25 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- La fecha de finalización de las versiones voluntarias es posterior debido a que su realización y la presentación de observaciones por escrito continúa durante el procedimiento, lo que extiende su periodo de desarrollo.

La modificación con respecto de la fecha programada para el ADHC se da debido a la magnitud y dimensión del subcaso que requirió tiempo adicional de elaboración y emisión de dicha providencia. Antioquia es el departamento de Colombia que, entre los años 2002 y 2008, concentró el mayor número de asesinatos y desapariciones forzadas cometidos en el país por parte de agentes del Estado para presentar a las víctimas como falsas bajas en combate. De acuerdo con el Universo Provisional de Hechos del Macrocaso 03 (6.402 víctimas), una cuarta parte (25,19%) de este tipo de asesinatos ocurrió en territorio antioqueño. Adicionalmente, el ADHC de 1653 páginas determina la ocurrencia de por lo menos 434 asesinatos y desapariciones forzadas cometidas por miembros de los seis batallones investigados adscritos a la Brigada IV del Ejército Nacional, imputando en total, 41 máximos responsables.

Las modificaciones respecto de las remisiones a la UIA y a la SDSJ responden a la alta litigiosidad que ha caracterizado al proceso en el que se emiten dichas providencias judiciales. Allí, se presentaron nulidades, recusaciones, apelaciones y tutelas, lo que impidió que las decisiones finales de los procesos se pudieran surtir en las fechas inicialmente programadas. Esto además hizo que la programación de la audiencia de reconocimiento y de la emisión de la resolución de conclusiones se aplazara de manera consecuente.

Subcaso Valle del Cauca

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de septiembre de 2024 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones de las versiones voluntarias de octubre de 2024 a agosto de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto ADHC julio de 2026.

- Se incluye como fecha de ADHC proferido de marzo de 2025 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de junio de 2025 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de junio de 2025 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de abril de 2025 a noviembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de julio de 2025 a diciembre de 2026.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Valle del Cauca sep-24 oct-24 mar-25 jun-25 jun-25 abr-25 jul-25
Modificación
Valle del Cauca ago-26** ago-26** jul-26** ago-26 ago-26 ago-26 nov-26 dic-26

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- La radicación del proyecto de ADHC se realizará antes de culminar la totalidad de las versiones voluntarias y de las observaciones correspondientes, teniendo en cuenta que actualmente se encuentra pendiente únicamente la versión voluntaria de un compareciente. Esta decisión ha sido adoptada por el despacho con el propósito de agilizar el trámite y avanzar oportunamente en la elaboración y radicación del proyecto. Lo anterior, sin perjuicio de que los elementos, aportes o aspectos relevantes que surjan de la última versión voluntaria y que deban ser incorporados al ADHC sean incluidos y considerados en la versión final del documento.

Estos cambios se solicitan debido a la carga con la que cuenta el despacho (2 macrocasos en movilidad en la SRVR y 5 juicios adversariales en trámite).

Por otra parte, la suspensión de versiones voluntarias o la inasistencia de algunos comparecientes forzosos de Fuerza Pública ha dificultado la investigación. Además, las constantes solicitudes de ampliación en los términos planteadas especialmente por el Ejército Nacional y el Comando Conjunto Estratégico de Transición, retrasó el avance procesal inicialmente contemplado.

Macrocaso 4: Situación territorial de la región de Urabá

Subcaso Periodo 1986-2002

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de las observaciones a las versiones voluntarias de diciembre de 2023 a octubre de 2025.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC noviembre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de junio de 2024 a noviembre de 2025.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA de junio de 2024 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ de junio de 2024 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de diciembre de 2024 a noviembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de junio de 2025 a marzo de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Periodo 1986- 2002 Finalizado dic-23 jun-24 jun-24 jun-24 dic-24 jun-25
Modificación
Periodo 1986- 2002 Finalizado oct-25 nov-25 nov-25 dic-26 dic-26 nov-26 mar-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Subcaso periodo 2002-2016

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de noviembre de 2024 a mayo de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones de las versiones voluntarias de febrero de 2025 a julio de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de mayo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de mayo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de marzo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de noviembre de 2025 a abril de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de mayo de 2026 a julio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Periodo 2002- 2016 nov-24 feb-25 may-25 may-25 may-25 nov-25 may-26
Modificación
Periodo 2002- 2016 may-26 jul-26 sep-26 dic-26 dic-26 dic-26 abr-27 jul-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones solicitadas responden a la necesidad de reprogramar los plazos asociados a los principales hitos procesales del componente judicial. Estos ajustes están determinados por la expedición del ADHC correspondiente al primer periodo de investigación, cuya elaboración y aprobación por la SRVR se prolongó más de lo esperado, debido a que se ampliaron los territorios priorizados, incluyendo Tierralta, San Pedro de Urabá y Valencia. Esto requirió la realización de actividades adicionales judiciales y extrajudiciales que facilitaron la participación de las víctimas y pueblos étnicos en el Macrocaso 04.

Macrocaso 5: Situación territorial del norte de Cauca y el sur de Valle del Cauca

Subcaso Fuerza Pública

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de junio de 2024 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones de las versiones voluntarias de agosto de 2024 a marzo de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC junio de 2026.

- Cambiar la fecha del ADHC proferido de octubre de 2024 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de marzo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de abril de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de marzo de 2025 a junio de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de mayo de 2025 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FFPP jun-24 ago-24 oct-24 mar-25 abr-25 mar-25 may-25
Modificación
FFPP feb-26 mar-26 jun-26 ago-26 dic-26 dic-26 jun-27 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Subcaso FARC EP - Jacobo Arenas y Gabriel Galvis

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de diciembre de 2024 a "No Aplica".

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de diciembre de 2024 a septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de marzo de 2024 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de mayo de 2024 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FARC-EP Jacobo Arenas y Gabriel Galvis Finalizado Finalizado Finalizado dic-24 dic-24 mar-24 may-24
Modificación
FARC-EP Jacobo Arenas y Gabriel Galvis Finalizado Finalizado Finalizado Finalizado No Aplica** sep-26 dic-25 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Subcaso FARC EP Frente 6, Bloque Móvil y otros

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de marzo de 2024 a noviembre de 2024.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de diciembre de 2024 a "No Aplica".

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de diciembre de 2024 a septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de agosto de 2024 a junio de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de septiembre de 2025 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FARC-EP Frente 6, Bloque Móvil y otros Finalizado Finalizado mar-24 dic-24 dic-24 ago-24 sep-24
Modificación
FARC-EP Frente 6, Bloque Móvil y otros Finalizado Finalizado Finalizado nov-24 No Aplica** sep-26 jun-27*** dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

*** Se espera realizar una audiencia de reconocimiento que agrupe los subcasos FARC EP Frente 6, Bloque Móvil y otros y FARC EP Violencia sexual y otros hechos basados en género.

Subcaso FARC EP- Violencia sexual y otros hechos basados en género

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC noviembre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de mayo de 2024 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de diciembre de 2024 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de diciembre de 2024 a septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de octubre de 2024 a junio de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de noviembre de 2024 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FARC-EP Violencia sexual y otros hechos basados en género Finalizado Finalizado may-24 dic-24 dic-24 oct-24 nov-24
Modificación
FARC-EP Violencia sexual y otros hechos basados en género Finalizado Finalizado nov-25 ago-26 dic-26 sep-26 jun-27** dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Se espera realizar una audiencia de reconocimiento que agrupe los subcasos FARC EP Frente 6, Bloque Móvil y otros y FARC EP Violencia sexual y otros hechos basados en género.

Estos cambios obedecen a que ha sido necesario hacer una investigación más profunda, debido a que respecto de los hechos investigados no se verificaron avances en su esclarecimiento en la Jurisdicción Ordinaria. Adicionalmente, no se ha podido ubicar a algunos comparecientes de Fuerza Pública y otros han instaurado acciones de tutela alegando el presunto desconocimiento del principio de non bis in idem, porque fueron investigados por otros hechos en subcasos del Caso 03.

