ACUERDO 10324 DE 2015
(abril 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
"Por el cual se autoriza destinar el máximo posible del recaudo por concepto del Arancel Judicial a la Jurisdicción Especial Indígena"
LA SALA ADMINISTRATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En uso de sus facultades Constitucionales y en especial las contenidas en los artículos 85 y 98 de la Ley 270 de 1996 y de conformidad con lo aprobado en la sesión de Sala Administrativa del 24 de marzo de 2015,
CONSIDERANDO
Que el parágrafo del Artículo 12 de la Ley 1394 de 2010 establece: "Los pueblos indígenas designarán un representante que tenga acceso a la información y decisión de destinación, administración, recaudo del Arancel Judicial a efecto de establecer hasta el diez por ciento (10%) para la jurisdicción indígena.
ACUERDA
ARTÍCULO 1o. El Consejo Superior de la Judicatura gestionará los recursos de arancel judicial de tal manera que la asignación presupuestal, sea el máximo posible previsto en el régimen legal vigente para la Jurisdicción Indígena.
ARTÍCULO 2o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta de la Judicatura.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes de abril del año dos mil quince (2015)
JOSÉ AGUSTÍN SUÁREZ ALBA
Presidente




