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ACUERDO 10404 DE 2015

(noviembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

“Por el cual se restablecen las medidas de descongestión”

LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las señaladas en el Artículo 63 de la Ley 270 de 1996, modificado por el Artículo 15 de la Ley 1285 de 2009, y de conformidad con lo aprobado en la Sesión de Sala Administrativa del 3 de noviembre de 2015,

CONSIDERANDO

Que en la tarde del día martes 3 de noviembre de 2015 el Señor Director General del Presupuesto Público Nacional, comunicó a la Señora Directora Ejecutiva de Administración Judicial el “levantamiento de la leyenda previo concepto a los recursos apropiados en el rubro 1-0-1-10 Rec. 10 denominados otros gastos personales, previo concepto –DGPPN para la vigencia 2015, por $28.131.494.803, para cubrir los gastos por concepto de descongestión para lo que resta de la vigencia fiscal”.

ACUERDA

ARTÍCULO 1o. DEL RESTABLECIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE DESCONGESTIÓN. Restablecer hasta el 30 de noviembre de 2015, todas las medidas de descongestión de que trata el Acuerdo PSAA15-10385 de septiembre 23 de 2015.

ARTÍCULO 2o. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de Administración judicial, expedirán los correspondientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal para el restablecimiento de las medidas establecidas en el presente Acuerdo, que garanticen los recursos necesarios.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de noviembre del año dos mil quince (2015).

JOSÉ AGUSTÍN SUÁREZ ALBA

Presidente

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