También se han vinculado a nuevas personas a los procesos con fundamento en señalamientos de otros comparecientes. Adicionalmente, se realizó un llamamiento a versiones voluntarias conjuntas con el Caso 09 para estudiar las masacres del Naya, lo cual ha requerido una articulación especial con tal macrocaso.

Macrocaso 6: Genocidio contra el partido político Unión Patriótica

Subcaso Urabá - Apartadó 1996

Se elimina la referencia al Subcaso "Urabá - Apartadó 1997" y se adopta la denominación "Fase Nacional", en atención a que la investigación logró dar cuenta del hecho total del genocidio ocurrido en todo el territorio nacional, conforme a lo establecido en el ADHC número 10 de 2025. Este cambio obedece a que los hechos inicialmente comprendidos en el subcaso fueron integrados y analizados dentro de una comprensión más amplia e integral del fenómeno criminal, que permitió reconstruir sus patrones, dinámicas y afectaciones a escala nacional.

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de finalización de las versiones voluntarias septiembre de 2025.

- Se cambia la fecha de culminación de observaciones voluntarias de mayo de 2024 a septiembre de 2024.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de 2024 a diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de septiembre de 2025 a mayo de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de septiembre de 2025 a junio de 2027.

- Se cambia la fecha de audiencia de reconocimiento de diciembre de 2025 a "No Aplica", esto porque ningún imputado reconoció responsabilidad.

- Se asigna a la resolución de conclusiones la opción "No Aplica", esto porque ningún imputado reconoció responsabilidad.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Urabá – Apartadó 1996 may-24 2024 sep-25 sep-25 dic-25 Por definir
Modificación
Fase Nacional sep-25 sep-24 sep-25 dic-25 may-26 jun-27 No Aplica (ningún imputado reconoció responsabilidad) No Aplica (ningún imputado reconoció responsabilidad)

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones incluidas responden a la complejidad jurídica de la imputación del delito de genocidio en el Caso 06, al alto nivel litigioso de los comparecientes forzosos vinculados a dicho trámite y a otras dificultades propias de la instrucción judicial de un proceso de estas características. El primer ADHC en el Macrocaso 06 se emitió en diciembre del año 2025, dando cuenta del hecho total del genocidio contra el partido político que tuvo lugar en todo el territorio nacional. Por esta razón las remisiones de los máximos responsables, los cuales no reconocieron responsabilidad, se realizaron durante mayo de 2026. Aquí se destaca que el cumplimiento de los hitos procesales depende de la presentación o no de recursos judiciales contra el ADHC o respecto de las actuaciones subsiguientes, pues su resolución puede conducir a dilaciones frente a los tiempos inicialmente presupuestados.

Subcaso Meta 1997 - 1999

Este subcaso no será abordado de manera independiente, en la medida en que el ADHC 10 de 2025 ya analizó y documentó de forma integral el hecho victimizante del genocidio ocurrido con alcance nacional. En ese sentido, los hechos asociados a este ámbito territorial o temático no quedaron excluidos del análisis, sino que fueron incorporados y valorados dentro de la reconstrucción del fenómeno en su conjunto, permitiendo dar cuenta de sus patrones, dinámicas, impactos y alcance en todo el país.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Meta 1997 -1999 mar-25 abr-25 nov-25 nov-25 nov-25 feb-26 Por definir
Modificación
Meta 1997 -1999 No se abordará.

Subcaso Tolima

Este subcaso no será abordado de manera independiente, en la medida en que el ADHC 10 de 2025 ya analizó y documentó de forma integral el hecho victimizante del genocidio ocurrido con alcance nacional. En ese sentido, los hechos asociados a este ámbito territorial o temático no quedaron excluidos del análisis, sino que fueron incorporados y valorados dentro de la reconstrucción del fenómeno en su conjunto, permitiendo dar cuenta de sus patrones, dinámicas, impactos y alcance en todo el país.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Tolima sep-24 oct-24 may-25 may-25 may-25 ago-25 Por definir
Modificación
Tolima No se abordará.

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Teniendo en cuenta los plazos constitucionales y legales de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y la disponibilidad de recursos con los que cuenta, se decidió priorizar la investigación del patrón macrocriminal de delitos cometidos por miembros de la inteligencia militar en el nivel nacional en contra de los grupos, colectivos y defensores de derechos humanos, sindicalistas y de guerra sucia en contra de organizaciones insurgentes en negociaciones de paz, incluyendo los militantes de la Unión Patriótica y otros partidos y organizaciones políticas de oposición.

De esta forma, se cumple con el mandato constitucional de determinar las máximas responsabilidades. Además, se le dará a la sociedad colombiana una verdad judicial más robusta y de carácter nacional sobre el papel de la inteligencia militar en la ocurrencia de crímenes internacionales en Colombia. Esta priorización tiene como consecuencia la concentración de la investigación en el nivel nacional y la decisión de no abordar subcasos de carácter regional, como Meta 1997-1999 y Tolima.

Lo anterior, se desarrollará de manera conjunta entre los casos 06 y 08, mediante una estrategia complementaria de revisión e identificación de máximos responsables de hechos cometidos en las regiones no priorizadas, acogidos a la JEP, incluyendo una verificación exhaustiva en coordinación con la SDSJ.

Subcaso Inteligencia Nacional 1985 -1990

- Se cambia el nombre del subcaso por Inteligencia Militar.

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de febrero de 2025 a junio de 2026.

- Se asigna como fecha de las observaciones de las versiones voluntarias julio de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de marzo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones diciembre de 2027.

De esta manera, los cambios se verían reflejados en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Inteligencia Nacional 1985 - 1990 feb-25 Por definir mar-25 Por definir Por definir Por definir Por definir
Modificación
Inteligencia Militar jun-26 jul-26 sept-26 dic-26** dic-26 dic-27 dic-27 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Corresponde al mismo subcaso Inteligencia Militar del Macrocaso 08 y solo se dará un ADHC que agrupa o reúne los dos subcasos respectivos.

Debido a la complejidad jurídica y probatoria de este caso, aunada al alto nivel de litigiosidad que presenta la actividad procesal de los comparecientes forzosos vinculados a este asunto y otras dificultades propias de la instrucción judicial, como el estado de salud y la avanzada edad de los sujetos llamados a versión voluntaria, dichas diligencia no culminaron en febrero de 2025, sino que finalizaron en julio de 2026. En consecuencia, los demás hitos procesales tienen que ser objeto de una modificación progresiva en cuanto a su fecha de realización.

Macrocaso 7: Reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado

El abordaje del Caso 07 se reflejó en el AOG 007 de 2024 en una estructura de bloques: Comando Conjunto Central, Bloque Occidental, Bloque Noroccidental, Bloque Caribe y Magdalena Medio, Bloque Oriental y Bloque Sur. No obstante, como se mencionó, en nota al pie en el anexo de programación judicial, se tenía previsto un ADHC nacional (que no se contempló en la programación de ese momento) y otro regional con todos los bloques. Atendiendo a lo anterior, se disponen las siguientes modificaciones:

Subcaso Fase Nacional

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de finalización de versiones voluntarias mayo de 2024.

- Se asigna como fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias junio de 2024.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC agosto de 2024.

- Se asigna como fecha de ADHC proferido octubre de 2024.

- Se asigna como fecha de remisiones UIA la opción "No Aplica" por reconocimiento de los comparecientes imputados.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Fase nacional may-24 jun-24 ago-24 oct-24 No Aplica** dic-26 jun-27 jun-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Este "No Aplica" se debe a que todos los comparecientes imputados reconocieron responsabilidad.

Subcaso Regional – Comando Conjunto Central

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia fecha de finalización de versiones voluntarias de mayo de 2024 a marzo de 2024.

