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ACUERDO 10635 DE 2017

(enero 31)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

"Por medio del cual se determina la Capacidad Máxima de Respuesta para los cargos de Magistrados y Jueces de la República”

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 170 de la Ley 270 de 1996, el Acuerdo PSAA16-10618 de 2016 y de conformidad con lo aprobado en la sesión de la Corporación del 31 de enero de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo PSAA16-10618 de 2016 establece en el artículo 38 que en el mes de enero deberá comunicarse a los funcionarios la capacidad máxima de respuesta para efectos de la evaluación del factor eficiencia o rendimiento del período a calificar.

Que la capacidad máxima de respuesta se calcula con base en los datos que reposan en la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico, conforme a los reportes que han efectuado en forma correcta y completa los funcionarios judiciales para cada jurisdicción, especialidad o sección y categoría y función, correspondiente al lapso comprendido entre el 1° de octubre del penúltimo año y el 30 de septiembre del último año anterior al periodo a evaluar.

Que la capacidad máxima de respuesta corresponde a un factor de ajuste en equidad para la calificación de la productividad de los despachos cuya carga efectiva sea superior a la capacidad máxima de respuesta.

Que la capacidad máxima de respuesta se determina de promediar los egresos del diez por ciento (10%) de los despachos de cada jurisdicción, especialidad o sección y categoría, que corresponda a los que registran mayores egresos dentro del período, excluyendo los datos extremos que distorsionen el cálculo efectuado.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Determinar la capacidad máxima de respuesta, para los cargos de Magistrados de Tribunal Superior, Tribunal Administrativo y Salas Disciplinarias Seccionales, correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2018, así:

DespachoCapacidad Máxima de Respuesta (Número de Procesos
Salas Disciplinarias - Consejos Seccionales de la Judicatura1625
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Civil730
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Civil-Familia956
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Civil-Familia-Laboral627
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala de Familia601
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Laboral1135
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Penal1049
Tribunal Superior de Distrito Judicial - Sala Única427
Tribunal Administrativo - Sección Primera - Sistema Mixto629
Tribunal Administrativo - Sección Segunda - Sistema Oral1339
Tribunal Administrativo - Sección Segunda - Sistema Mixto1230
Tribunal Administrativo - Sección Tercera - Sistema Mixto822
Tribunal Administrativo - Sección Cuarta - Sistema Mixto496
Tribunal Administrativo - Sección Cuarta - Sistema Oral462
Tribunal Administrativo - Sin Secciones - Sistema Escrito455
Tribunal Administrativo - Sin Secciones - Sistema Oral898
Tribunal Administrativo - Sin Secciones - Sistema Mixto1351

ARTÍCULO 2o. Determinar la capacidad máxima de respuesta, para los Jueces de la República, correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2017, así:

DespachoCapacidad Máxima de Respuesta (Número de Procesos
Juzgado Civil del Circuito - Sistema Escrito397
DespachoCapacidad Máxima de Respuesta (Número de Procesos
Juzgado Civil del Circuito - Sistema Oral625
Juzgado Civil del Circuito - Sistema Mixto802
Juzgado de Familia - Sistema Escrito485
Juzgado de Familia - Sistema Oral390
Juzgado de Familia - Sistema Mixto1332
Juzgado Laboral del Circuito - Sistema Escrito355
Juzgado Laboral del Circuito - Sistema Oral543
Juzgado Laboral del Circuito - Sistema Mixto771
Juzgado Penal del Circuito - Sistema Escrito184
Juzgado Penal del Circuito - Sistema Mixto471
Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento727
Juzgado Penal del Circuito Especializado383
Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento396
Juzgado Promiscuo del Circuito439
Juzgado Promiscuo de Familia - Sistema Escrito215
Juzgado Promiscuo de Familia - Sistema Mixto491
Juzgado Civil Municipal - Sistema Escrito1103
Juzgado Civil Municipal - Sistema Mixto1075
Juzgado Civil Municipal - Sistema Oral1182
Juzgado Penal Municipal - Sistema Escrito155
Juzgado Penal Municipal - Sistema Mixto225
Juzgado Penal Municipal con Función de Conocimiento511
Juzgado Promiscuo Municipal415
Juzgado Administrativo - Sin Secciones855
Juzgado Administrativo - Sección Primera286
Juzgado Administrativo - Sección Segunda515
Juzgado Administrativo - Sección Tercera436
DespachoCapacidad Máxima de Respuesta (Número de Procesos
Juzgado Administrativo - Sección Cuarta302

ARTÍCULO 3o. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017).

GLORIA STELLA LÓPEZ JARAMILLO

Presidente

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