- Se cambia fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de junio de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Regional – Comando Conjunto Central may-24 jun-24 2024 2024 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Regional – Comando Conjunto Central mar-24 may-25 ene-26** mar-26** jul-25** dic-26** jun-27 ** jun-27**

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional – Bloque Occidental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia fecha de finalización de versiones voluntarias de abril de 2024 a marzo de 2024.

- Se cambia fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de mayo de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

Se cambia la fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 20 27.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional – Bloque Noroccidental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de abril de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 20 27.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional – Bloque Caribe

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de junio de 2024 a marzo de 2024.

- Se cambia la fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de julio de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 20 27.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Regional – Bloque Caribe y Magdalena Medio jun-24 jul-24 2024 2024 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Regional – Bloque Caribe mar-24 may-25 ene-26** mar-26** jul-25*** dic-26** jun-27** jun-27**

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional - Magdalena Medio

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de junio de 2024 a marzo de 2024.

- Se cambia la fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de julio de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Regional – Bloque Caribe y Magdalena Medio jun-24 jul-24 2024 2024 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Regional – Bloque Magdalena Medio mar-24 may-25 ene-26** mar-26** jul-25*** dic-26** jun-27** jun-27**

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional – Bloque Oriental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de febrero de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Regional – Bloque Oriental Finalizado feb-24 2024 2024 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Regional – Bloque Oriental mar-24 may-25 ene-26** mar-26** jul-25** dic-26** jun -27** jun-27**

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

-- Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Subcaso Regional – Bloque Sur

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de febrero de 2024 a marzo de 2024.

- Se cambia la fecha de finalización de observaciones de versiones voluntarias de marzo de 2024 a mayo de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC enero de 2026.

- Se cambia la fecha de ADHC proferido de diciembre de 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones UIA de diciembre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de remisiones a SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Regional – Bloque Sur feb-24 mar-24 2024 2024 Por definir Por definir Por definir
Modificación
Regional – Bloque Sur mar-24 may-25 ene-26** mar-26** jul-25** dic-26** jun-27** jun-27**

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Estas fechas son compartidas por todos los bloques que están agrupados en el subcaso "regional" y el hito será cumplido de manera agrupada.

Los cambios mencionados obedecen a que a medida que avanzó la recolección de información y la contrastación del Caso 07 en la línea de responsabilidad de las FARC-EP, la estrategia de investigación territorial definida en el Auto 159 de 2021 se llevó a cabo de forma paralela a la estrategia nacional adoptada por la Sala en el Auto 226 de 2019. Durante el desarrollo de la investigación se presentaron circunstancias de orden procesal que incidieron en su avance, tales como: (i) la solicitud de recusación del 14 de septiembre de 2023 contra la magistrada Lily Andrea Rueda Guzmán, presentada por los abogados de algunos comparecientes de las FARC-EP, la cual fue rechazada por la Sección de Apelaciones mediante decisión notificada el 1° de marzo de 2024; y (ii) la adopción de medidas para garantizar el manejo seguro y confidencial de la información recaudada de las víctimas.

Lo anterior implicó un ajuste en el cronograma de las etapas procesales previstas en el PEC, dado que las metas propuestas se cumplieron a nivel nacional el 9 de octubre de 2024 con la emisión del ADHC número 05 de 2024, y a nivel territorial el 25 de marzo de 2026 con el ADHC número 07 de 2026.

Adicionalmente, las actuaciones posteriores al ADHC, incluidas las notificaciones étnicas y las observaciones a dicha providencia, han estado precedidas de solicitudes de prórroga y han requerido la apertura de espacios dialógicos para atender las discrepancias y consideraciones planteadas por los comparecientes. En consecuencia, dicho ajuste cronológico debe extenderse igualmente a las fases procesales subsiguientes al ADHC, como son: las remisiones a la SDSJ, la audiencia de reconocimiento y la resolución de conclusiones, la cuales se reprograman para el año 2027.

Macrocaso 8: Crímenes Cometidos por la fuerza pública, agentes del Estado en asociación con grupos paramilitares o terceros civiles en el conflicto armado

Subcasos Antioquia Fase 1 – Comuna 13, Antioquia Fase 1 - Bloque Mineros AUC, Antioquia Fase 1 – Desplazamiento y ACMM, y, Antioquia Fase 1 - Funciones cívico políticas

Respecto de estos subcasos se tomó la decisión de agruparlos a todos en el subcaso Antioquia Fase 1, y se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna el nombre de Antioquia Fase 1 – Comuna 13: 2000-2004.

- Se asigna como fecha de finalización de las versiones voluntarias mayo de 2026.

- Se asigna como finalización de las observaciones a las versiones voluntarias mayo de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC junio de 2026.

- Se asigna como fecha de ADHC proferido septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de resolución de conclusiones diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Antioquia Fase 1 – Comuna 13 dic-23 abr-24 feb-25 2025 2025 2025 jul-25
Antioquia Fase 1 - Bloque Mineros AUC abr-24 sep-24 ago-25 2025 2025 oct-25 dic-25
Antioquia Fase 1 – Desplazamiento y ACMM may-25 sep-24 ago-25 2025 2025 oct-25 dic-25
Antioquia Fase 1 - Funciones cívico políticas 2024 oct-24 sep-25 2025 2025 2025 dic-25
Modificación
Antioquia Fase 1 – Comuna 13: 2000-2004 may-26 may-26 jun-26 sep-26 oct-26 dic-26 dic-27 dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Subcaso Antioquia Fase 2: norte, nordeste y bajo cauca antioqueño de 1996 a 1999

Adicionalmente se solicita la inclusión del subcaso Antioquia Fase 2: norte, nordeste y bajo cauca antioqueño de 1996 a 1999.

- Se asigna como fecha de finalización de las versiones voluntarias agosto de 2026.

- Se asigna como finalización de las observaciones a las versiones voluntarias septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha de ADHC proferido noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de resolución de conclusiones diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Antioquia Fase 2: norte, nordeste y bajo cauca antioqueño de 1996 a 1999 ago26 sep-26 sep-26 nov-26 nov-26 nov-26 dic-27 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

De acuerdo con la instrucción adelantada desde los despachos relatores de los magistrados Óscar Parra Vera y Gustavo Salazar Arbeláez (en movilidad), se evidenció que las fases planteadas en el 2023 deben agruparse en solo dos subcasos: Antioquia Fase 1 Comuna 13: 2000-2004 y Antioquia Fase 2 norte, nordeste y bajo cauca antioqueño de 1996 a 1999. En Fase 2 se pretende analizar en el ADHC: masacres de Ituango: la Granja 1996 y El Aro 1997 y relación con el Bloque Mineros (1996-1999); Desplazamiento y ACMM, aquí se concentra el caso de la Vereda la Esperanza1 que trata de las desapariciones forzadas, asesinatos y desplazamientos forzados, ocurridas entre junio y diciembre de 1996 en El Carmen de Viboral, Antioquia; funciones cívico-militares que agrupa varios casos como, los asesinatos del abogado y defensor de derechos humanos Jesús María Valle Jaramillo2, el 27 de febrero de 1998, y de los de doce funcionarios del CTI relacionados con la investigación de los documentos hallados en el Parqueadero Padilla el 30 de abril de 1998.

Además, para el subcaso Antioquia Fase 2, las modificaciones propuestas se dan por cuatro razones: i) algunos de los máximos responsables han solicitado aplazamientos por motivos de salud y personales; ii) la modificación del cronograma de diligencias tiene efectos en la programación de la audiencia de observaciones a versiones voluntarias y la redacción del último apartado de daños del ADHC; iii) la solicitud de sometimiento en el último mes de dos comparecientes adicionales; iv) por el criterio de orden de las diligencias, se priorizaron los testimonios y versiones voluntarias de los subordinados de los altos grados de la Primera División y la IV Brigada y hubo retrasos en la identificación de sus ubicaciones y sus contactos.

Subcasos Gran Magdalena y Gran Magdalena - Corredor minero; Desplazamiento, empresas y persecución sindical

Respecto de estos subcasos se tomó la decisión de agruparlos en el subcaso Gran Magdalena donde se programaron las siguientes fechas:

- Se asigna como fecha de finalización de las versiones voluntarias agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de finalización de las observaciones a las versiones voluntarias julio de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación de proyecto de ADHC agosto de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC proferido septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Gran Magdalena Por definir Por definir jul-25 Por definir Por definir 2026 2026
Gran Magdalena - Corredor minero; Desplazamiento y empresas y persecución sindical Por definir Por definir 2025 Por definir Por definir Por definir Por definir
Modificación
Gran Magdalena ago-26 jul-26 ago-26 sep-26 nov-26 dic-26 dic-27 dic-27

- La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Son tres los motivos que llevaron a concentrar toda la instrucción del macrocaso en una sola etapa, en lugar de aplicar la estrategia inicial de abordar primero el corredor minero y luego el resto de la región. El primero fue el tiempo disponible para la emisión del ADHC, lo que obligaba a ser lo más eficientes posible con los escasos recursos con los que se cuenta. Además, en el marco de la instrucción del corredor minero, fue posible constatar que lo ocurrido allí no podía separarse de lo que pasó en el Magdalena. El contubernio, como un todo, era inescindible. Por tanto, era necesario unir ambos territorios para tener un panorama integral del fenómeno criminal objeto de estudio. Por último, existía un alto número de solicitudes de acreditación de víctimas del Magdalena, tanto individuales como colectivas. Esto obligó a iniciar el abordaje de lo ocurrido en dicho territorio, en aras de garantizar los derechos a la verdad y a la justicia.

Subcaso Ariari-Guayabero- Guaviare - Caguán-Florencia y zonas aledañas

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de diciembre de 2024 a junio de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones a las versiones voluntarias de diciembre de 2024 a junio de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC agosto de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de octubre de 2025 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA de octubre de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de octubre de 2025 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de noviembre de 2025 a marzo de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de junio de 2026 a junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Ariari-Guayabero- Guaviare - Caguán- Florencia y zonas aledañas dic-24 dic-24 oct-25 oct-25 oct-25 nov-25 jun-26
Modificación
Ariari-Guayabero- Guaviare - Caguán- Florencia y zonas aledañas jun-26 jun-26 ago-26 oct-26 dic-26 oct-26 mar-27 jun-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Los cambios solicitados se basan en la ampliación progresiva del objeto de investigación y del universo de comparecientes que exigió incorporar nuevas estructuras, niveles de mando y líneas de análisis. Esa ampliación impactó de manera integral el procedimiento dialógico, por lo que fue necesario reprogramar versiones, observaciones, ADHC, remisiones, audiencia de reconocimiento y resolución de conclusiones.

Subcaso Montes de María

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias del año 2024 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones a las versiones voluntarias del año 2024 a marzo de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC junio de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC de diciembre de 2024 a agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA del año 2025 a noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ noviembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de marzo de 2025 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de febrero de 2026 a noviembre de 2026.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Montes de María 2024 2024 dic-24 2025 Por definir mar-25 feb-26
Modificación
Montes de María mar-26 mar-26 jun-26 ago-26 nov-26 nov-26 oct-26 nov-26

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Los cambios presentados obedecen a que la dinámica del procedimiento dialógico y de contrastación del volumen de información allegada para determinar a los máximos responsables implicó ajustes razonables con debida diligencia en cumplimiento de la movilidad ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas. El análisis de responsabilidad y la selección, dentro del universo de los 145 comparecientes convocados a rendir versión voluntaria, hizo imprescindible la construcción de criterios conceptuales asentados en referentes empíricos de una alta cantidad de datos para ajustar razonablemente la contrastación.

El despacho procesó información geoestadística y cualitativa de distintas fuentes y, dada la copiosidad de esta, también fue vital la articulación con el GRAI y la UIA. Por ejemplo, el despacho sistematizó cerca de 18.000 coordenadas provenientes de información de la fuerza pública, abundantes topónimos y proyectó alrededor de 200 mapas con ubicaciones específicas que contribuyen a la imputación de responsabilidad.

Asimismo, algunas actividades tuvieron que extenderse para garantizar el derecho a la participación de las víctimas y el ejercicio del derecho de defensa de los comparecientes. Fue preciso convocar a ampliación de versiones voluntarias orales de cuatro altos mandos de la fuerza pública que culminaron en marzo junto con las observaciones de las víctimas, así como ampliar los informes remitidos por las víctimas escuchándolas en sus territorios en abril. También aumentó la cantidad de víctimas acreditadas en el caso: 498 en 2024, 534 en 2025 y 130 en 2026, para un total de 1162 a mayo de 2026, lo cual entrañó un esfuerzo superior para la resolución de sus solicitudes. Por consiguiente, la proyección inicial de las actividades se extendió razonablemente para satisfacer con debida diligencia los derechos de las partes involucradas en el procedimiento dialógico.

Subcaso MM – Toma paramilitar Barrancabermeja y proyecto político AUC

- Este subcaso no se abordará teniendo en cuenta los ajustes en el subcaso denominado "Magdalena Medio".

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
MM – Toma paramilitar Barrancabermeja y proyecto político AUC 2024 2024 2025 2025 Por definir 2025 feb-2026
Modificación
MM – Toma paramilitar Barrancabermeja y proyecto político AUC No se abordará.

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Teniendo en cuenta los plazos constitucionales y legales de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y la disponibilidad de recursos con los que cuenta, se decidió priorizar la investigación del patrón macrocriminal de delitos cometidos por miembros de la inteligencia militar en el nivel nacional en contra de los grupos, colectivos y defensores de derechos humanos, sindicalistas y de guerra sucia en contra de organizaciones insurgentes en negociaciones de paz, incluyendo los militantes de la Unión Patriótica y otros partidos y organizaciones políticas de oposición.

De esta forma, se cumple con el mandato constitucional de determinar las máximas responsabilidades. Además, se le dará a la sociedad colombiana una verdad judicial más robusta y de carácter nacional sobre el papel de la inteligencia militar en la ocurrencia de crímenes internacionales en Colombia. Esta priorización tiene como consecuencia la concentración de la investigación en el nivel nacional y la decisión de no abordar subcasos de carácter regional, como Magdalena Medio.

Lo anterior, se desarrollará de manera conjunta entre los casos 06 y 08, mediante una estrategia complementaria de revisión e identificación de máximos responsables de hechos cometidos en las regiones no priorizadas, acogidos a la JEP, incluyendo una verificación exhaustiva en coordinación con la SDSJ.

Subcaso Magdalena Medio

Las modificaciones son las siguientes:

- Se cambia fecha de finalización de versiones voluntarias del año 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia fecha de finalización de observaciones versiones voluntarias del año 2025 a marzo de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del ADHC junio de 2026.

- Se cambia fecha ADHC proferido del año 2025 a agosto de 2026.

- Se cambia como fecha de remisiones a la UIA del año 2025 a octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ junio de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento del año 2025 a diciembre de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones del año 2025 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Magdalena Medio 2025 2025 2025 2025 Por definir 2025 2025
Modificación
Magdalena Medio feb-26 mar-26 jun-26 sept-26 oct-26 jun-27 dic-27 dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones incluidas responden a la complejidad jurídica de la imputación del delito y a otras dificultades propias de la instrucción judicial de un proceso de estas características.

Subcaso Inteligencia militar

Se solicita incluir el subcaso inteligencia militar.

- Se asigna como fecha de las versiones voluntarias junio de 2026.

- Se asigna como fecha de las observaciones de las versiones voluntarias julio de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de marzo de 2025 a diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Inteligencia Militar jun-26 jul-26 sept-26 dic-26** dic-26 dic-27 dic-27 dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Corresponde al mismo subcaso Inteligencia Militar del Macrocaso 06 y solo se dará un ADHC que agrupa los dos subcasos.

Teniendo en cuenta los plazos constitucionales y legales de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP y la disponibilidad de recursos con los que esta cuenta, hemos decidido priorizar la investigación y concentrar los recursos en la identificación del patrón macrocriminal de hechos cometidos por miembros de la inteligencia militar en el nivel nacional en contra de los grupos, colectivos y defensores de derechos humanos, sindicalistas y de guerra

* * La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Subcaso Sierra Nevada de Santa Marta y zonas de influencia – FARC – EP

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia fecha de finalización de versiones voluntarias de julio de 2024 a mayo de 2025.

- Se cambia fecha de finalización de observaciones a versiones voluntarias de octubre de 2024 a julio de 2025.

- Se asigna como fecha de radicación del ADHC diciembre de 2025.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de octubre de 2025 a junio de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la UIA del año 2027 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ del año 2027 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de junio 2027 a 30 de septiembre de 2027.

- Se cambia la fecha de resolución de conclusiones del año 2027 a 31 de diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Sierra Nevada de Santa Marta y zonas de influencia – FARC – EP jul-24 oct-24 oct-25 2027 2027 jun-27 2027
Modificación
Sierra Nevada de Santa Marta y zonas de influencia – FARC – EP may-25 jul-25 dic-25 jun-26 dic-26 dic-26 sep-27 dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

La razón que motiva la modificación de fechas para el cumplimiento de los hitos procesales es que, en la línea de investigación sobre la Fuerza Pública, se avanza en la etapa de llamamiento y práctica de versiones voluntarias, así como en la recepción de observaciones a estas diligencias. Por solicitud de los comparecientes y su defensa, algunas actuaciones han debido reprogramarse, lo que ha requerido ampliar los plazos de esta etapa y del posterior traslado a las partes e intervinientes especiales, lo que conlleva a la modificación de todo el cronograma previamente establecido para la instrucción del subcaso.

Subcaso Buenaventura, Dagua y Pacífico medio

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de junio de 2024 a mayo de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones a las versiones voluntarias de septiembre de 2024 a junio de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC octubre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de septiembre de 2025 a noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ marzo de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de abril de 2026 a marzo de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de noviembre de 2026 a agosto de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Buenaventura, Dagua y Pacífico medio jun-24 sep-24 sep-25 Por definir Por definir abr-26 nov-26
Modificación
Buenaventura, Dagua y Pacífico medio may-26 jun-26 oct-26 nov-26 oct-26 marz-27 mar-27 ago-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones previamente expuestas, obedecen a que la notificación de las decisiones judiciales que caracterizan al presente subcaso, debe incluir un componente con pertinencia étnica que implica la movilización en muchas ocasiones de profesionales de la JEP al territorio y el desarrollo de actividades pedagógicas que garanticen la correcta comprensión de las providencias por parte de las comunidades. La realización de las actividades previamente descritas complejiza el proceso de publicidad y hace que tome más tiempo del habitual.

Adicionalmente, la instrucción del subcaso ha durado más de lo previsto inicialmente, debido a que las entidades a las que se les ha requerido la remisión de información en repetidas ocasiones no atienden las solicitudes de manera completa y oportuna. Esto condujo a que se tuvieran que reiterar los requerimientos en múltiples oportunidades y que se incumplieran los términos dispuestos por la magistratura. Tal situación ha causado mayores tiempos en el proceso de contrastación de las pruebas recaudadas, lo cual resulta indispensable para la sustanciación del ADHC. A lo anterior, debe sumarse que la complejidad del caso en cuestión es superior, en la medida en que comprende la investigación de delitos atribuidos a integrantes de la Fuerza Pública y a exintegrantes de las FARC-EP.

De ahí que, a través del Auto número 001 del 30 de julio de 2025, se realizó el llamamiento a versión voluntaria colectiva a comparecientes de las FARC-EP. El 20 de agosto de 2025, su equipo de defensa radicó un memorial mediante el cual solicitó la reprogramación de la diligencia convocada, argumentando la existencia de un cruce de agendas derivado de diligencias relacionadas con otros macrocasos. Así las cosas, se dispuso una nueva fecha, lo que causó la modificación del cronograma preestablecido.

Aunado a la anterior, los representantes judiciales de las víctimas acreditadas solicitaron la ampliación del término para la presentación de las demandas de verdad, respecto del componente de Fuerza Pública. Dicho requerimiento se sustentó en que la fecha para su radicación coincidió con la dispuesta para la realización de la diligencia de versión voluntaria de los exintegrantes de las FARC-EP, a la cual también debían asistir los apoderados de las víctimas.

Otra situación que debe destacarse es la dificultad para encontrar los datos personales requeridos para la ubicación de algunos de los comparecientes llamados a versión voluntaria. A pesar de la emisión de órdenes judiciales tendientes a la consecución de esa información, no ha sido posible su recaudo, lo que ha impedido la citación oportuna para el desarrollo de dichas diligencias.

También, se destaca que el despacho sustanciador se encuentra adelantando funciones propias de la SAI, ejerce la presidencia de esa Sala y se encuentra en movilidad en la Sala Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas. Lo anterior representa un flujo de trabajo muy alto, que impacta la capacidad de su equipo para atender con mayor celeridad la sustanciación del subcaso Buenaventura, Dagua y Pacífico medio.

Finalmente, el pasado 10 de agosto del presente año los departamentos de Valle del Cauca, Cauca, Risaralda, Chocó, que se encuentran ubicados en el Occidente del país y de los cuales hacen parte los territorios sobre los que este despacho tiene competencia territorial, fueron víctimas de un terremoto que produjo múltiples daños materiales e inmateriales. Como consecuencia de dicha situación, el gobierno nacional expidió el Decreto número 1171 del 11 de agosto de 2026, mediante el cual se declaró una situación de desastre nacional como consecuencia de las grandes afectaciones sufridas.

En el caso en particular, esta situación ha obligado a muchos de los profesionales del equipo de defensa de los comparecientes, así como de las víctimas y demás intervinientes especiales en el Subcaso a suspender el cumplimiento de sus actividades, pues el desplome de edificios, oficinas e inmuebles donde muchos de estos residían y/o laboraban alteró sus dinámicas personales, sociales y laborales; por lo que esta situación imprevisible provocó el aplazamiento de espacios preparatorios de comparecientes y de víctimas. En dichos espacios se pretendía abordar requerimientos realizados por el despacho correlator que permitiesen dar cumplimiento a ciertas órdenes proferidas y así continuar avanzando con las etapas procesales del Subacaso. En virtud de dicha circunstancia, tanto desde el equipo de representación de víctimas como de comparecientes se han presentado solicitudes en torno a la ampliación de los plazos concedidos a cada uno de estos para la presentación de respuesta a cuestionarios remitidos y de planteamiento de observaciones escritas a las versiones voluntarias.

Subcaso Chocó periodo 2002-2016

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de febrero de 2025 a octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de las observaciones a las versiones voluntarias diciembre de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del Proyecto de ADHC mayo de 2027.

- Se cambia la fecha del ADHC de septiembre de 2025 a mayo de 2027.

- Se asigna como fecha de remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de marzo de 2026 a octubre de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de septiembre de 2026 a diciembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Chocó periodo 20022 2016 feb-25 Por definir sep-25 Por definir Por definir mar-26 sep-26
Modificación
Chocó periodo 2002 – 2016 oct-26 dic-26 may-27 may-27 dic-26 dic-26 oct-27 dic-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Frente a la solicitud de estas modificaciones, es necesario mencionar las dificultades planteadas por la excesiva litigiosidad vía tutela desplegada por la defensa de los exintegrantes de las extintas FARC. Esta situación pretende ser resuelta de forma definitiva con la expedición de la Sentencia número TP-SA 561 de 22 de octubre de 2025, así como la garantía de la participación de las víctimas con pertenencia étnica, quienes fueron acreditadas en su totalidad.

A pesar de las dificultades, es importante resaltar que la actividad judicial relacionada con las investigaciones correspondientes al segundo periodo del Macrocaso 04 ha avanzado de manera simultánea, al igual que las coordinaciones con la UIA. Esto permite asegurar que la reprogramación mantendrá la coherencia entre los cronogramas operativos y los objetivos estratégicos institucionales, asegurando una gestión planificada, realista y orientada al cumplimiento efectivo del mandato de la JEP en materia de verdad, justicia, reparación y no repetición, sin exceder los tiempos previstos en el marco de la estricta temporalidad.

Subcaso Orinoquía y Amazonía

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de febrero de 2025 a marzo de 2026.

- Se cambia la fecha de las observaciones a las versiones voluntarias de mayo de 2025 a mayo de 2026.

- Se incluye como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC de octubre de 2025 a noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de marzo de 2026 a marzo de 2027.

- Se cambia la fecha de la resolución de conclusiones de noviembre de 2026 a junio de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Orinoquía y Amazonía feb-25 may-25 oct-25 Por definir Por definir mar-26 nov-26
Modificación
Orinoquía y Amazonía mar-26 may-26 sep-26 nov-26 dic-26 dic-26 mar-27 jun-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

El ajuste de las fechas inicialmente previstas para el Caso 09, Subcaso Amazonía y Orinoquía, obedece a las particularidades investigativas y territoriales propias de esta región, caracterizada por un amplio subregistro de hechos victimizantes, dificultades de acceso, limitada disponibilidad probatoria y la necesidad de realizar contrastaciones más robustas, actividades que dependen tanto de los tiempos de otras entidades como de procesos de verificación adicionales. A ello se suma que el enfoque étnico diferencial exige un relacionamiento respetuoso, gradual y culturalmente pertinente con los pueblos indígenas, lo cual implica una temporalidad distinta para la preparación de diligencias territoriales. En consecuencia, la modificación de las fechas garantiza que el Subcaso mantenga su rigor sustancial y que los plazos se ajusten a las realidades del territorio y a las exigencias de una investigación con enfoque étnico, asegurando el cumplimiento efectivo del mandato de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Macrocaso 10: Crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc-EP en el marco del conflicto armado colombiano

Subcaso Comando Conjunto Central

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de primer semestre de 2024 a abril de 2026.

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de segundo semestre de 2024 a abril de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC agosto de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC de primer semestre de 2025 a noviembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA de segundo semestre de 2025 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ del año 2026 a diciembre de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento del segundo semestre de 2025 a noviembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones noviembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Comando Conjunto Central 2024 -I 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026 2025 -II Por definir
Modificación
Comando Conjunto Central abr-26 abr-26 ago-26 nov-26 dic-26 dic-27 nov-27 nov-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Subcaso Bloque Noroccidental

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de primer semestre de 2025 a abril de 2026.

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de segundo semestre de 2025 a abril de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC noviembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC de primer semestre de 2026 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA de segundo semestre de 2026 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la SDSJ del año 2027 a diciembre de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento del segundo semestre de 2026 a noviembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones noviembre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Noroccidental 2025 -I 2025 -II 2026 -I 2026 -II 2027 2026 -II Por definir
Modificación
Bloque Noroccidental abr-26 abr-26 nov-26 dic-26 dic-26 dic-27 nov-27 nov-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026. Estará sujeto, acorde al Acta, al tiempo que corresponda según alcance y además, tiene en cuenta que las remisiones se dan en el plazo interno acordado, considerando avances procesales que dan cuenta de esta posibilidad.

Los cambios solicitados en los Subcasos Comando Conjunto Central y Bloque Noroccidental, obedecen a que a partir de noviembre de 2024 en el marco de la investigación del Caso 10, se tomó la decisión de reorganizar la instrucción a partir de las estructuras de FARC-EP en las que se desarrollaron los hechos investigados, atendiendo a la complejidad, amplitud territorial y diversidad de patrones de macrocriminalidad que lo caracterizan. Esta determinación tuvo como propósito acelerar el avance del proceso y distribuir de manera más eficiente las responsabilidades judiciales, atendiendo al limitado personal profesional disponible en los Despachos.

El Macrocaso 10 presenta particularidades que lo diferencian sustancialmente de otros macrocasos en curso. En primer lugar, su instrucción está a cargo únicamente de dos Despachos, lo que implica una concentración significativa de responsabilidades investigativas. En segundo lugar, no se estructura a partir de subcasos territoriales, sino que comprende la investigación de conductas cometidas en todo el país, lo que supone una carga excepcional en términos de Volumen Fáctico, Número de Víctimas y Diversidad de Territorios.

A lo anterior se suma que, en el marco de la instrucción de las dos estructuras: Comando Conjunto Central y Bloque Noroccidental, la Magistrada Marcela Giraldo se encuentra en movilidad, sin el apoyo de un Magistrado Auxiliar asignado en dedicación exclusiva, que tenga un conocimiento profundo y continuo de las estructuras objeto de investigación, de los comparecientes involucrados, de los problemas jurídicos que se han venido planteando y de los hechos que están siendo abordados. La ausencia de este apoyo limita la posibilidad de contar con un respaldo sustantivo y permanente que contribuya no solo a presidir las diligencias, sino también a la orientación estratégica del equipo de trabajo y a la elaboración de los ADHC.

Bloque Sur 1 y Bloque Sur 2

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Los dos bloques sur 1 y sur 2 se abordarán en un único bloque denominado Bloque Sur.

- Se asigna como fecha de culminación de las versiones voluntarias noviembre de 2025.

- Se asigna como fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias febrero de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación de ADHC mayo de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC proferido agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Sur 1 2024 -I 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026 2025 -II Por definir
Bloque Sur 2 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026-I 2027 2026-I Por definir
Modificación
Bloque Sur nov-25 feb-26 may-26** ago-26** dic-26** dic-27** dic-27 2027

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Estas fechas son compartidas por Bloque Sur y Bloque Oriental, en tanto se espera expedir solo un ADHC.

Las modificaciones introducidas responden al tiempo que efectivamente tomó al despacho realizar los esfuerzos por atender con rigurosidad todas las etapas del proceso, los cuales incluyen tareas de acreditación de víctimas, realización de versiones voluntarias en varias fases (BSUR área priorizada, BSUR área no priorizada), traslados procesales a representaciones de víctimas y a las bancadas de defensa, audiencias de observaciones de víctimas, proceso de contrastación y análisis, para concluir con la elaboración del ADHC. También resulta importante observar que se trató de las dos estructuras más grandes de las extintas FARC-EP, cuyas áreas de operación incluyeron casi la mitad del país (desde el Sumapaz y Cundinamarca hasta el Amazonas y Putumayo). La decisión abarca un universo de 2.436 víctimas acreditadas (1.238 del BSUR) que participan ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, número que aumenta de manera permanente pues la acreditación no se detiene. Por último, es importante destacar que con el ADHC proyectado la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas abordaría por primera vez, como patrones autónomos, las conductas cometidas en la conducción de las hostilidades y en contextos urbanos.

Bloque Oriental 1, Bloque Oriental 2 y Bloque Oriental 3

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Los bloques oriental 1, oriental 2 y oriental 3 se abordarán en un único bloque denominado Bloque Oriental.

- Se asigna como fecha de culminación de las versiones voluntarias noviembre de 2025.

- Se asigna como fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias febrero de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del ADHC mayo de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC proferido agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque/Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Oriental 1 2024 -I 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026 2025 -II Por definir
Bloque Oriental 2 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026-I 2027 2026-I Por definir
Bloque Oriental 3 2024 -II 2025 -I 2025 -II 2026-I 2027 2026-I Por definir
Modificación
Bloque Oriental nov-25 feb-26 may-26 ago-26 dic-26 dic-27 dic-27 2027

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones introducidas responden al tiempo que efectivamente tomó al despacho realizar los esfuerzos por atender con rigurosidad todas las etapas del proceso, los cuales incluyen tareas de acreditación de víctimas, realización de versiones voluntarias en varias fases (BORI área priorizada, BORI área no priorizada), traslados procesales a representaciones de víctimas y a las bancadas de defensa, audiencias de observaciones de víctimas, proceso de contrastación y análisis, para concluir con la elaboración del ADHC. También resulta importante observar que se trató de las dos estructuras más grandes de las extintas FARC-EP, cuyas áreas de operación incluyeron casi la mitad del país (desde el Sumapaz y Cundinamarca hasta el Amazonas y Putumayo). La decisión abarca un universo de 2.436 víctimas acreditadas (1.198 del BORI) que participan ante la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, número que aumenta de manera permanente pues la acreditación no se detiene. Por último, es importante destacar que con el ADHC proyectado la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas abordaría por primera vez, como patrones autónomos, las conductas cometidas en la conducción de las hostilidades y en contextos urbanos.

Bloque Caribe

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de primer semestre de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias de primer semestre de 2025 a abril 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de primer semestre de 2026 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA del segundo semestre de 2026 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de 2027 a diciembre de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de segundo semestre de 2026 a diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Caribe 2025 -I 2025 -II 2026 -I 2026 -II 2027 2026 -II Por definir
Modificación
Bloque Caribe feb-26 abr-26 sep-26** oct-26** dic-26** dic-27** dic-27 2027

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Estas fechas son compartidas por Bloque Caribe y Bloque Magdalena Medio, en tanto se espera expedir solo un ADHC.

Las modificaciones introducidas en la programación de las actuaciones respecto del Bloque Caribe responden a los tiempos adicionales que ha tomado el proceso de balance, transferencia de información y destinación de equipos al interior del despacho de la magistrada Julieta Lemaitre, dado que la determinación de hechos y conductas, así como la imputación de los máximos responsables en lo relativo a este Bloque, correspondían al otro despacho relator del macrocaso 10. La transmisión de la información se verificó en la semana del 1 al 5 de junio de 2026, fecha a partir de la cual el despacho de la magistrada Julieta Lemaitre asumió el impulso y análisis respecto de la anotada estructura en este macrocaso.

Bloque Magdalena Medio

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de finalización de versiones voluntarias de primer semestre de 2025 a febrero de 2026.

- Se cambia la fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias de primer semestre de 2025 a marzo 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC a septiembre de 2026.

- Se cambia la fecha del ADHC proferido de primer semestre de 2026 a octubre de 2026.

- Se cambia la fecha de las remisiones a la UIA el segundo semestre de 2026 a diciembre de 2026.

- Se cambia la fecha de remisiones a la SDSJ de 2027 a diciembre de 2027.

- Se cambia la fecha de la audiencia de reconocimiento de segundo semestre de 2026 a diciembre de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Magdalena Medio 2025 -I 2025 -II 2026 -I 2026 -II 2027 2026 -II Por definir
Modificación
Bloque Magdalena Medio feb-26 mar-26 sep-26** oct-26** dic-26** dic-27** dic-27 2027

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Estas fechas son compartidas por Bloque Caribe y Bloque Magdalena Medio, en tanto se espera expedir solo un ADHC.

Las modificaciones introducidas en la programación de las actuaciones respecto del Bloque Magdalena Medio responden a los tiempos adicionales que ha tomado el proceso de balance, transferencia de información y destinación de equipos al interior del despacho de la magistrada Julieta Lemaitre, dado que la determinación de hechos y conductas, así como la imputación de los máximos responsables en lo relativo a este Bloque, correspondían al otro despacho relator del macrocaso 10. La transmisión de la información se verificó en la semana del 1 al 5 de junio de 2026, fecha a partir de la cual el despacho de la magistrada Julieta Lemaitre asumió el impulso y análisis respecto de la anotada estructura en este macrocaso.

Bloque Occidental

- Este subcaso no se abordará.

De esta manera, los cambios se verían reflejados en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Bloque Occidental 2025 -I 2025 -II 2026 -I 2026- II 2027 2026- II Por definir
Modificación
Bloque Occidental Estructura examinada en los macrocasos 01, 02, 05 y 09

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

La SRVR ha abordado suficiente y adecuadamente, en el marco de las investigaciones adelantadas en los macrocasos 01, 02, 05 y 09, el accionar a las extintas FARC-EP en la región de operación del antiguo Bloque Occidental, así como los crímenes cometidos por miembros de este. Conforme a lo anterior, en uso de la necesaria priorización de las actuaciones y con el fin de dar cumplimiento al principio de estricta temporalidad que orienta a la Jurisdicción, es inevitable concluir que la determinación de hechos y conductas en esta región en el Caso 10, así como la selección e imputación a máximos responsables del BOCC, resultaría reiterativa de decisiones previas de la Sala en los macrocasos mencionados. Es decir, el macrocaso 10 se presenta como un caso subsidiario para los exintegrantes de las estructuras que no están siendo llamadas a rendir cuentas en los casos territoriales o étnicos.

Macrocaso 11: Violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva, y otros crímenes cometidos por prejuicio basados en la orientación sexual

Subcaso 1 FARC-EP

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de finalización de las versiones voluntarias agosto de 2026.

- Se cambia la fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias de 2025 a septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del proyecto de ADHC septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ el año 2027.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento la opción "por confirmar".

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones segundo semestre de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
FARC-EP Por definir 2025 2026 2026 2027 2026 Por definir
Modificación
FARC-EP ago-26 sep-26 sep-26 oct-26 dic-26 2027 Por confirmar 2027

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

Las modificaciones introducidas en la programación del macrocaso 11, subcaso 1, dan cuenta de las necesidades de constante reorganización de los recursos y equipos de trabajo al interior del despacho de la magistrada Julieta Lemaitre, con el fin de atender esfuerzos investigativos y procesales en varios macrocasos, cada uno con sus propios desafíos y dificultades. El equipo se ha ido adaptando y redirigiendo a tareas en los macrocasos 01, 10 (asumiendo además nuevas estructuras) y 11, lo cual, ha implicado breves curvas de aprendizaje en los profesionales y contratistas, así como constantes ejercicios de reajuste de metas y prioridades. Lo anterior ha significado la necesidad de atender en este momento los retos del caso 11, subcaso 1, una vez han avanzado o culminado los esfuerzos más inmediatos en los otros macrocasos a cargo del despacho.

Subcaso 2 Fuerza Pública

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se asigna como fecha de culminación de las versiones voluntarias agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias agosto de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del ADHC septiembre de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC proferido noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ enero de 2027.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones agosto de 2027.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Fuerza Pública Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir
Modificación
Fuerza Pública ago-26 ago-26 sep-26 nov-26 oct-26 ene-27 jun-27 ago-27

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

El macrocaso 11 fue el último en ser abierto por parte de la SRVR, en septiembre de 2023. El primer año de instrucción se ocupó, principalmente, en labores de alistamiento para garantizar la participación, la anonimización de la información y la protección de las víctimas. Es por ello que solo hasta noviembre de 2024 se iniciaron los procesos de acreditación y hasta 2025 se dio lugar al decreto y práctica de versiones voluntarias. Lo anterior explica que en la versión inicial del PEC no se tuvieran fechas establecidas y, en cambio, a 2026 ya se cuente con avances sustantivos que permiten ofrecer una programación precisa para cada uno de los logros esperados.

Subcaso 3.1 Intrafilas FARC-EP

Se modifican las fechas de la siguiente manera:

- Se cambia la fecha de culminación de las versiones voluntarias de diciembre de 2024 a octubre de 2026.

- Se asigna como fecha de culminación de las observaciones a las versiones voluntarias noviembre de 2026.

- Se asigna como fecha de radicación del ADHC diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha del ADHC proferido diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la UIA "no aplica". Esto se debe a que se espera que todos los comparecientes imputados reconozcan la verdad.

- Se asigna como fecha de las remisiones a la SDSJ diciembre de 2026.

- Se asigna como fecha de la audiencia de reconocimiento junio de 2027.

- Se asigna como fecha de la resolución de conclusiones diciembre de 2027.

Subcaso 3.2 Intrafilas FFPP

- Los hitos de este subcaso quedan "por definir" dado que aún sigue el análisis.

Los cambios se reflejan en el siguiente cuadro:

Subcaso/ Bloque / Línea de investigación Versiones voluntarias Observaciones versiones voluntarias Proyecto ADHC radicado ADHC proferido * Remisiones UIA Remisiones SDSJ Audiencia de reconocimiento Resolución de conclusiones
Aprobada AOG 007 de 2024
Intrafilas FARC-FFP dic-24 Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir
Modificación
Intrafilas FARC-EP oct-26 nov-26 dic-26 dic-26 No Aplica** dic-27 jun-27 dic-27
Intrafilas FFPP*** Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir Por definir

* La responsabilidad de proferir el ADHC va más allá de las funciones de cada despacho relator, dado que vincula a los demás despachos de cada Subsala en su estudio y aprobación. El procedimiento previamente descrito, se realiza de acuerdo con las reglas internas sobre los plazos de revisión y deliberación de proyectos de providencias radicados o remitidos a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas y sus Subsalas, establecidas en el Acta número 06 de 2026.

** Esto se debe a que se espera que todos los comparecientes imputados reconozcan verdad.

*** Los avances en la programación están sujetos a lo que la Sala defina respecto de su competencia para llevar a cabo la investigación de estos hechos.

En relación con el Subcaso 3 del Caso 11 sobre violencias intrafilas, se aclara que la investigación ha implicado acciones diferenciadas respecto de cada actor armado (FARC-EP y FFPP), de manera que el subcaso se ha dividido en dos líneas. En razón a ello, se distinguen las metas de avance para cada una de estas líneas de instrucción.

En principio, la SRVR había establecido como meta la realización de versiones voluntarias en el año 2024. No obstante, como se señaló desde el auto de apertura del Caso 11, en lo correspondiente a las violencias al interior de las filas de la Fuerza Pública, se requiere profundizar en la investigación de los hechos conocidos para establecer si estos hacen parte de la competencia material de la JEP, siendo indispensable un pronunciamiento de la SRVR al respecto, previo a la vinculación de comparecientes y el llamado a versiones. La fase de investigación de los hechos se ha prolongado dado que las diferentes acciones desarrolladas no han permitido recaudar la información esperada, por lo que ha sido preciso emprender nuevas actividades. Una vez se culmine esta fase, la Sala procederá a tomar la decisión sobre la competencia material. Con ello, las fechas planteadas en este cronograma están sujetas a que se decida afirmativamente la existencia de dicha competencia.

Modificación/inclusión de indicadores

Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de Verdad

A causa de la modificación de la programación judicial se cambian los siguientes indicadores:

Acción tendiente a meta Meta PEC 2026 Horizonte cumplimiento final
Número de Autos de Determinación de Hechos y Conductas 2024: 16
2025: 25
2026: 4
Por definir: 2
Hasta 3 trimestre de 2025
Modificación
Número de Autos de Determinación de Hechos y Conductas Acumulados a 2023: 11
2024: 3
2025: 7
2026: 27*
2027: 1**
No Aplica: 1***
Por definir: 1****
Hasta 4 trimestre de 2026

- Número de Autos de Determinación de Hechos y Conductas, se modifican las metas como se expone a continuación:

Acción tendiente a meta Meta PEC 2026 Horizonte cumplimiento final
Número de subcasos que han remitido selección negativa a la SDSJ 2024: 9
2025: 17
2026: 3
Hasta 3 trimestre de 2025
Modificación
Número de subcasos que han remitido selección negativa a la SDSJ Acumulados a 2023: 5
2024: 3
2025: 3
2026: 26
2027: 11
No Aplica: 2*
Por definir: 1**
Hasta 2027

* Se contemplan ADHC que agrupan más de un subcaso/línea/bloque. Esto ocurre para el subcaso regional del macrocaso 07; los bloques Oriental y Sur del macrocaso 10 y 11; y los bloques Magdalena Medio y Caribe del macrocaso 10. En caso de que al expedirse los siguientes ADHC se agrupen otros subcasos/líneas/bloques, la Secretaría Ejecutiva-Subdirección de Planeación, deberá ajustar la meta en la información Web y en los informes de seguimiento.

** Estos subcasos han programado remisiones a UIA con plazo máximo diciembre de 2025 o refieren que no hay lugar a tales remisiones.

*** Se refiere al caso de remisión temprana a la UIA del señor Luis Almario, investigado en el Caso 01.

**** Se refiere al subcaso Intrafilas FFPP, en el que aún se está evaluando la continuidad del proceso judicial.

- Número de subcasos que han remitido selección negativa a la SDSJ, se modifican las metas como se expone a continuación:

*El primer caso se refiere a la remisión temprana a la UIA del señor Luis Almario, investigado en el Caso 01 y se constituyó en sí mismo en una línea de investigación. Dada la remisión temprana del compareciente, no hay lugar a selección negativa. El segundo se refiere a la línea de investigación "Secretariado de las extintas FARC-EP", en el Caso 01, donde todos fueron determinados como máximos responsables por lo que no procede la selección negativa.

** Se refiere al subcaso Intrafilas FFPP, en el que aún se está evaluando la continuidad del proceso judicial.

ARTÍCULO 2o. CONSOLIDACIÓN DE ACCIONES, INDICADORES Y METAS ACTUALIZADAS. La Subdirección de Planeación consolidará un documento con la programación judicial actualizada de manera que se incluyan las modificaciones aprobadas en este Acuerdo y se publiquen en la página web, menú de transparencia, sección de planes, así como en la Intranet. Además, informará a los órganos y dependencias.

ARTÍCULO 3o. AJUSTE DEL PLAN OPERATIVO DE ACCIÓN ANUAL (POA) 2025 PARA LA SRVR. La Subdirección de Planeación presentará el ajuste del Plan operativo de acción anual (POA) 2026 correspondiente a la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) conforme la programación judicial indicativa que se modifica con este Acuerdo. Este ajuste será validado por la Presidencia de la SRVR para surtir los cambios respectivos.

ARTÍCULO 4o. PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN. El presente acuerdo se publicará y divulgará a través de la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. El presente acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las normas y disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de septiembre de 2026.

El Presidente,

Alejandro Ramelli Arteaga.

El Secretario Ejecutivo,

Harvey Danilo Suárez Morales.

Anexo: Siglas y abreviaturas

ADHC Auto de Determinación de Hechos y Conductas
SRVR Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas
SDSJ Sala de Definición de Situaciones Jurídicas
SAI Sala de Amnistía o Indulto
SR Sección de Revisión de Sentencias
SA Sección de Apelación
SAR Sección de Ausencia de Reconocimiento
SeRVR Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento
UIA Unidad de Investigación y Acusación

NOTAS AL FINAL

1. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Vereda La Esperanza Vs. Colombia. Sentencia de 31 de agosto de 2017.

2. Caso en el cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado reabrir la investigación desde el 27 de noviembre de 2008. Se conoce la decisión contra los hermanos Angulo Osorio, y las compulsas respecto de las masacres del Aro y La Granja

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